Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2008 (26/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de enero de 2008

h), i), j), k), l) y m) de dicho documento, por lo que, sugiere que MORDAZA de la emision de la Tarjeta Unica de Circulacion de la unidad referida, la recurrente presente el Certificado debidamente suscrito por ambos representantes; es decir, por Euromotors S.A. y Motores Diesel Andinos S.A. conforme a lo senalado en la Decima Septima Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, asimismo en el Informe senalado en el considerando anterior, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre, refiere que La Empresa ha comunicado la conclusion de la habilitacion vehicular de los vehiculos de placas de rodaje VG-7723 y VG-8474 de la concesion de ruta: LimaAucayacu y viceversa y Lima-Tingo MORDAZA y viceversa. Para el efecto, ha presentado MORDAZA certificada por la perdida de los Certificados de Habilitacion Vehicular, expedida por la Comisaria La Victoria; Que, por otra parte, cabe mencionar que el requerimiento de renuncia a la habilitacion vehicular no se encuentra establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativo del Sector; sin embargo, de conformidad con lo dispuesto en el articulo VIII del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, y el MORDAZA de razonabilidad, resulta viable atender la mencionada pretension conforme a lo previsto en el literal d) del articulo 91º del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes; Que, son aplicables al presente caso, los Principios de Presuncion de Veracidad, Imparcialidad y Privilegio de Controles Posteriores establecidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y modificatorias, Ley N° 27444-Ley del Procedimiento Administrativo General, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta con la Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01 y Ley Nº 27791-Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia a la habilitacion vehicular de los omnibus de placas de rodaje VG-7723 y VG-8474 de las rutas: Lima-Aucayacu y Lima-Tingo MORDAZA y viceversa autorizadas a TRANSMAR EXPRESS S.A.C., con las Resoluciones Directorales Nºs 43022005-MTC/15 y 924-2000-MTC/15.18; en consecuencia procedase al retiro de las referidas unidades del registro correspondiente. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de TRANSMAR EXPRESS S.A.C., la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: Tarapoto-La Oroya y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : TARAPOTO ­ LA OROYA y viceversa : TARAPOTO : LA OROYA : BUENOS AIRES-PUCACACAPICOTA- SAN MORDAZA ­ BELLAVISTA ­ SACANCHE ­ JUANJUI ­ CAMPANILLA­ POLVORA­ TOCACHE ­ MORDAZA PROGRESO ­ LA MORADA ­ ASPUZANA ­ AUCAYACU ­ TINGO MORDAZA ­ LAS PALMAS ­ MORDAZA ­ AMBO ­ SAN MORDAZA ­ HUARIACA ­ CHICRIN ­ PARIAMARCA ­ CERRO DE PASCO ­ CARHUAMAYO ­ MORDAZA ­ PACCHA.

: Dos (2) omnibus : Un (1) omnibus de placa de rodaje VG8474 (2007)

FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus de placa de rodaje VG7723 (2006) HORARIOS : Salidas de Tarapoto, lunes a las 08:00 horas Salida de La Oroya, jueves a las 08:00 horas

Articulo Tercero.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- De conformidad con lo dispuesto en la Decima Septima Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, TRANSMAR EXPRESS S.A.C., debe presentar el Certificado de Constatacion de Caracteristicas del vehiculo de placa de rodaje VG-7723, debidamente suscrito por Euromotors S.A. y Motores Diesel Andinos S.A. y fecho expidase la Tarjeta Unica de Circulacion. Articulo Quinto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la empresa TRANSMAR EXPRESS S.A.C., en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Sexto.- La empresa TRANSMAR EXPRESS S.A.C. iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo mencionado en este articulo o de no cumplir con efectuar la publicacion de la presente autorizacion conforme al plazo senalado en el articulo anterior, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Setimo.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 149581-1

VIVIENDA
Donan inmueble ubicado en el Callao a favor de la Asociacion MORDAZA, destinado a la ampliacion de policlinico y hogar de la tercera edad
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2008-VIVIENDA MORDAZA, 25 de enero de 2008 Visto, el Expediente Nº 139-2007/SBN-GO-JAD, mediante el cual la Asociacion MORDAZA solicita la Donacion del terreno constituido por el Lote 1 de la Manzana W del Asentamiento Humano Chavinillo, ubicado en el distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, es propietario del inmueble de 10 830,00 m², constituido por el Lote 1 de la Manzana W del Asentamiento Humano Chavinillo, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº P01181304 del Registro de Predios del Callao y registrado con el Nº 702 en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al Callao;

ESCALA COMERCIAL : JUANJUI ­ TOCACHE ­ TINGO MORDAZA FRECUENCIAS : Una (1) semanal en cada extremo de ruta

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