Norma Legal Oficial del día 31 de Enero del año 2008 (31/01/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de enero de 2008

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 25º de la Ley MORDAZA del Sistema de Gestion Ambiental, Ley Nº 28245, menciona que las Comisiones Ambientales Locales son las instancias de gestion ambiental, encargadas de coordinar y concertar la politica ambiental municipal; promueven el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico y privado, y articulan sus politicas ambientales con las Comisiones Ambientales Regionales y el CONAM. Que, es necesario crear una Comision Ambiental Municipal del Distrito de San MORDAZA que coordine acciones entre las instituciones locales y el CONAM, formule participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local, elabore propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la aplicacion de politicas ambientales, promueva diversos mecanismos de participacion de la sociedad civil en la gestion ambiental, entre otros; Que, en virtud al MORDAZA seguido, promovido por el CONAM, a traves de su Secretaria Ejecutiva y la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, en coordinacion con diversas organizaciones publicas, privadas y mixtas del distrito, asi como con la amplia participacion de los actores locales vinculados a los recursos naturales y gestion ambiental, acordaron por consenso la conformacion de la Comision ambiental Municipal para fortalecer su gestion y lograr la articulacion con los procesos de gestion ambiental local y nacional, de conformidad con los Articulos 2º y 3º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º inciso 8 y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, y con el MORDAZA unanime de sus miembros el Concejo Distrital de San MORDAZA y con la dispensa de la lectura del Acta ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MORDAZA QUE APRUEBA LA CREACION DE LA COMISION AMBIENTAL MUNICIPAL DE SAN MORDAZA Articulo 1º: CREASE la Comision Ambiental Municipal ­ CAM como la instancia de gestion ambiental del distrito de San MORDAZA, encargada de coordinar y concertar la politica ambiental municipal, promoviendo el dialogo y el acuerdo entre los sectores publico, privado y de la sociedad civil, articulado a las politicas ambientales de la Comision Ambiental Metropolitana ­ CAM MORDAZA y el CONAM. Articulo 2º: La Comision Ambiental Municipal de San MORDAZA ­ CAM San MORDAZA, tendra las siguientes funciones: 2.1 Funciones Generales a) Ser la instancia de coordinacion y concertacion de la politica ambiental local para la implementacion del Sistema Integral de Gestion Local Ambiental; b) Elaborar participativamente el Plan y la Agenda Ambiental Local; c) Gestionar la implementacion participativa del Plan y la Agenda Ambiental Local, aprobados por la Municipalidad distrital de San Isidro. d) Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una vision compartida. e) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicacion y evaluacion de los instrumentos de gestion ambiental y la ejecucion de politicas ambientales. f) Facilitar el tratamiento apropiado, para la resolucion de conflictos ambientales. 2.2 Funciones Especificas a) Velar por el cumplimiento de las politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de la jurisdiccion distrital, proponiendo incluso iniciativas respecto a la revocatoria de normas que atenten contra el medio ambiente del distrito. b) Proponer y elaborar lineamientos de politica, objetivos y metas de gestion ambiental, asi como proyectos de ordenanzas y otras normas municipales para aportar al desarrollo sostenible del distrito de San MORDAZA, acordes con las politicas regionales y nacionales.

c) Identificar los objetivos priorizados de la gestion ambiental local y proponer estrategias para alcanzarlo, d) Formular, impulsar y coordinar acciones para poner en marcha, controlar y revisar el Plan de Gestion Ambiental del distrito. e) Proponer criterios y lineamientos de politica que permitan una asignacion en el presupuesto municipal a inversiones en materia ambiental, sujeto a la evaluacion y capacidad economica de la municipalidad. f) Difundir e informar periodicamente a los vecinos de San MORDAZA y a la opinion publica en general acerca de los avances en el cumplimiento de los objetivos trazados y en la ejecucion del Plan de Accion Ambiental del distrito. g) Gestionar el financiamiento a traves de MORDAZA nacionales e internacionales, para la ejecucion de los proyectos que se deriven del Plan de Gestion Ambiental de San MORDAZA, de ser el caso. h) Recoger las iniciativas de ciudadanos que tengan para formular propuestas y recomendaciones vinculadas a la gestion ambiental local. Articulo 3º: La Comision Ambiental Municipal del distrito de San MORDAZA esta conformada por representantes de los siguientes sectores: 1. Municipalidad de San MORDAZA, quien la presidira 2. Juntas Vecinales 3. Sector Empresarial 4. Sector Comercial 5. Organismos No Gubernamentales 6. Universidades ubicadas en el distrito de San MORDAZA 7. Institutos ubicados en el distrito de San MORDAZA 8. Colegios Publicos y Privados ubicados en el distrito de San MORDAZA 9. Consultoras Ambientales ubicadas en el distrito de San MORDAZA 10. Jovenes que residan en el distrito de San MORDAZA Los representantes de los organismos MORDAZA citados seran elegidos por acuerdo, en asamblea de representantes convocados para tal fin por la Municipalidad de San Isidro. Los cargos de representantes y el delegado representante ante la Municipalidad de San MORDAZA seran renovados cada ano, con posibilidad a ser reelegidos. Articulo 4º: La Comision Ambiental Municipal de San MORDAZA, representa a la sociedad civil organizada, a la poblacion, instituciones publicas y privadas con responsabilidad, competencia e interes en la calidad ambiental del distrito. Articulo 5º: Las instituciones confortantes de la Comision Ambiental Municipal de San MORDAZA, deberan designar un representante titular y alterno mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo de mas alto nivel. Articulo 6º: La aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental distrital debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Municipal de San MORDAZA, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas y privadas, y organos de base representativos de la sociedad civil. Los instrumentos de Gestion Ambiental Distrital (Diagnostico Ambiental Local, Politica Ambiental Local, Plan de Accion Ambiental Local y Agenda Ambiental Local) deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ambito nacional, regional y provincial, de conformidad con el articulo 26º de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental ­ Ley Nº 28245 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. UNICA DISPOSICION TRANSITORIA Facultese a la Comision Ambiental Municipal de San MORDAZA, para que en un plazo no mayor de noventa dias contados a partir de la publicacion de la presente Ordenanza, elabore la propuesta de Reglamento Interno de funcionamiento de dicha comision, la cual sera aprobada por el Concejo Municipal. Asimismo deberan presentar en un plazo de treinta dias su Plan de Actividades para el presente Ejercicio.

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