Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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VISTO Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

El Oficio Nº 1437/MP-FSD-DJ.TACNA/2008, de fecha 27 de junio del 2008, cursado por el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular Decano del distrito Judicial de Tacna, mediante el cual eleva la solicitud de renuncia de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Revollar, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, designada en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta Corporativa del Alto de la Alianza. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Revollar, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tacna, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº391-2008-MP-FN, de fecha 26 de marzo del 2008, y su designada en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta Corporativa del Alto de la Alianza, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 393-2008-MP-FN, de fecha 26 de marzo del 2008. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Titular Decano del Distrito Judicial de Tacna, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 230638-5 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 999-2008-MP-FN MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008 VISTO Y CONSIDERANDO: El escrito de fecha 15 de MORDAZA del 2008, cursado por el doctor Hesbert MORDAZA Chorres, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, designado en el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno, en la que comunica su renuncia al cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el doctor Hesbert MORDAZA Chorres, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, designado en el Despacho de la Fiscalia Suprema de Control Interno, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 603-2008-MP-FN, de fecha 14 de MORDAZA del 2008. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Supremo Titular de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Fiscal Superior Titular Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ECHAIZ MORDAZA Fiscal de la Nacion 230638-6

UNIVERSIDADES

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de carnes universitarios 2008 para los estudiantes de la Universidad Nacional del Callao
RESOLUCION RECTORAL Nº 778-08-R Callao, 18 de MORDAZA de 2008 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO:

Visto el Oficio Nº 684-2008-OASA (Expediente Nº 127963) recibido el 07 de MORDAZA de 2008, por cuyo intermedio el Jefe de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita la aprobacion de la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 07-2008-UNAC "Adquisicion de Carnes Universitarios 2008 para los Estudiantes de la UNAC". CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 044-2008-R de fecha 25 de enero de 2008 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2008, de conformidad con lo que dispone el Art. 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; habiendose considerado en el mismo la Adjudicacion Directa Selectiva para la "Adquisicion de Carnes Universitarios 2008 para los Estudiantes de la UNAC", por un valor referencial total de hasta S/. 131,250.00 (Ciento treinta y un mil doscientos cincuenta nuevos soles); Que, el Art. 13º, numeral 13.1, Inc. b) de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley N° 29142, senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de Bienes y de Suministros, indicando Adjudicacion Directa si el monto referencial es inferior a ciento treinta y cuatro (134) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); es decir, S/. 469,000.00 (cuatrocientos sesenta y nueve mil nuevos soles); asimismo, el Art. 77º Inc. 3) del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adjudicaciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 084-2004-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 063-2006-EF, senala que la Adjudicacion Directa Selectiva se convoca cuando el monto de la contratacion es menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa por las normas presupuestarias, como es el presente caso; Que, el Inc. e), Art. 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM; asimismo, el Art. 144° del citado Reglamento, precisa que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; como es el presente caso; Que, el Art. 20° del Texto Unico Ordenado y los Arts. 146° y 147° del Reglamento de la Ley citada, indican que en el caso de exoneracion de MORDAZA de seleccion, se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y el informe que las sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular

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