Norma Legal Oficial del día 19 de Julio del año 2008 (19/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 19 de MORDAZA de 2008

Aceptan devolucion de viaticos, gastos y otros del MORDAZA distrital y modifican Acuerdo Nº 014-2008-MDC
ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2008-MDC
Cieneguilla, 10 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA. VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Oficio Nº 043-2008ALC/MDC de fecha 04 de MORDAZA del 2008, suscrito por el Sr. MORDAZA MORDAZA Schwartz Rozenberg. CONSIDERANDO: Que, el articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDC, se autorizo la asignacion de viaticos del 14 al 23 de Junio del 2008 (09 dias) por la suma de S/. 12,231.50; al respecto se debio aprobar los viaticos a partir del dia 16 hasta el dia 20 (5 dias) de conformidad al articulo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, en cumplimiento de la ley y la voluntad del Sr. MORDAZA devolver los gastos que se autorizaron para su viaje segun comprobantes de pago que adjunta, con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.20 (Viaticos, Asignacion y flete) por la suma de S/. 1,600.43 (Mil Seiscientos nuevos soles con 43/100), asi como la devolucion del cargo de la Cadena de Gastos 5.3.11.32 (Pasajes Aereos) por la suma de S/. 7,963.00 (Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres nuevos soles con 00/100), y con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.39 (Servicios Generales) por la suma de S/. 157.75 (Ciento Cincuenta y Siete nuevos soles con 75/100), haciendo un total de S/. 9,721.18 (Nueve Mil Setecientos Veinte y Uno con 18/100). Que, mediante Ley Nº 27619 se regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos que irroguen gasto al Tesoro Publico; y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece en su Articulo 2º que "...la autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion..."; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 9º, inciso 27 de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Los senores miembros del Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por decision UNANIME; ACUERDAN: Primero.- ACEPTAR la devolucion de la asignacion de los viaticos, gastos y otros, del MORDAZA en su viaje a la MORDAZA de Miami ­ MORDAZA de los Estados Unidos de Norte MORDAZA del 16 al 20 de Junio del 2008, hasta por la suma de S/. 9,721.18 (Nueve Mil Setecientos Veinte y Uno nuevos soles con 18/100), segun el siguiente detalle: Viaticos, Asignacion y flete la suma de S/. 1,600.43 (Mil Seiscientos nuevos soles con 43/100), Pasajes Aereos por la suma de S/. 7,963.00 (Siete Mil Novecientos Sesenta y Tres nuevos soles con 00/100) y Servicios Generales la suma de S/. 157.75 (Ciento Cincuenta y Siete nuevos soles con 75/100). Segundo.- MODIFICAR el articulo MORDAZA del Acuerdo de Concejo Nº 014-2008-MDC, de fecha 05 de junio del 2008, el mismo que quedara redactado de la siguiente manera: "Segundo.- AUTORIZAR la asignacion de los viaticos, gastos y otros que incurra el Senor MORDAZA en la MORDAZA de Miami ­ MORDAZA de los Estados Unidos de Norte MORDAZA del 16 al 20 de Junio del 2008, hasta por la suma de S/. 9,876.05 (Nueve Mil Ochocientos Setenta y Seis nuevos soles con 05/100), segun el siguiente detalle: con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.20 (Viaticos, Asignacion y flete) por la suma de S/. 3,199.90 (Tres Mil Ciento Noventa y Nueve nuevos soles con 90/100), con cargo a la Cadena de Gastos 5.3.11.32 (Pasajes Aereos) por la suma de S/. 5,948.90 (Cinco Mil

Novecientos Cuarenta y Ocho nuevos soles con 90/100) y con cargo a la cadena de gastos 5.3.11.39 (Servicios Generales) por la suma de S/. 727.25 (Setecientos Veinte y Siete nuevos soles con 25/100)."

Tercero.- ENCARGAR a la Jefatura de Tesoreria que verifique la informacion suministrada, y conforme a ello proceda a efectuar la conformidad de la devolucion. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo y determinar las responsabilidades a que hubieren lugar respecto de los antecedentes de vistos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SCHWARTZ R. MORDAZA

228293-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Modifican la Ordenanza Nº 106-MDI que regula el expendio y consumo de bebidas alcoholicas en el distrito, en el MORDAZA de aplicacion del "Plan Zanahoria"
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Independencia, mediante Oficio Nº 217-2008-GSG/MDI, recibido el 17 de MORDAZA de 2008)

ORDENANZA Nº 144-MDI
Independencia, 29 de agosto de 2007 EL CONCEJO DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: El Dictamen Nº 002-2007-CGASP/MDI, de fecha 27 de agosto de 2007 emitido por la Comision de Gestion Ambiental y Servicios Publicos del Concejo Distrital de Independencia, sobre modificacion de la Ordenanza Nº 106MDI de fecha 21 de octubre de 2007 que regula el expendio y consumo de bebidas alcoholicas en el distrito, en el MORDAZA del denominado "Plan Zanahoria"; CONSIDERANDO: Que, las municipalidades gozan de autonomia politica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, esto es, plenas facultades para decidir con autonomia la regulacion de sus propios mecanismos administrativos para implementar las decisiones de gestion; Que, la Ley Nº 28681 ­ Ley que regula la comercializacion, consumo y publicidad de bebidas alcoholicas, tienen por finalidad advertir y minimizar los danos que producen a la salud integral del ser humano, a la desintegracion de la familia y los riesgos para terceros, priorizando la prevencion de su consumo, a fin de proteger a los menores de edad; Que, la VII Region de la Policia Nacional del Peru, ha propuesto la implementacion del "PLAN ZANAHORIA", a fin de PROHIBIR el CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LA VIA PUBLICA, asi como el ESTABLECIMIENTO DE HORARIOS TOPES PARA SU EXPENDIO Y CONSUMO EN LOCALES AUTORIZADOS, y; Que, segun lo indicado por los expertos policiales, la asociacion del consumo excesivo de licor con el delito es altisima y el objetivo del mencionado plan es reducir el indice delincuencial y garantizar un distrito seguro y saludable; Que, mediante Ordenanza Nº 160-MDI de fecha 21 de octubre de 2005, publicada el 26 de octubre de 2005, se ha regulado el expendio y consumo de bebidas alcoholicas en el distrito de Independencia, estableciendo las infracciones y sanciones correspondientes; Que, es firme compromiso de la actual gestion; garantizar la Seguridad Ciudadana en su jurisdiccion

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