Norma Legal Oficial del día 19 de Julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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realizarse en forma directa mediante acciones inmediatas, tal como lo dispone el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Legal Nº 258-OCAJ-ESSALUD2008, la Oficina Central de Asesoria Juridica emitio opinion legal sobre la procedencia de la exoneracion solicitada por la Oficina de Relaciones Institucionales; Que, segun el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion debe ser aprobada por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8° de la Ley N° 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la contratacion del servicio materia de la presente exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, en uso de la atribucion conferida por el articulo 20° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; SE RESUELVE:

Limatambo, Primera MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, el cual constituye Aporte Reglamentario a favor del Estado; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en merito a la Ley Nº 29151, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 004-2007VIVIENDA, es el organismo publico descentralizado, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de disposicion, administracion y supervision de los bienes, como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes de el Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del predio de 4 286,70 m² que forma parte de un area de mayor extension de 6 878,70 m², ubicada entre las calles Las Tiendas, Los Paujiles, Las Torcazas, y los Halcones, Manzana K-2, Urbanizacion Limatambo, Primera MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida N° 49047677 del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 817, correspondiente al Departamento de Lima; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 43 de fecha 15 de junio de 1957, el ex Ministerio de Hacienda y Comercio acepto la cesion a favor del Estado, respecto del area mayor descrita en el considerando precedente, que por concepto de dos por ciento de aporte reglamentario debia realizar la Compania Inversiones Breca S.A, correspondiente a la ejecucion de las obras de habilitacion de la Urbanizacion Limatambo, primera MORDAZA del distrito de Surquillo; Que, la Jefatura de Adjudicaciones con fecha 22 de MORDAZA de 2008 realizo la inspeccion ocular, verificandose que actualmente el area de 4 286,70 m² la misma que forma parte de un area mayor extension de 6 878,70 m², se encuentra ocupada por las instalaciones de Hipermercados Metro S.A, perdiendo en consecuencia la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico, en lo que respecta al area ocupada por el establecimiento en mencion. Que, la desafectacion de un bien de dominio publico, al dominio privado del Estado procede cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, y sera aprobada por la SBN, de acuerdo con sus respectivas competencias de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 43° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales"; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal l) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, aprobado mediante Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de setiembre de 2001, corresponde a la Jefatura de Adjudicaciones, emitir como primera instancia, las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la politica institucional; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 131-2001-EF, Resolucion N° 315-2001/SBN y Resolucion N° 007-2007/SBN y; Estando a lo expuesto en el Informe Tecnico Legal Nº 0220 -2008-SBN-GO-JAD, de fecha 23 de MORDAZA de 2008; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarese la desafectacion parcial del dominio publico del predio de 4 286,70 m² que forma parte del area mayor de 6 878,70 m², ubicada entre las calles Las Tiendas, Los Paujiles, Las Torcazas, y los Halcones, Manzana K-2, Urbanizacion Limatambo, Primera MORDAZA, distrito de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, inscrita en la Partida N° 49047677 del Registro de Predios de Lima. .Articulo 2°.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos procedera a inscribir la desafectacion dispuesta en el articulo precedente. Registrese y publiquese. MARIELLA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adjudicaciones

1. APROBAR la exoneracion de la realizacion de un Concurso Publico para la contratacion del servicio de publicidad en prensa escrita, para la difusion de la MORDAZA promovida por la Oficina de Relaciones Institucionales dirigida a informar acerca de cambios de los procesos de los diversos productos y/o servicios de la institucion, por las mejoras que se realizan con el MORDAZA de modernizacion que brinda, asi como tambien hechos coyunturales, autorizando que la misma se lleve a cabo en forma directa, por el periodo de 06 meses, hasta por el monto de S/. 929,609.35 (Novecientos veintinueve mil seiscientos nueve con 35/100 Nuevos Soles), incluido el IGV, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Logistica realice la contratacion objeto de la presente exoneracion, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Secretaria General se encargue de la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. 4. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 5. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA IPENZA Presidente Ejecutivo ESSALUD

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SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Declaran desafectacion parcial del dominio publico de predio ubicado en el distrito de Surquillo, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 090-2008/SBN-GO-JAD
San MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2008 Visto, el Expediente N° 080 -2008/SBNJAD en el cual se sustenta la desafectacion de dominio publico del predio de 4 286,70 m² que forma parte del area mayor de 6 878,70 m², ubicada entre las calles Las Tiendas, Los Paujiles, Las Torcazas, y los Halcones, Manzana K-2, Urbanizacion

227895-1

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