Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2008 (01/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 1 de febrero de 2008

3. DISPONER que la Red Asistencial de Tarapoto se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. 4. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 5. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA IPENZA Presidente Ejecutivo ESSALUD

luego de solicitadas las cotizaciones correspondientes para determinar el costo de los servicios, se determino que los mismos ascienden en cada caso a las siguientes sumas, por los que corresponderia convocar los procesos de seleccion que a continuacion se detallan: Publicidad Televisiva: · Instituto de Radio y Television Peruana ­ IRTP, por S/. 47,552.40 Publicidad Escrita: · Empresa Periodistica Nacional S.A. (diario Correo), por S/. 19,123.76 · Empresa Editorial El Comercio S.A., por S/. 28,587.00 · Grupo La Republica S.A., por S/. 7,131.58 · Montecristo Editores S.A.C. (diario La Razon), por S/. 3,288.10 · Sindesa S.A. (diario Expreso, por S/. 4,018.40 · MORDAZA MORDAZA MORDAZA (revista Banca y Finanzas), por S/. 3,000.00 · Editora Agrovalle S.A.C., por S/. 3,500.00 Que, la Oficina de Asesoria Juridica a traves del Informe Legal Nº 001-2008-OAJ/SE senala que el Informe Tecnico remitido por la Oficina de Prensa y Comunicaciones contiene las razones tecnicas y economicas que justifican la contratacion de los medios propuestos por dicha Oficina, por lo que tales servicios se constituyen en servicios personalisimos, conforme a lo dispuesto por el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, concordante con el tercer parrafo del articulo 145º del Reglamento de la acotada MORDAZA legal, procediendo su exoneracion de los procesos de seleccion de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa que le correspondan en funcion a su cuantia; Que, el articulo 145º el Reglamento de la MORDAZA mencionada MORDAZA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM precisa que cuando existe la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos, encontrandose expresamente incluidos dentro de esta categoria los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisivo, radial, escrito o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, de otro lado, hay que indicar que el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion de Titular del Pliego de la Entidad previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano; una MORDAZA de la mencionada Resolucion debera ser remitida a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Con la visacion del responsable de Asesoria Juridica y la Oficina General de Administracion de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 28890, la Resolucion Suprema N° 365-2006-PCM, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del estado, aprobado por Decreto Supremo Nª 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremos N° 084-2004-PCM, y la Ley Nº 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa Instituto de Radio y Television Peruana - IRTP a fin que preste el servicio de publicidad en medios televisivos para MORDAZA Exportadora, hasta por la suma de S/. 47,552.40 (Cuarenta y Dos Mil Quinientos Cincuenta y Dos y 40/100 Nuevos Soles), incluidos todo concepto, gasto y tributo, hasta el 29 de febrero del ano 2007. Articulo Segundo.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion de servicios de publicidad en medios escritos para MORDAZA

158711-1

MORDAZA EXPORTADORA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicios de publicidad en medios televisivos y escritos para MORDAZA Exportadora
MORDAZA EXPORTADORA RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 009-2008-PE/SE
MORDAZA, 28 de enero de 2008 VISTOS: La Ley N° 28890, MORDAZA de creacion de MORDAZA Exportadora, la Resolucion Suprema N° 365-2006-PCM que designa al Presidente Ejecutivo de MORDAZA Exportadora, el Informe Tecnico Nº 002-2008-OPC-SE y el Informe Legal Nº 001-2008-OAJ/SE; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 28890 se crea el Organismo Publico Descentralizado MORDAZA Exportadora adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personeria juridica de derecho publico, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera y constituyendo Pliego Presupuestal; Que, mediante Resolucion Suprema N° 365-2006-PCM, se designa al Presidente Ejecutivo de MORDAZA Exportadora; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 007-2007-PE/SE se aprobo el "Plan de Estrategia Publicitaria Ano 2008 ­ Primer Trimestre", el mismo que contempla la MORDAZA "Lanzamiento del Papapan" entre el 4 y el 29 de febrero de 2007 e incluye spots radiales, televisivos y avisos en diarios en MORDAZA y provincias; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 002-2007-OPCSE de fecha 23 de enero de 2007, la Oficina de Prensa y Comunicaciones concluye que en el MORDAZA de la MORDAZA "Lanzamiento del Papapan" resulta necesaria la participacion de determinados medios de comunicacion que aseguren el logro de los objetivos trazados en dicha campana; Que, la Oficina de Prensa y Comunicaciones senala que luego de realizada la evaluacion de MORDAZA de emisoras televisivas y diarios, se determino que los medios de comunicacion encargados de brindar los servicios, no solo deberian tener un buen nivel de llegada al publico asi como adecuado tiraje, en el caso de los medios escritos, sino tambien deberian ofrecer el MORDAZA de programacion o publicacion que se ajuste adecuadamente a la naturaleza de la informacion a difundir; Que, en tal sentido a traves del Informe Tecnico Nº 002-2008-OPC-SE se han identificado las empresas que en opinion de la Oficina de Prensa y Comunicaciones reunen las condiciones para implementar con exito la MORDAZA "Lanzamiento del Papapan". En tal sentido y

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