Norma Legal Oficial del día 17 de Febrero del año 2008 (17/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2008

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban integracion Normativa Complementaria de Bonificacion Excepcional para postulantes nacidos, con residencia y estudios superiores en MORDAZA, a una plaza docente en educacion basica y tecnico productiva
ORDENANZA REGIONAL N° 001-2008-CR/GRM
Fecha : 7-02-2008 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA. POR CUANTO: El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional Siguiente: VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo Regional MORDAZA de fecha 7 de febrero del 2008, se ha tratado como punto de Agenda el tema denominado " Otorgamiento de Bonificacion Excepcional de 20 puntos sobre el promedio final para los postulantes a una plaza de docente que acrediten nacimiento, residencia y estudios superiores en la Region MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de concurso de docentes mediante contrato en educacion basica y educacion tecnico productivo establecido mediante Resolucion Jefatural 050-2008-ED y la Directiva Nº 004-2008-MED/SG-OGA-UPER" , que fue propuesta inicialmente por los Consejeros Regionales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ascuna Chavera, en uso de las facultades que les confiere el articulo 16º incisos a) y b) de la Ley Nº 27867 , articulos 51º , 82º ,86º del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente ; la misma que ha pasado a conocimiento de la Comision Ordinaria de Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica, y administrativa teniendo por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para la contribucion al desarrollo integral y sostenible de la region, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa. Que, el articulo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales , establece que los gobiernos regionales tienen por finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversion publica y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regional y locales de desarrollo; el articulo 6º de la MORDAZA citada establece que los Gobiernos Regionales, precisa que el desarrollo regional esta orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres en igualdad de oportunidades, concordante con el articulo 2º y 191º de la Constitucion Politica del Peru. Que, constituye uno de los principios rectores de las politicas y gestion regional , el de la equidad, como componente constitutivo y orientador, puesto que la gestion regional promociona, sin discriminacion, igual acceso a las oportunidades y de identificacion de grupos y sectores sociales que requiere ser atendidos de manera especial por la gestion regional. Que, en el articulo VIII del Titulo Preliminar , numeral 2do. de la Ley Nº 27444, Ley General de Procedimientos Administrativos, establece que cuando la deficiencia de

normativa lo haga aconsejable, complementariamente a la resolucion del caso, la autoridad elaborara y propondra a quien competa, la emision de la MORDAZA que supere con caracter general esta situacion, en el mismo sentido de la resolucion dada al MORDAZA sometido a su conocimiento. Que, la Ley Nº 27783, establece que el MORDAZA de descentralizacion es integral, inclusiva, participativa, en concordancia con la Ley Nº 27867, las misma que en su articulo 10º numeral 2 establece que el Gobierno Regional, tiene competencia compartida en temas de educacion, gestionar los servicios educativos de nivel inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, con criterios de interculturalidad orientados a potenciar la formacion para el desarrollo. Que, el articulo 8º de la Ley Nº 27783 establece que la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia. Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 0050-2008ED de fecha 18.01.2008, se aprobo la Directiva Nº 0042008-ME/SG-OGA-UPER (Normas y Procedimientos para acceder a una plaza docente mediante contrato en educacion basica y educacion tecnico productiva en el periodo lectivo 2008), regulando los aspectos academicos, profesionales y experiencia laboral para acceder a una plaza por contrato, hecho que se considera insuficiente e incompleta la evaluacion de hoja de MORDAZA y entrevista personal, por lo que es razonable adicionar o complementar por decision administrativa. Que mediante Ordenanza Regional Nº 022­2007. CR/GRM se ha declarado de necesidad e interes regional la promocion y el cumplimiento de la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres de la Region MORDAZA . Que, el articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru establece que toda persona tiene derecho "A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole". Que, la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, Ley Nº 28983 establece como lineamientos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el de promover y garantizar la participacion plena y efectiva de las mujeres; desarrollar politicas, planes y programas para prevencion, atencion , la misma que tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en los ambitos nacional, regional y local para garantizar a mujeres y hombres en el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia impidiendo la discriminacion en todas las esferas de su MORDAZA publica y privada propendiendo a la igualdad. Que, de conformidad con los articulos 15º inciso a) y 39º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos educativos, y de acuerdo con lo previsto por el articulo 38º del mismo cuerpo normativo, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general , la organizacion, y la administracion del Gobierno Regional MORDAZA y los acuerdos reglamentan materias de su competencia. Por lo que estando en uso de las facultades concedidas por el articulo 13º y 37º inc. a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902; el inciso a) del articulo 14º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado por O.R. Nº 0092006-CR/GRM; el Consejo Regional de MORDAZA por votacion unanime de sus miembros y la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta de Sesion; ha emitido la siguiente : ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR La integracion Normativa Complementaria de Bonificacion Excepcional de 20 puntos, sobre el promedio final obtenido, para los postulantes nacidos en MORDAZA para tal efecto deben acreditar dicha calidad con su partida de nacimiento, los postulantes con residencia lo acreditaran con su DNI y/o resoluciones de contrato, los postulantes con estudios superiores Pedagogicos y/o universitarios deberan acreditar con su titulo o MORDAZA de haber realizado sus estudios en la region MORDAZA, los postulantes del MORDAZA superior del cuadro de meritos promocional, deberan acreditar con MORDAZA y/o declaracion jurada la misma

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