Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2008 (04/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

Articulo 1º.- Designar, a partir del 23 de junio del 2008, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ como Director Ejecutivo del "Organismo Publico Infraestructura para la Productividad" ­ OPPIP, con el rango de cargo de confianza. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion Documentaria la transcripcion de la presente Resolucion a todos los interesados; disponiendose su publicacion en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional de MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de la region. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. YVAN E. MORDAZA MORDAZA Presidente

221148-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Suprimen parte del ultimo parrafo del articulo 83º de la Ordenanza Regional Nº 004-2004-CR/GRM, que incorpora al Proyecto Especial Regional Pasto Grande a la Estructura Organica del Gobierno Regional
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud del Gobierno Regional de MORDAZA, mediante Oficio Nº 3412008-LNMC-CR/GRM, recibido el 3 de MORDAZA de 2008)

ORDENANZA REGIONAL Nº 24-2007-CR/GRM
20 de diciembre de 2007 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MOQUEGUA. POR CUANTO El Consejo Regional de MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional Siguiente: VISTO: La Sesion Extraordinaria Nº 012-2007, de fecha veinte Diciembre del ano dos mil siete , en la que se ha tratado como punto de Agenda, la Propuesta de modificatoria de la Ordenanza Regional Nº 004-2004-CR/GRM "Supresion del ultimo parrafo del articulo 83º de la Ordenanza Regional Nº 004-2004-CR/GRM" , propuesta que se ha generado por el Consejo Regional MORDAZA en uso de las facultades de iniciativa de proponer Acuerdos y Normas de caracter regional que le asiste en observancia del articulo 15º incisos a) de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053, la misma que ha sido objeto de Dictamen en Mayoria adoptado en fecha 30.11.2007 en Sesion de las Comisiones Ordinarias Mixtas de Administracion, Planeamiento , Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Economico ; y CONSIDERANDO: Que, el Proyecto Pasto Grande se creo por D.S. 024-87MIPRE como organo desconcentrado del Instituto Nacional de Desarrollo INADE encargado de los estudios y obras que permitan su desarrollo integral. Que, el Decreto Legislativo 599, de fecha 30 de MORDAZA de 1990, Ley de Organizacion y Funciones del INADE establece en su articulo 11º que los trabajadores de los proyectos especiales se sujetan al Regimen Laboral Privado. Que, mediante D.S. Nº 033-2003-VIVIENDA de 14.12.2003 se transfiere el Proyecto Especial Pasto Grande del INADE al Gobierno Regional MORDAZA y ademas se crea el Consejo Directivo como organo MORDAZA encargado

de establecer las politicas, planes, actividades , metas estrategias de la institucion . Ademas estara a cargo de la supervision , la administracion general y la marcha del Proyecto Especial. Que, mediante Ordenanza Regional Nº. 004-2004CR/GRM de fecha 24.08.2004, se incorpora al Proyecto Especial Pasto Grande a la Estructura Organica del Gobierno Regional como Proyecto Especial Regional Pasto Grande otorgandosele autonomia economica, tecnica, administrativa segun corresponda y de acuerdo a Ley. Cabe resaltar Ademas que esta MORDAZA modifica el articulo 12º literal I, de los proyectos y empresas regionales del ROF aprobado por Ordenanza Regional Nº 002-2003-CR/GRM , modificandose ademas el art. 83º del ROF. Que, en su articulo 3º la Ordenanza Regional Nº 0042004-CR/GRM modifica el art. 83º del Reglamento de Organizacion y Funciones dispuesto en la Ordenanza Regional Nº 002-2003-CR/GRM el cual resulta coherente en sus dos primeros acapites, siendo el tercero acapite incongruente y contrapuesto a la normatividad vigente cuando dice: "Los proyectos Especiales Regionales son organismos creados por el Gobierno Regional, con aprobacion del Consejo Regional, o transferidos del Gobierno Nacional. Su Regimen Laboral corresponde al de la administracion Publica"; lo que se contrapone a los dispositivos MORDAZA mencionados, es mas no hace adecuacion ni aplicacion del inciso b) del articulo 38º del D.S. 005-90-PCM, establece que "Las entidades de administracion publica solo podran contratar personal para realizar funciones de caracter temporal o accidental, dicha contratacion se realizara para ...b) Labores en Proyectos de Inversion y Proyectos Especiales cualquiera sea su duracion" ; asi como tampoco a la Ley de Bases de Descentralizacion ,Ley Nº 27783, que en su MORDAZA Disposicion Transitoria senala la formalidad y ejecucion de las transferencias que incluye a los Proyectos Especiales y en su Primera Disposicion Final al tratar sobre las normas reglamentarias dispone que estas se aprueban por Decreto Supremo como normas reglamentarias para la adecuada aplicacion de sus disposiciones ; ni la Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto , Ley Nº 28411, por lo cual dicha Ley General es de alcance a las entidades del Gobierno Regional y sus Organismos Publicos Descentralizados, bajo los cuales la actividad laboral se enmarca dentro de la actividad privada como son los contratos de Servicios No Personales y/o Locacion de Servicios del Codigo Civil, que tambien trata el Decreto Legislativo Nº 728. Que, el D.S. Nº 043-2006-PCM. "Aprueban Lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la administracion publica" en sus articulos 1º y 3º establecen lineamientos generales a los que se sujetan todas las entidades del sector publico y dentro del inciso d) del articulo 3º , incluye a los organismos publicos descentralizados , con independencia de la denominacion formal que las normas les reconozcan. Lo cual quiere decir, que una vez culminada la transferencia de funciones se tiene que adecuar los documentos de gestion para el manejo integral del Gobierno Regional, lo que hace procedente la propuesta de supresion del ultimo parrafo del art. 83º de la O.R. Nº 004-2004-CR/GRM. Que, se advierte imprecision en las disposiciones incluidas en la O.R. Nº 004-2004.CR/GRM lo que no encaja dentro de la fundamentacion y jerarquia normativa en su oportunidad ni en la actual que MORDAZA coherente con los fines de la regionalizacion, descentralizacion y transferencia de funciones que no se articule a la modernizacion del estado dentro de un autentico esquema de descentralizacion. Que, el Proyecto Especial Regional Pasto Grande, dada su naturaleza temporal no puede consagrar un regimen laboral de la Administracion Publica por cuanto sus funcionarios y servidores no son de MORDAZA publica, lo cual no implica desconocer las normas de austeridad previstas en la Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2007. Que, en merito a los art. 16º incisos a) y b) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 , habiendose cumplido con los previos a que se refiere los articulos 48º, 51º , 82º, 84º y c.c. del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 009-2006-CR/GRM, con el MORDAZA de la mayoria de los miembros del Consejo Regional , y con prescindencia del tramite de la lectura y aprobacion del Acta de Sesion aprobo la siguiente:

ORDENANZA
Articulo Primero.- Suprimase parte del ultimo parrafo del articulo 83º de la Ordenanza Regional Nº 004-2004-CR/

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