Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DESCRIPCION DE LA INFRACCION SANCION CARTA SANCION NO PECUNIARIA (% UIT) o lo PREVENTIVA u OTRA indicado SI 5%

376759

CODIGO 4.60

MORDAZA LEGAL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596

Por no inscribir al can en el Registro Municipal

4.61

Por no renovar el Carne de Registro Municipal de Canes SI 2%

- D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596

4.62

Por no cumplir con registrar un can potencialmente peligroso en el Registro Municipal SI Por no presentar anualmente al Registro Municipal el respectivo Certificado de Sanidad Animal. (vacunaciones) SI Transportar animales sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley de canes (Ley 27596) (sin bozal, MORDAZA, o cadena de ahorque que permita ejercer control del can, segun el peso, tamano y las condiciones fisicas del conductor.) Se sanciona al transportista y al propietario poseedor. Abandonar canes potencialmente peligrosos 5% 10%

- D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL

4.63

- Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL

4.64

10%

- Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL Clausura Definitiva - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596 - D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL - Ley 27596

4.65

10%

4.66

Participar, organizar, promover o difundir peleas de canes. Adiestrar, preparar y/o entrenar canes con fines de acrecentar y/o reforzar su agresividad, y/o para participar en peleas Abrir y o conducir centros de adiestramiento o criaderos, sin cumplir con los requisitos establecidos en la ley de canes y la MORDAZA Municipal. Permitir el ingreso de canes considerados potencialmente peligrosos a locales de espectaculos publicos deportivos, culturales o cualquier otro donde MORDAZA asistencia masiva de personas. Excluir los que aplica la Normatividad Municipal. No recoger las excretas que el can deposite en el area publica.

10%

4.67

10%

4.68

30%

4.69

20%

4.70

10% 4.71 Permitir que el can miccione en la via publica. 10% Clausura Temporal (3 dias, solo para establecimientos comerciales) Clausura Definitiva (Reincidencia) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad )

- D.S. 005-2002 - Ordenanza 062-MDL

4.72

Producir ruidos molestos, nocivos o vibraciones de cualquier origen que excedan los limites permisibles para ruido.

20%

- D.S. 085-2003-PCM - Ordenanza 194-MDL

4.73

Utilizar disolventes u otro material toxico nocivo para la salud

60%

Ley 27972

4.74

Por emanacion de gases toxicos provenientes de MORDAZA fijas

60%

Ley 27972

4.75

Por negarse a la medicion o control de emanaciones toxicas provenientes de MORDAZA fijas.

50%

Ley 27972

4.76

Por utilizar insumos de saneamiento ambiental no autorizado

30%

Ley 27972

4.78

Expeler gases contaminantes, olores ofensivos y/o humos que causen molestias o perturben la salud de las personas

60%

Ley 27972

4.79

Por utilizar gases toxicos y/o nocivos para la salud, como gases de ambientacion al interior de salones de baile, discotecas o similares. Por emanacion de gases toxicos provenientes de MORDAZA moviles Por negarse a la medicion o control de emanaciones toxicas provenientes de MORDAZA moviles. Por almacenar en la vivienda o establecimiento residuos solidos y que estos produzcan olores ofensivos o que alteren la salud de las personas. Por contaminar el ambiente con material particulado. Por la venta de restos de alimentos e insumos, producto de la comercializacion de aves, pescado y otros. SI

60% 15% 15% 15% 20% 20%

Ley 27972 Ley 27972 Ley 27972

4.80 4.81 4.82

Clausura Temporal Clausura Definitiva (reincidencia o continuidad ) Decomiso y Clausura Temporal Clausura Definitva (Reincidencia)

Ley 27972 D.S. 022-2001-SA - Ley 27972 - Ordenanza 295-MML

4.83 4.84

NORMAS DE ACCESIBILIDAD Y ATENCION PREFERENTE A MUJERES EMBARAZADAS, NINOS, ADULTOS MAYORES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD 5.01 5.02 Por obstaculizar, limitar o dificultar el libre acceso a una edificacion donde se presta servicio de atencion al publico (publica o privada) a las personas con discapacidad, o no cumplir con las condiciones del nivel basico de adecuacion. Al Propietario o conductor del local Por no implementar un mecanismo de MORDAZA de quejas contra funcionarios publicos, servidores o empleados, que incumplan su obligacion de otorgar atencion preferente. SI 5% Ley 28683 SI 10% Ley 28683

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