Norma Legal Oficial del día 05 de Enero del año 2008 (05/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de enero de 2008

Aprueban cambio de titular de permiso de pesca para operar embarcacion de bandera nacional
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 517-2007-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 28 de noviembre del 2007 Visto los escritos con Registro Nºs. 00052577, 00065132 y 00066973 de fechas 26 de MORDAZA, 18 y 28 de septiembre de 2007, presentados por los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PUICAN, MORDAZA NUNTON MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA DE NUNTON. CONSIDERANDO: Que en el MORDAZA de la Ley Nº 26920, mediante Resolucion Directoral Nº 035-2003-GOB.REG.-PIURA/ DIREPE-DR, de fecha 05 de febrero del 2003, la Direccion Regional de Pesqueria del Gobierno Regional de MORDAZA, otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ECA para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "VIRGEN DE LAS MORDAZA II", de matricula Nº PT-18398CM de arqueo neto 7.62 y de 33.07 m3 de capacidad de bodega en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgadas (13 mm) y (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que la embarcacion pesquera "VIRGEN DE LAS MORDAZA II", de matricula Nº PT-18398-CM de 33.07 m3 de capacidad de bodega, figura en el Anexo I literal D con permiso de pesca para los recursos hidrobiologicos jurel y caballa, asi como en el Anexo II como embarcacion pesquera cuyo permiso de pesca se encuentra suspendido por no contar con red sardinera y anchovetera del listado actualizado de embarcaciones pesqueras de MORDAZA con capacidad de bodega de 32.6 m3 hasta 110 m3, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 4822007-PRODUCE/DGEPP, del 30 de octubre de 2007, se dispone que la embarcacion pesquera "VIRGEN DE LAS MORDAZA II, de matricula Nº PT-18398-CM, se incorpore al literal L, con permiso de pesca para los recursos hidrobiologicos anchoveta, jurel y caballa, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007PRODUCE; Que con la Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, del 14 de noviembre de 2007, se dispone caducar permisos de pesca a embarcaciones pesqueras unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para el Consumo Humano Directo e Indirecto, entre las cuales figura la embarcacion pesquera "VIRGEN DE LAS MORDAZA II" de matricula Nº PT-18398-CM, con lo cual la citada embarcacion quedaria con permiso de pesca para el recurso hidrobiologico anchoveta, del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE; Que mediante los escritos del visto, los senores MORDAZA NUNTON MORDAZA, MORDAZA MORDAZA PUICAN, MORDAZA NUNTON MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA DE NUNTON, solicitan a su favor el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion "VIRGEN DE LAS MORDAZA II" de matricula Nº PT-18398-CM, para lo cual alcanzan los requisitos del procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; Que lo solicitado por los recurrentes es concordante

con el Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 21 de febrero de 2007, el cual establece que para las embarcaciones sujetas al Regimen de la Ley Nº 26920 y normas complementarias, la transferencia del permiso de pesca, se efectuara conforme a las disposiciones contenidas en el Articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, vale decir, "El permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron"; Que los Articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, de fecha 5 de septiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa ( Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 150-2001PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 0152007-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio del titular solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 540-2007PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Instancia Legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Articulo 34º, del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 004-2007-PRODUCE, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035, modificado por Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional que se indica a continuacion, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado:
Permiso R.D.Nº Nuevos titulares Nombre de la Embarcacion Numero de Capacidad Matricula de Bodega (m3) PT-18398-CM 33.07

035-2003-GOB.R. -PIURA/DIREPE-DR

MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Puican, MORDAZA Nunton MORDAZA, MORDAZA MORDAZA de Nunton

VIRGEN DE LAS MORDAZA II

Articulo 2º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE, que establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE.

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