Norma Legal Oficial del día 06 de Enero del año 2008 (06/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de enero de 2008

legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 148527-3 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 460-2007-CG MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 Visto, el Informe Especial Nº 271-2007-CG/ ORHZ, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Coishco, MORDAZA, por el periodo comprendido del 01 de enero 2004 al 31 de diciembre 2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, relacionadas con hechos de importancia determinados en el curso de la accion de control; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la ejecucion de una accion de control, en la Municipalidad Distrital de Coishco, MORDAZA, con el objeto de evaluar, entre otros aspectos, el canje de tributos municipales que habia realizado la citada Municipalidad y si estos se encuentran acorde con la normativa vigente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha evidenciado que la Municipalidad Distrital de Coishco efectuo canje de deudas tributarias con sus principales contribuyentes, realizandose con los bienes recibidos en canje, pagos a cuenta a proveedores y otros gastos de operatividad, algunos de los cuales no cuentan con el sustento correspondiente, generandose un perjuicio economico a la entidad por la cantidad de S/. 254 701,73, al no contarse con directivas internas que implementen un adecuado control del destino de los citados recursos; monto que debe ser resarcido de conformidad con lo establecido en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto;

De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 148527-4 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 461-2007-CG MORDAZA, 28 de diciembre de 2007 VISTO: el Informe Especial Nº 272-2007-CG/ ORHZ, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Coishco - MORDAZA, por el periodo comprendido del 01.Ene.2004 al 31.Dic.2006, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, relacionadas con hechos de importancia determinados en el curso de la accion de control; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de Coishco - MORDAZA, a fin de determinar, entre otros objetivos, si en la citada Municipalidad se incremento las dietas de los Regidores, y si estos se encuentran acordes con las normas vigentes; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que el Concejo Municipal aprobo para el periodo 2004-2005, un incremento de dietas de los regidores de la Municipalidad Distrital de Coishco, transgrediendo la normativa municipal y presupuestal aplicable, sin contar con la informacion necesaria sobre la disponibilidad presupuestal y la viabilidad legal de dicha operacion, ocasionando perjuicio economico a la entidad hasta por la suma de S/. 95.817,00; hecho que constituye indicio razonable de la comision del delito contra la Administracion Publica en la modalidad de Peculado, tipificado y sancionado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, en tal sentido, corresponde autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria

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