Norma Legal Oficial del día 17 de Febrero del año 2008 (17/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2008

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Designan responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC
RESOLUCION GERENCIAL Nº 038-2008-GR-LL/PECH-01
MORDAZA, 23 de enero de 2008 VISTO: el Informe Nº 002-2008-GR-LL/PECH-03, de fecha 15.01.2008, del Gerente de Promocion de la Inversion Privada, relacionado con la designacion del funcionario responsable de elaborar y actualizar el MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; y el proveido de la Gerencia General recaido en el mismo; CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, creado por Decreto Supremo Nº 072-85-PCM, encargado de la irrigacion de los valles de Chao, MORDAZA, Moche y Chicama, constituye una Unidad Ejecutora del Gobierno Regional La MORDAZA, al haber sido transferida a este mediante Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA; Que, el Reglamento de la Ley Nº 278069, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece en sus Arts. 3º y 4º, la obligacion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, de designar un responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia, debiendo dicha designacion efectuarla mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, la misma que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 124-2005GR-LL/PECH-01, de fecha 11.07.2005, se designo al Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; Que, mediante documento de Visto, el Eco. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente de Promocion de la Inversion Privada, se dirige a la Gerencia General informando haber sido designado como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, en su calidad de Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, de la cual forma parte el Area de Informatica. Sin embargo senala que toda vez que en la actualidad esta a cargo de una Gerencia que no tiene injerencia en el area de informatica, seria conveniente se designe a un profesional del area involucrada; Que, mediante proveido inserto en el documento a que se contrae el Considerando precedente, el Gerente General dispone la designacion de la Sra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC; En uso de las facultades otorgadas en el Art. 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC, aprobado mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 1293-2004-GR-LL/PRE; con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Primero.- Designar a la Sra. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA como responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de Transparencia del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC. Segundo.- Disponer que la Oficina de Administracion efectue la publicacion de la presente Resolucion Gerencial en el Diario Oficial El Peruano, conforme lo dispone el Art. 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, "Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica"

Tercero.- Hagase de conocimiento de la interesada, de las Unidades Organicas del Proyecto Especial CHAVIMOCHIC y del Gobierno Regional La Libertad. Registrese, Comuniquese y Cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General

165065-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Establecen disposiciones para la evaluacion de docentes que postulen dentro del ambito regional para cubrir plaza docente por contrato
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2008-GR.LAMB./CR
Chiclayo, 12 de febrero de 2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 12 de febrero de 2008, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 004-2008-ED senala en su Articulo Primero, que es requisito fundamental para ser contratado como docente a partir del ano lectivo 2008 en las instituciones educativas publicas de Educacion Basica y Educacion Tecnico-Productiva, ser profesor egresado dentro del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional de las instituciones de educacion superior no universitaria y facultades de educacion de las universidades del pais. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 050-2008ED de fecha 18 de enero del presente ano, se aprobo la Directiva Nº 004-2008-ME/SG-OGA-UPER - "Normas y procedimientos para acceder a una plaza docente mediante contrato de educacion basica y educacion tecnico productiva en el periodo lectivo 2008", regulando los aspectos academicos profesionales y experiencia laboral para acceder a una plaza por contrato. Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 51º senala que "la Constitucion prevalece sobre toda MORDAZA legal; la ley, sobre las normas de inferior jerarquia, y asi sucesivamente". Es decir, la Constitucion es la MORDAZA de mayor jerarquia dentro del sistema normativo de nuestro MORDAZA y prevalece por encima de cualquier otra MORDAZA legal. Que, en el sistema legislativo despues de la Constitucion se encuentra la ley; los decretos legislativos y los decretos de urgencia, tienen el mismo rango y por lo tanto tienen el mismo valor. Que, por debajo de la ley se encuentran normas de menor jerarquia como por ejemplo los decretos y resoluciones dictados por el Poder Ejecutivo por si o a traves de otros organos del Estado, cual es el caso en materia, y que estan por debajo de la ley y por lo tanto se encuentran sometidos a ella; la ley prima sobre cualquier otra MORDAZA de menor jerarquia. En resumen, en doctrina este MORDAZA especifico tiene el significado referido, que lo unico que hace es afirmar la supremacia de la MORDAZA constitucional. Que, las normas cuestionadas como el Decreto Supremo Nº 004-2008-ED y Resolucion Jefatural Nº 0502008-ED, transgreden derechos reconocidos por nuestra Constitucion Politica del Estado, como son: La igualdad ante la ley, la igualdad de oportunidades y de trato, como el derecho al trabajo, entre otros.

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