Norma Legal Oficial del día 04 de Julio del año 2008 (04/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 4 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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CONSIDERANDO:

Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y fundamental de la sociedad, de conformidad con lo expuesto en el articulo 4º de la Constitucion Politica. Que, el Codigo Civil en su articulo 233° establece que la regularizacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en la Constitucion Politica del Peru. Que, la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece en su Art. 20°, numeral 16) que es atribucion del MORDAZA celebrar Matrimonios Civiles de los vecinos de acuerdo a las Normas del Codigo Civil. Que, el Art. 248° del Codigo Civil, establece las formalidades y requisitos para la celebracion de Matrimonios Civiles, los cuales declaran su solicitud oral o por escrito ante el MORDAZA Provincial o Distrital; asimismo, el Art. 252° de la referida MORDAZA, establece que el MORDAZA puede dispensar la publicacion de los avisos, si median causas razonables y siempre que se presenten todos los documentos exigidos en el Art. 248°. Que, mediante Informe Nº 084-2008-SG/MDA la Secretaria General, recomienda celebrar el Matrimonio Civil Comunitario, el dia MORDAZA 31 de agosto del 2008, en la Plaza de MORDAZA del Distrito, indicando los requisitos que deben de cumplir los contrayentes, proponiendo el costo del acto, asi como la programacion para la celebracion. Que, mediante Informe Nº 544-2008-OGAJ/MDA la Oficina General de Asesoria Juridica, senala que ante la necesidad de muchas parejas de convivientes del Distrito de formalizar su estado civil y teniendo en cuenta la acogida de este MORDAZA de celebraciones entre los vecinos, es de opinion que es factible la realizacion de dicha celebracion, previo cumplimiento de los requisitos exigidos, estableciendose una cuota minima a pagar por cada MORDAZA de contrayentes, con caracter EXCEPCIONAL por unica vez, siendo procedente ademas la Dispensa de Publicacion, en virtud de lo senalado en el Art. N° 252° del Codigo Civil, siempre en cuando se hayan presentado todos los requisitos establecidos en el Art. 248° de la referida MORDAZA, para cuyos efectos debera emitirse el Decreto de Alcaldia en ese sentido. Que, mediante Proveido N° 2525-2008-A/MDA el Despacho de Alcaldia, indica se proyecte el Decreto de Alcaldia correspondiente. Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas de acuerdo al inciso 6) del Articulo 20º de Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- AUTORIZAR la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario por el 187° Aniversario de la Creacion Politica del Distrito de Ate; en merito a los fundamentos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ESTABLECER como pago por derecho de Matrimonio Civil Comunitario la suma de S/. 50.00 (Cincuenta con 00/100 Nuevos Soles) por cada pareja; debiendo ademas adjuntar los siguientes requisitos: a) D.N.I. de los contrayentes, vigentes - original y copia. b) Partidas de Nacimiento de los contrayentes. c) Certificado de salud. d) Declaracion Jurada de Domicilio e) Dos testigos con D.N.I. vigente en original y copia. Articulo 3º.- EXONERAR la publicacion de los Edictos Matrimoniales de los contrayentes, en virtud de lo senalado por el Art. 252° del Codigo Civil. Articulo 4°.- ESTABLECER el siguiente cronograma: INSCRIPCIONES:

Articulo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia Municipal, Oficina de Registro Civil y a la Secretaria de Imagen Institucional; la coordinacion, divulgacion general y otras acciones que MORDAZA necesarias. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DUPUY MORDAZA MORDAZA

219311-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 005-2008-MDB
Barranco, 30 de junio de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el 28 de MORDAZA del presente ano, se celebra el centesimo octogesimo MORDAZA aniversario de la Proclamacion de la Independencia Nacional del Peru; Que, siendo esta fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revaloracion de principios como el civismo y MORDAZA a los emblemas patrios expresados en nuestra Bandera Nacional; Que, es politica de la actual gestion municipal promover el respeto hacia nuestros simbolos patrios, y para ello se han programado actividades oficiales cuyo objetivo principal es destacar tan importante hecho de la historia nacional e incentivar el MORDAZA patriotico en la poblacion; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de todos los inmuebles del distrito de Barranco, desde el 12 al 31 de MORDAZA del 2008, con ocasion de conmemorarse el centesimo octogesimo MORDAZA aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- Disponer la obligatoriedad del pintado y/o limpieza de fachadas de los inmuebles publicos y privados. Articulo Tercero.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional, Cultura y Turismo y Subgerencia de Comercializacion, Fiscalizacion y Control, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MEZARINA MORDAZA MORDAZA

221848-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Cuadro Tarifario de Servicios de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 210-MDL
Lince, 12 de junio del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE;

- Del 23 de junio al 19 de agosto de 2008, en la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad Distrital de Ate, Seccion Matrimonios, en horario de Oficina. CEREMONIA: - Celebracion del Matrimonio Civil Comunitario, MORDAZA 31 de Agosto de 2008, a horas 12:00 del mediodia en la Plaza de MORDAZA del distrito de Ate.

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