Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2008 (04/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

375455

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Constitucion de Grupo de Trabajo Multisectorial Constituyase el Grupo de Trabajo Multisectorial que se encargara de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29023 ­ Ley que regula la comercializacion y uso del cianuro. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependera del Ministerio de Energia y Minas, quien le prestara el apoyo tecnico, administrativo y legal que pueda requerir. Articulo 2º.- Conformacion del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial que se constituye mediante el articulo precedente estara integrado por: a) Un representante del Ministerio de Energia y Minas, quien lo presidira; b) Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; c) Un representante del Ministerio de la Produccion; d) Un representante del Ministerio de Salud, e) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y, f) Un representante del Ministerio del Interior; Articulo 3º.- Designacion de representantes ante el Grupo de Trabajo Multisectorial Cada Ministerio designara mediante Resolucion de su Titular, a sus respectivos representantes, titular y alterno, dentro del plazo de tres (3) dias habiles contados a partir del dia siguiente de publicacion de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Deberes del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial que se constituye por la presente Resolucion debera: 4.1. Instalarse en un plazo que no excedera a los tres (3) dias habiles posteriores al plazo indicado en el articulo 3º de la presente resolucion. 4.2. Presentar ante el Ministerio de Energia y Minas, dentro de los cuarenta y cinco (45) dias habiles desde su instalacion, el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29023 ­ Ley que regula la comercializacion y uso del cianuro y su Exposicion de Motivos, para que continue con el tramite de aprobacion subsiguiente. 4.3. Asimismo, el Grupo de Trabajo Multisectorial podra solicitar la opinion y recomendaciones de los empleados publicos y de los expertos en la materia. Articulo 5°.- Gastos El funcionamiento de la Comision Multisectorial no irrogara gastos al Tesoro Publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 222271-1

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elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29023 ­ Ley que regula la comercializacion y uso del cianuro, con la participacion de representantes de los Sectores competentes en la materia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 35º de la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 5º del Decreto Ley Nº 21292 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM;

Que, mediante Ley Nº 29078 se crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007 y modificatorias, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomia economica, financiera y tecnica, constituyendose para dicho efecto en Unidad Ejecutora y cuya finalidad es lograr la rehabilitacion y reconstruccion de las zonas declaradas en estado de emergencia a traves del Decreto Supremo Nº 068-2007 y sus ampliaciones, constituyendo sus recursos, entre otros, las transferencias que realice el "Fondo para la Reconstruccion ­ Sismo del 15 de agosto de 2007" a que se refiere el Decreto de Urgencia Nº 026-2007; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 29078, modificado por la Ley Nº 29136 establece que son funciones del Directorio de FORSUR, entre otras, realizar la evaluacion general de los efectos de los sismos del 15 de agosto de 2007 sobre las zonas declaradas en emergencia; aprobar los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion necesarios para el cumplimiento de los fines del FORSUR; y priorizar las obras e inversiones a ser ejecutadas con recursos del FORSUR, por la Gerencia General, los ministerios, empresas publicas, los gobiernos regionales, los gobiernos locales o terceros, en el MORDAZA de los planes y proyectos de rehabilitacion, construccion y reconstruccion integral de las zonas declaradas en estado de emergencia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 074-2008-EF, se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008 a favor del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, hasta por la suma de S/. 34 209 128,00, a fin que el FORSUR atienda mediante transferencia financieras, los requerimientos efectuados por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Instituto Peruano del Deporte y el Gobierno Regional de Huancavelica, entre otros, para el financiamiento de los proyectos de rehabilitacion de infraestructura que ha sido priorizados por el Directorio del FORSUR segun los Acuerdos Nº 051, 054, 055 y 057-08-2008-D-FORSUR, los cuales se encuentran fedatados por el fedatario de FORSUR; habiendose aprobado la desagregacion de dichos recursos mediante Resolucion Ministerial Nº 187-2008-PCM; Que, el articulo 2º de la Ley Nº 29136 incorpora como Tercera Disposicion Complementaria de la Ley Nº 29078, el siguiente texto: "TERCERA.- Incluyase a los recursos del FORSUR en los alcances del literal e) del parrafo 75.4 del articulo 75º de la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, Ley Nº 28411; Que, por Resolucion Ministerial Nº 427-2007-PCM de fecha 27 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros para el Ano Fiscal 2008, de conformidad con la Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, el cual ha sido modificado por la incorporacion de nuevas Transferencias de Partidas; Contando con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Ley Nº 29142 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29144 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 29136 ­ Ley que modifica los articulos 1º, 4º, 5º, 7º y 8º de la Ley Nº 29078 - Ley que crea el FORSUR y el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar una transferencia financiera del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros - PCM al Pliego: 037 Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - VIVIENDA, por la suma de S/. 5 140 696,23 (CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 23/100 NUEVOS SOLES); al Pliego: 342 Instituto Peruano del Deporte - IPD, por la suma de S/. 3 571 427,42 (TRES MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS VEINTISIETE Y 42/100 NUEVOS SOLES); y al Pliego: 447 Gobierno Regional de Huancavelica, por la suma de S/. 48 966,20 (CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS Y 20/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente

Aprueban transferencia financiera a los pliegos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, IPD y Gobierno Regional de Huancavelica para atender proyectos priorizados por el FORSUR
RESOLUCION MINISTERIAL N° 215-2008-PCM MORDAZA, 30 de junio de 2008

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