Norma Legal Oficial del día 19 de Enero del año 2008 (19/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2008

NORMAS LEGALES
MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior

364333

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorrogan Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 005-2008-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2007-PCM de fecha 14 de noviembre del 2007, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 21 de noviembre del 2007, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; De conformidad con el articulo 118º, numerales 4) y 14) de la Constitucion Politica del Peru; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 20 de enero del 2008, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el termino del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de enero del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 154178-2

Aprueban Adenda Nº 4 al Convenio de Administracion de Recursos celebrado entre el INEI y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas aprobado por R.S. Nº 254-2004-PCM
RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2008-PCM MORDAZA, 18 de enero de 2008 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 254-2004-PCM se aprobo el Convenio de Administracion de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas, para implementar un programa de Cooperacion Tecnica Internacional y de Administracion de Recursos, con el objeto de fortalecer las capacidades de gestion y administracion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, para viabilizar las actividades preparatorias del X Censo de Poblacion y V de Vivienda; Que, por Resolucion Suprema Nº 085-2005-PCM se aprobo la Adenda Nº 1 al Convenio en mencion , la cual amplio su objeto a la ejecucion del X Censo de Poblacion y V de Vivienda; Que, por Resolucion Suprema Nº 009-2006-PCM se aprobo la Adenda Nº 2 al Convenio citado, ampliando los alcances del numeral 2.1 del Convenio, a fin de realizar las actividades de la Encuesta Continua; Que, por Ley Nº 28979 se aprobo la Adenda Nº 3 al Convenio en mencion, la cual amplio los alcances, a fin de realizar las actividades de ejecucion de los Censos XI de Poblacion y VI de Vivienda 2007; Que se ha celebrado la Adenda Nº 4 al Convenio citado, la cual amplia la vigencia de la Adenda Nº 3, del 1 de enero hasta el 30 de junio de 2008, a fin de culminar las actividades post censales de los Censos XI de Poblacion y VI de Vivienda; Que, la Vigesimo Novena Disposicion Final de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 establece que las adendas y revisiones a los Convenios de Administracion de Recursos u otras modalidades similares que amplien su vigencia o que modifiquen, anadan metas no contempladas originalmente deben ser aprobadas por Resolucion Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29142, y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Adenda Nº 4 al Convenio de Administracion de Recursos celebrado entre el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica y el Fondo de Poblacion de las Naciones Unidas; aprobado por Resolucion Suprema Nº 254-2004-PCM, que amplia la vigencia de la Adenda Nº 3, a fin de culminar las actividades post censales de los Censos XI de Poblacion y VI de Vivienda. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 154177-3

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