Norma Legal Oficial del día 19 de Enero del año 2008 (19/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Administracion para que coordine con las Direcciones Regionales Agrarias sobre las acciones de recuperacion de adeudos derivados de creditos otorgados por el ex FONAFOG y de la venta de maquinaria proveniente del Programa 2KR "Apoyo para el Aumento de Produccion Alimentaria". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura 153682-2

(Cedrela odorata), los coeficientes para la determinacion del volumen de exportacion a partir de MORDAZA en rollo. CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.4 del articulo 3º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, establece que el Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, es el organo encargado de la gestion y administracion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA a nivel nacional; Que, el articulo 55º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establece que le corresponde al INRENA fijar las condiciones tecnicas y administrativas para realizar el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, asi como la transformacion primaria de los productos forestales y su comercializacion; Que, el articulo 56º del mencionado Reglamento, faculta al INRENA a aprobar mediante Resolucion Jefatural, entre otros, los lineamientos tecnicos necesarios para lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-AG se aprueba la Categorizacion de especies amenazadas de MORDAZA silvestre. Segun se menciona en el indicado decreto, la elaboracion de la clasificacion oficial de especies amenazadas de MORDAZA MORDAZA en el Peru, es el resultado de un MORDAZA abierto y participativo a nivel nacional, que tiene como base los criterios y categorias de la IUCN; Que, entre las especies maderables incluidas en esa categorizacion se encuentra el cedro (Cedrela odorata) la misma que ha sido consideradas como en categoria de amenaza "Vulnerable (VU)". Segun se senala, una especie sera considerada en esta categoria: "Cuando la mejor evidencia disponible acerca de un taxon indica que existe una reduccion de sus poblaciones, su distribucion geografica se encuentra limitada (menos de 20 000 km2), el tamano de la poblacion estimada es menos de 10 000 individuos y el analisis cuantitativo muestra que la probabilidad de extincion en estado MORDAZA es de por lo menos 10% dentro de 100 anos"; Que, en relacion a la especie cedro (Cedrela odorata), el Informe Nº 034-2007-INRENA-IFFS senala que: la distribucion por edad de algunas poblaciones de Cedrela odorata se ha tergiversado a causa de la corta de los arboles mas MORDAZA (Bird,1998; Marshal, 1939) y segun algunos informes se talan arboles MORDAZA de alcanzar su madurez (Cursillo Regional de las Americas, 1998); Que, asimismo se senala que: "(...) la Cedrela odorata ha sufrido una importante degradacion genetica, particularmente en la MORDAZA seca (Mejia, 2001). Debido a una importante explotacion excesiva, ya se ha producido una erosion genetica de esta especie a lo largo de su area de distribucion natural, y ahora es raro encontrar arboles de buena forma, excepto en zonas aisladas. (Cavers y otros, 2004)"; Que, por estas consideraciones el INRENA ha adoptado medidas destinadas a lograr que el aprovechamiento de estas especies se realice de forma sostenible a efectos de garantizar la supervivencia de sus poblaciones comerciales; Que, por su parte para el caso del cedro (Cedrela odorata), el INRENA viene realizando verificaciones a las areas donde se han aprobado los Planes Operativos Anuales que incluyan el aprovechamiento de esta especie, obteniendo como resultado la inexistencia de los individuos declarados en los instrumentos de gestion y aprovechamiento, evidenciando con ello el incumplimiento del Plan de Manejo Forestal; Que, mediante Decreto Ley Nº 21080 se aprueba la Convencion sobre el Comercio Internacional de especies amenazadas de la fauna y MORDAZA MORDAZA - CITES, siendo uno de los objetivos de esta Convencion la proteccion de ciertas especies de fauna y MORDAZA silvestres contra su explotacion excesiva mediante el comercio internacional; Que, la inclusion de alguna especie de fauna o MORDAZA MORDAZA en cualquiera de los Apendices previstos en el Texto de la CITES, como es el caso del cedro (Cedrela odorata), tiene como consecuencia que la comercializacion internacional de las mismas debera cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en MORDAZA, en razon a

Designan funcionario responsable de brindar informacion en el MORDAZA de la Ley Nº 27806
RESOLUCION JEFATURAL Nº 00017-2008-INIA MORDAZA, 14 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Jefatural Nº 00311-2007-INIA, de fecha 07 de diciembre de 2007, se designo como Responsable de brindar la informacion a que se contrae el articulo 3º de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado interino de la Oficina General de Informacion Tecnologica del Instituto Nacional de Investigacion Agraria ­ INIA; Que, por Resolucion Nº 00011-2007-INIA, se acepto la renuncia del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como encargado interino de la Oficina General de Informacion Tecnologica; Que, en consecuencia resulta necesario, designar al funcionario que sera responsable de brindar la informacion referida al articulo 3º de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927; Estando a las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF del INIA, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2005-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar, a partir de la fecha, la Resolucion Jefatural Nº 00311-2007-INIA, en el extremo que menciona la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rojas. Articulo 2º.- Designar, al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ROBALINO, como funcionario Responsable de brindar la informacion a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 27806, modificada por la Ley Nº 27927, manteniendose vigente la designacion del Lic. MORDAZA MORDAZA BRIONES MORDAZA, Director General de la Oficina General de Planificacion, como el funcionario Responsable de brindar la Informacion citada por el articulo 5º de las Leyes acotadas. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA RISI CARBONE Jefe Instituto Nacional de Investigacion Agraria 153684-1

Establecen coeficientes de rendimiento para la especie cedro
RESOLUCION JEFATURAL Nº 017-2008-INRENA MORDAZA, 15 de enero de 2008 VISTO: El Informe Nº 034-2007-INRENA-IFFS, mediante el cual se recomienda aprobar, para las especie cedro

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