Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2008 (27/02/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2008

NORMAS LEGALES

367371

por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar a la Unidad Ejecutora 001 ­ Administracion General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Publica, para la contratacion del Servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo de los Ascensores, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos y cuyo proveedor es unico en el MORDAZA, conforme a lo dispuesto en el numeral e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun el detalle siguiente: a. MORDAZA de contrato: Servicios. b. Descripcion basica de la contratacion: Servicio de Mantenimiento Correctivo y Preventivo de los Ascensores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. c. Tiempo que se requiere contratar el servicio: Doce (12) meses. d. Valor referencial: S/. 106 740.00 (Ciento Seis Mil Setecientos Cuarenta y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas. e. Fuente de financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a fin que realice la contratacion del servicio a que se refiere el Articulo 1° de la presente Resolucion mediante acciones inmediatas, de conformidad con lo establecido en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Articulo 3°.- La presente Resolucion, asi como los Informes Nº 633-2007, Nº 638-2007 y Nº 123-2008MTC/10.02, Informe Nº 010-2008-MTC/10.06.PJCB e Informe Nº 414-2008-MTC/08, seran puestos en conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 4°.- De conformidad con lo dispuesto en el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, la presente Resolucion Ministerial debera publicarse tambien a traves del SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

168430-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de asesoria legal y MORDAZA judicial y/o arbitral para el Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 201-2008-MTC/01
MORDAZA, 22 de febrero de 2008 VISTOS: El Informe Nº 092-2008-MTC/25.RCL de la Direccion General de Concesiones en Transportes, el Informe Nº 1282008-MTC/10.02 de la Oficina General de Administracion, asi como el Informe Nº 415-2008-MTC/08 de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por medio de los cuales se solicita que se apruebe la exoneracion de MORDAZA de seleccion para la contratacion del Servicio de Asesoria Legal y MORDAZA Judicial y/o Arbitral; CONSIDERANDO: Que, el 25 de MORDAZA de 2000, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 27329, que declaro de necesidad

publica la expropiacion de los inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez", ello debido a que es necesario e indispensable que el citado aeropuerto cuente con una infraestructura moderna, suficiente y adecuada al volumen del comercio integral y trafico de pasajeros, asi como que se mejore el sistema de aeronavegabilidad. Para tal efecto, se establecio que la expropiacion se realizaria conforme a lo estipulado en el articulo 7º de la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, el 12 de octubre de 2000, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Suprema Nº 137-2000MTC, por medio de la cual se creo la Comision de Alto Nivel que se encargara de llevar a cabo el MORDAZA de expropiacion a que se refiere la Ley Nº 27329, a quien se le denominara CANETA; Que, el 14 de febrero de 2001, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en representacion del Estado Peruano, suscribio con la empresa MORDAZA Airport Partners S.R.L. el Contrato de Concesion del Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"; Que, de acuerdo con el numeral 5.6.2.1 de la Clausula MORDAZA, el concesionario MORDAZA Airport Partners S.R.L. esta obligado a construir una MORDAZA pista de aterrizaje de tal manera que esta se encuentre terminada y lista para entrar en operacion al final del decimo MORDAZA ano de vigencia del contrato de la concesion o, en cualquier caso, despues de cinco (5) anos desde la fecha en que el concedente entregue al concesionario, en conjunto y en una sola oportunidad, el area requerida para la ampliacion, de acuerdo con lo establecido en el numeral 5.23; Que, el numeral 5.23 de la Clausula MORDAZA del Contrato establece que para la ampliacion del aeropuerto, el area requerida sera entregada, en conjunto y en una sola oportunidad, al Concesionario por el Concedente, dentro del plazo de ocho (8) anos contados a partir de la fecha de cierre. Asimismo, se preciso que dicha area, descrita en el Anexo 11, en su totalidad, sera destinada para la ejecucion, entre otros, de los trabajos senalados anteriormente. El literal c) del numeral 15.5 de la Clausula Decimo MORDAZA del Contrato senala que el mismo podra ser terminado en caso que el Concedente no entregue todas las areas a que hace referencia el Anexo 11. En ese mismo sentido, cabe indicar que los hechos MORDAZA expuestos, tambien constituyen causal de caducidad del contrato, conforme a los plazos contemplados en el Contrato de Concesion; Que, el 23 de diciembre de 2007, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ley Nº 29171, cuyo objeto es establecer medidas excepcionales para agilizar el procedimiento de expropiacion, respecto de los inmuebles afectados por la ejecucion de obras publicas de infraestructura hidraulica, energetica, de transportes y de saneamiento, de gran envergadura; siendo que dicho procedimiento resultara aplicable en tanto exista una ley autoritativa de expropiacion de los bienes inmuebles; Que, el 16 de febrero de 2008, se publico en el Diario Oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 025-2008-EF, que incorporo, via credito suplementario, en el Presupuesto del Pliego 036 ­ Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente al ano fiscal 2008, la suma de US$ 442 122 228.00 (Cuatrocientos Cuarenta y Dos Millones Cientos Veintidos Mil Doscientos Veintiocho y 00/100 Nuevos Soles); Que, el 21 de febrero de 2008, la CANETA, mediante Informe Nº 009-2008-MTC-CANETAAIJCH, solicito que se contrate a un Estudio Juridico especializado en Derechos Reales, Procesos de Expropiacion y Arbitraje, para que preste asesoria en el MORDAZA de expropiacion de los predios comprendidos dentro del alcance de la Ley Nº 27329, siendo que en dicho Informe se encuentra el detalle y situacion de cada uno de los predios pendientes de expropiar en este caso. Asimismo, como sustento de su solicitud senalo lo siguiente: a) A la fecha, se han expropiado siete (7) predios, que alcanzan un area de 28 987.11 m2 y representan el 0.42% del area total que corresponde expropiar, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27329. b) Luego de haberse deducido los predios que son de propiedad del Estado peruano, asi como las calles y caminos, el area que se encuentra pendiente de expropiacion suma un area de 6 363 794.88 m2 y representan el 92.33% del area total que corresponde expropiar conforme a lo establecido en la Ley Nº 27329. En tal sentido, se indico que dicha labor debe ser finalizada MORDAZA del 14 de febrero de 2009; ello debido a que en esa fecha vence el plazo con que cuenta este Ministerio para hacer entrega a la empresa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.