Norma Legal Oficial del día 19 de Enero del año 2008 (19/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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responsables, por concepto emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion, difusion y distribucion del Impuesto Predial 2008; el monto senalado sera cancelado con la primera cuota del Impuesto Predial. Por cada emision adicional de Predio MORDAZA (PU) se abonara S/. 1.00 (Un MORDAZA Sol) . Tratandose de los Arbitrios Municipales, el contribuyente o responsable debera abonar S/. 6.00 (Seis Nuevos Soles) anuales por cada anexo, que seran incluidos en los recibos de pago. Articulo Segundo.- De conformidad con el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 1562004-EF, la obligacion para el pago del Impuesto Predial vence: 1.- Pago Anual al Contado 2.- Pago Fraccionado Primera Cuota MORDAZA Cuota Tercera Cuota Cuarta Cuota : : : : : : 29 de febrero 29 de febrero 30 de MORDAZA 29 de agosto 28 de noviembre

mecanismos mas adecuados para la correcta aplicacion de la presente ordenanza y a Unidad de Imagen Institucional y Comunicacion su difusion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 152527-1

Amplian vigencia de la Ordenanza N° 274-2007/MDB-CDB que aprobo beneficios tributarios y no tributarios
DECRETO DE ALCALDIA Nº 025-2007-DA/MDB Brena, 26 de diciembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA VISTOS: El Informe Nº 00331-2007-GATR-GM-MDB, Pase Despacho de Alcaldia. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza N° 274-2007/MDB-CDB de fecha 3 de diciembre del 2007 se aprueba el beneficio tributario no tributario en la jurisdiccion del distrito de Brena, con vigencia hasta el 22 de diciembre del 2007. Que mediante Informe Nº 00331-2007-GATR-GM/ MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas solicita al Despacho de Alcaldia la prorroga de la Ordenanza Nº 274-2007/MDB-CDB hasta el 31 de diciembre del 2007, en virtud a incentivar el cumplimiento tributario al Impuesto Predial con la condonacion de intereses, moras y reajustes en cuanto a arbitrios municipales del ejercicio 2002, 2003, 2004, 2005, 2006 2007 . Asi tambien otorgando un fraccionamiento flexible al vecino brenense para que pueda ponerse a derecho en lo referente a Arbitrios municipales y predios otorgando 18 cuotas el 10% inicial solo a aquellos contribuyentes que adeuden menos de una U.I.T. Tambien el 80% de descuento a la multa administrativa . Por ello es necesario ampliar el beneficio desde el 22 al 29 de diciembre siendo necesario al ser el dia sabado 29 un dia inhabil continuar con la amnistia hasta el dia habil siguiente es decir el dia 31 de diciembre del 2007. Que, la Primera Disposicion Final de la Ordenanza N° 274-2007/MDB-CDB autoriza al MORDAZA para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente ordenanza, Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 6° del Articulo 20º. de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972. DECRETA: Articulo Primero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 274-2007/MDB-CDB de fecha 3 de diciembre del 2007, con eficacia a partir del 26 de diciembre del 2007 hasta el 31 de diciembre del 2007. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, a la Unidad de Imagen Institucional y Comunicaciones su difusion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 152528-1

Estas cuotas seran reajustadas con la variacion acumulada de acuerdo al Indice de Precios al Mayor que publica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, por el periodo comprendido entre el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha de pago. Articulo Tercero.- La obligacion de pago de las cuotas mensuales de los arbitrios correspondientes al ejercicio 2008 vence: Enero Febrero Marzo MORDAZA MORDAZA Junio MORDAZA Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre : : : : : : : : : : : : 31 de enero 29 de febrero 28 de marzo 30 de MORDAZA 30 de MORDAZA 30 de junio 31 de MORDAZA 29 de agosto 30 de setiembre 31 de octubre 28 de noviembre 31 de diciembre

Articulo Cuarto.- Para el Ano 2008 se considerara un incentivo por el pago adelantado de los Arbitrios: a. Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2008, hasta el 31 de Enero, obtendra un descuento del 20% del monto insoluto; siempre y cuando el monto anual no supere la UIT (S/. 3,500.00 Nuevos soles). b. Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2008, hasta el 31 de Enero, obtendra un descuento del 15% del monto insoluto; siempre y cuando el monto anual supere la UIT (S/. 3,500.00 Nuevos soles). c. Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2008, hasta el 29 de Febrero, obtendra un descuento del 15 % del monto insoluto; siempre y cuando el monto anual no supere la UIT (S/. 3,500.00 Nuevos soles). d. Si cancela los 12 (Doce) meses del ano 2008, hasta el 29 de Febrero, obtendra un descuento del 10% del monto insoluto; siempre y cuando el monto anual supere la UIT (S/. 3,500.00 Nuevos soles). Articulo Quinto.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano, encargandose a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion bajo responsabilidad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas, a la Sub Gerencia de Fiscalizacion y la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica, establecer los

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