Norma Legal Oficial del día 13 de Julio del año 2008 (13/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 13 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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376081

Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00917 ­ Implementacion de Planes de Desarrollo Fronterizo, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle: Por el viaje dentro del territorio nacional:
Nombres y Apellidos Pasaje US$ Viaticos por dia S/. 148.50 115.50 Total Tarifa Numero viaticos aeropuerto de S/. S/. dias 05 05 742.50 577.50 28.37 28.37

MORDAZA MORDAZA Martinetti MORDAZA 336.03 MORDAZA MORDAZA Vassallo Consoli 336.03

Por el viaje a la MORDAZA de Huaquillas:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Martinetti MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vassallo Consoli Viaticos por dia US$ 200.00 200.00 Numero de dias 01 01 Total viaticos US$ 200.00 200.00

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de las citadas reuniones, los referidos funcionarios deberan presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
224404-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan concesion a Movil Tours S.A. para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta MORDAZA MORDAZA - MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 7476-2008-MTC/15

MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2008 VISTO: El expediente de registro Nº 2008-015126 sobre otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas. CONSIDERANDO: Que, la empresa MOVIL TOURS S.A. - en adelante La Empresa se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas; Que, al MORDAZA del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias y Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, solicita el otorgamiento de concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de

personas en la ruta: MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, ofertando las unidades vehiculares de placas de rodaje Nº VG-6768 (2004), VG-6840 (2004) y VG-6841 (2004); Que, como antecedentes se indica que de conformidad a lo dispuesto en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria de Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 032-2002-MTC publicado con fecha 12-Jul-2002, MORDAZA por el Articulo 1° del Decreto Supremo N° 035-2003-MTC publicado con fecha 01-Jul-2003, y complementado por el Articulo 5º del Decreto Supremo N° 038-2004-MTC publicado con fecha 13-Nov-2004, se encuentra suspendido el otorgamiento de nuevas concesiones, en rutas que consideren utilizar ciudades interconectadas por la carretera panamericana incluyendo el desvio hasta la MORDAZA de Arequipa; la carretera central (Lima-Huancayo, incluido el desvio hasta la MORDAZA de Satipo); la carretera Lima-Huaraz; y la carretera Lima-Cajamarca (via tembladera); y LimaAyacucho (via libertadores), Ilo ­ Tacna, via costanera; Chiclayo-Tarapoto y Chiclayo-Piura, via Olmos; Que, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre en el Informe Nº 9272-2008-MTC/15.02 concluye que la ruta: MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, referida en el considerando precedente; Que, el Decreto Supremo Nº 037-2007-MTC publicado el 14 de octubre de 2007 modifico el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC/15 estableciendo : Hasta que se implemente la revision tecnica vehicular por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones queda en suspenso la exigencia del Certificado de Revision Tecnica para los vehiculos destinados al servicio de transporte interprovincial regular y especial de personas y mercancias. Durante la suspension MORDAZA mencionada dicho certificado sera sustituido por el Certificado de Operatividad con vigencia de seis (6) meses para el transporte de personas ...." Asimismo, la normatividad vigente establece que los Certificados de Constatacion de Caracteristicas deben contar con una antiguedad no mayor de tres (3) meses, contados a partir de la fecha de su emision; Que, de igual manera el Informe, senalado en el considerando precedente, indicaque La Empresa ha presentado los requisitos establecidos en el Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias y Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y su actualizacion dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, para otorgar la autorizacion en la ruta: MORDAZA MORDAZA - MORDAZA y viceversa con las unidades de placas de rodaje Nº VG-6768 (2004), VG-6840 (2004) y VG-6841 (2004), ademas, refiere que los certificados de operatividad y constatacion de caracteristicas se encuentran vencidos; sin embargo, tal situacion no puede constituirse en impedimento para la procedencia de dicha solicitud, debiendo La Empresa, presentar nuevos certificados de operatividad cuya vigencia no deben superar los seis (6) meses y certificados de constatacion de caracteristicas con una vigencia no mayor a los tres (3) meses; Que, asimismo, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre refiere que los vehiculos senalados en el considerando precedente se encuentran inscritos en el Registro Nacional de Transporte Terrestre de Personas, a nombre de La Empresa, de la siguiente manera : la unidad de placa de rodaje VG-6768 desde el 31 de octubre de 2006 en la concesion de ruta MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa y los vehiculos de placas de rodaje VG-6840 y VG-6841 desde el 13 de setiembre de 2005 en la concesion de ruta MORDAZA ­ Caraz y viceversa, y que La Empresa, a fin de habilitar a los citados vehiculos en la concesion de ruta solicitada, MORDAZA MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, solicita la conclusion de la habilitacion vehicular de las unidades vehiculares;

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