Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

Negociacion Incompatible o Aprovechamiento Indebido de Cargo y Falsificacion de Documentos; previstos en los articulos 361º, 377º, 397º, 399º y 427º del Codigo Penal; respectivamente, vigentes en el periodo de ocurrencia de los hechos; Que, asimismo, se ha determinado que se otorgo viaticos a funcionarios de la municipalidad por un total de S/. 11 505,28, habiendo sido rendidos con declaraciones juradas que excedian el limite legal; al utilizar dos o tres declaraciones juradas para rendir una comision de servicio, las cuales en conjunto superan el limite permitido por la normativa presupuestal, con el fin de demostrar que se estaba cumpliendo con el tope legal y; asimismo, en algunos casos se ha evidenciado que en los comprobantes de pago no se adjunta informacion que sustente las actividades realizadas producto de dichas comisiones de servicio; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision del delito de Peculado, previsto y penado en el articulo 387º del Codigo Penal; Que de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, y; De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 229489-1

Que, como consecuencia de la accion de control efectuada, se ha evidenciado que se aprobo y se dispuso la publicacion de Ordenanzas de caracter tributario correspondientes al ejercicio fiscal 2003, referidas a la incorporacion de diversas vias como zonas de estacionamiento vehicular, relacionadas al tributo denominado Tasa de Estacionamiento Vehicular, soslayando el requisito previo para su entrada en vigencia, de ratificacion de las mencionadas Ordenanzas por parte del Concejo Metropolitano de MORDAZA, conforme lo regulado en las disposiciones legales vigentes, otorgando el servicio de control de estacionamiento vehicular y recaudacion de la tasa de parqueo en dicha jurisdiccion, a una empresa privada a traves de un contrato de concesion; hechos que constituyen indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad y Omision, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales, previstos y penados en los articulos 376º y 377º del Codigo Penal; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto; De conformidad con el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, contra los presuntos responsables comprendidos en el informe de visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 229910-1 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 296-2008-CG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO; el Informe Especial Nº 153-2008-CG/SDR, resultante del Examen Especial practicado al Ministerio de Defensa, por el periodo comprendido de enero 2005 a MORDAZA de 2006, que incluyo las operaciones anteriores al periodo citado para el presente caso; y, CONSIDERANDO:

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en la Municipalidad Distrital de Barranco y en el Ministerio de Defensa
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 294-2008-CG MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 149-2008-CG/ ORLC resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Barranco, periodo 01.Ene.2003 al 31.Dic.2003; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica dispuso se realice una accion de control en la Municipalidad Distrital de Barranco, a fin de evaluar, entre otros, si el MORDAZA de seleccion, contratacion y recaudacion de la concesion para el "Servicio de Cobranza de Parqueo Vehicular", suscrito entre la entidad MORDAZA y una empresa privada se desarrollo de acuerdo con los dispositivos legales vigentes;

Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la realizacion de una accion de control al Ministerio de Defensa, a fin de determinar entre otros, si los pagos efectuados por Ia Oficina de Administracion General del Ministerio de Defensa, por concepto de Asignacion Especial" o "Bonificacion Especial" o "Bono de Productividad", se efectuaron en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y cumplieron con las autorizaciones y fundamento legal pertinente; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que, transgrediendose la normativa aplicable, funcionarios publicos quienes no cautelaron la administracion y custodia de los recursos asignados para el pago de racionamiento y movilidad al personal del Ministerio de Defensa, dispusieron y en otros casos continuaron con la disposicion de estos recursos,

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