Norma Legal Oficial del día 05 de Enero del año 2008 (05/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de enero de 2008

Observancia de Condiciones de Seguridad en Defensa Civil. b) Una vez llenados los formularios y adjuntados los requisitos se ingresaran los datos del solicitante al sistema, girandose la orden de pago. c) Suscrita la solicitud y el formulario se ingresara a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo conjuntamente con los requisitos establecidos en el articulo 12º de la presente Ordenanza. d) Iniciado el tramite se procedera a: Efectuar la inspeccion ocular administrativa en conjunto con Defensa Civil en donde se verificara que los establecimientos cumplan con las condiciones tecnicas de infraestructura, adecuacion y que se ajusten a la reglamentacion vigente y seguridad, lo que permita el optimo funcionamiento, incidiendo en el ornato del distrito. De encontrarse observaciones se notificara al administrado a efecto de que subsane estas, lo que MORDAZA lugar a la suspension del procedimiento en la obtencion de la Licencia hasta la respectiva subsanacion. El incumplimiento de la subsanacion de las observaciones tanto del tecnico de Licencias asi como las formuladas por Defensa Civil, MORDAZA lugar a que se declare improcedente la solicitud de Licencia de Funcionamiento. De verificarse que el establecimiento cumple con todas las condiciones que permitan el funcionamiento optimo del establecimiento, se emite la Licencia de Funcionamiento. Articulo 19º.- LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO CON INSPECCION TECNICA DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL DE DETALLE O MULTIDISCIPLINARIA a) En la Plataforma de atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se verifica que la actividad propuesta cumple con la zonificacion vigente y se MORDAZA entrega del formato de solicitud de Licencia de Funcionamiento y el Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad en Defensa Civil correspondiente. b) Una vez llenados los formularios y adjuntado los requisitos se ingresan los datos del solicitante al sistema, girandose la orden de pago. c) Suscrita la solicitud y el formulario se ingresa a traves de la Mesa de Partes de la Unidad Administracion Documentaria y Archivo conjuntamente con los requisitos establecidos en el articulo 12º de la presente Ordenanza. d) Iniciado el tramite se procedera a: e) Realizar la Inspeccion Ocular administrativa, en donde se verificara que los establecimientos cumplan con las condiciones tecnicas de infraestructura, adecuacion, y que se ajusten a la reglamentacion vigente, la que permita el optimo funcionamiento de la actividad comercial, respetando el derecho de toda persona a gozar de un ambiente adecuado, incidiendo en el ornato del Distrito. De encontrarse observaciones se notifica al administrado a efecto de que subsane las mismas, el incumplimiento de la subsanacion de las observaciones MORDAZA lugar a la improcedencia de la licencia solicitada. De verificarse que el establecimiento cumple con todas las condiciones que permitan el funcionamiento optimo del establecimiento, se emite la Licencia de Funcionamiento. Articulo 20º.- CAMBIO DE DENOMINACION Y/O RAZON SOCIAL DE LA PERSONA JURIDICA AUTORIZADA a) En la plataforma de atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se verifica los requisitos senalados en el numeral 2 a) del Articulo 16º de la presente ordenanza. De encontrarse conformes se ingresan los datos del solicitante al sistema. b) Seguidamente se gira la orden de pago del derecho correspondiente a la Licencia de Funcionamiento y se ingresa a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo.

c) Efectuada la evaluacion de la documentacion y de no existir observaciones se emite la Licencia de Funcionamiento. Articulo 21º.- CAMBIO DE GIRO O AMPLIACION DE AREA ECONOMICA a) En la plataforma de atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se verifica los requisitos senalados en el numeral 2 b) del Articulo 16º de la presente ordenanza. De encontrarse conformes se ingresan los datos del solicitante al sistema. b) Seguidamente se gira la orden de pago del derecho correspondiente a la licencia de funcionamiento y se ingresa a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo. c) Iniciado el tramite se procede a realizar la Inspeccion Ocular administrativa, en donde se verifica que los establecimientos cumplan con las condiciones tecnicas de infraestructura, adecuacion, y que se ajusten a la reglamentacion vigente, la que permita el optimo funcionamiento de la actividad comercial, respetando el derecho de toda persona a gozar de un ambiente adecuado, incidiendo en el ornato del Distrito. De encontrarse observaciones se notifica al administrado a efecto de que subsane las mismas. d) Levantadas las observaciones se emite la Licencia de Funcionamiento, caso contrario se declarara Improcedente. Articulo 22º.- DUPLICADO DE LICENCIA. Los pasos a seguir durante la tramitacion del duplicado de la Licencia de Funcionamiento son: a) En la plataforma de atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se verifica los requisitos solicitados en el numeral 2 c) del articulo 16º de la presente Ordenanza. b) De encontrarse conformes se ingresan los datos del solicitante al sistema emitiendose la solicitud de Licencia de Funcionamiento. c) Seguidamente se gira la orden de pago por el derecho correspondiente a la Licencia de Funcionamiento y se ingresa a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo. d) Efectuada la evaluacion con los antecedentes de la Licencia Original remitidos por la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo y de contar con el informe favorable, se emite la Licencia de Funcionamiento. Articulo 23º.- MODIFICACION DEL HORARIO DE ATENCION AUTORIZADO a) En la Plataforma de Atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se presentan los requisitos senalados en el numeral 2 d) del articulo 16º, de la presente Ordenanza. b) De encontrarse conformes se ingresan los datos del solicitante al sistema. c) Se procede a remitir la solicitud a la Gerencia de Participacion Vecinal para la verificacion de las firmas de los vecinos exigido dentro de los requisitos. d) Luego de la evaluacion y verificacion se emite la autorizacion correspondiente. Articulo 24º.- AUTORIZACION PARA USO DEL RETIRO MUNICIPAL CON FINES COMERCIALES. a) En la Plataforma de Atencion de la Unidad de Licencias Comerciales y Autorizaciones se presentan los requisitos senalados en el numeral 3) del articulo 16º de la presente ordenanza, b) De encontrarse conformes se ingresan los datos del solicitante al sistema. c) Seguidamente se gira la orden de pago por el derecho correspondiente, y se ingresan los documentos a traves de la Mesa de Partes de la Unidad de Administracion Documentaria y Archivo.

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