Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2008 (24/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
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Capitulo V

El Peruano MORDAZA, jueves 24 de MORDAZA de 2008

tener acceso a la MORDAZA de MORDAZA de manera imperecedera. Articulo Noveno.- Las Llaves de la MORDAZA seran otorgadas por el Concejo Municipal, a propuesta de alguna institucion con personeria juridica, del MORDAZA o de algun Regidor con expresion completa del merito. Solo se concedera al ciudadano o vecino de otra MORDAZA nacional o extranjera, con la que deseen estrecharse lazos de amistad y confraternidad, que redunde en beneficio y provecho de la ciudad. De manera excepcional podra ser otorgada por el MORDAZA, previa exposicion de motivos y con cargo de dar cuenta al Concejo Municipal. Articulo Decimo.- De las caracteristicas de La Llave de la Ciudad. La Llave de la MORDAZA tendran las siguientes caracteristicas: a) Material de bronce, de forma antigua con 20 cm. de largo. b) La llave tiene un cuerpo cilindrico, una oreja en forma ovalada con la impresion del escudo de la MORDAZA y en la parte inferior del cuerpo lleva las iniciales MDP, que corresponde a la Municipalidad de Pachacamac. c) Las Llaves de la MORDAZA seran colocadas sobre un Diploma, con las siguientes dimensiones: 60 cm. de alto por 40 cm. de ancho; el papel del Diploma sera de 120 gr. MORDAZA pergamino y llevara sublimado el santuario de Pachacamac; en la parte superior izquierda llevara el escudo oficial de la ciudad; el mismo que estara firmado por el MORDAZA, el Secretario General de la Municipalidad y el Presidente del Comite Honorifico. Articulo Undecimo.- De la Insignia Municipal por Labor Destacada. Es una distincion que se otorga a una persona natural o juridica, en merito a sus aportes, acciones y propuestas destacadas en beneficio de la comunidad pachacamina. Esta distincion esta constituida por un Diploma y una Insignia. Articulo Decimo Segundo.- La Insignia Municipal al Merito por Labor Destacada; sera otorgada por el Concejo Municipal, a propuesta de alguna institucion con personeria juridica, del MORDAZA o de algun Regidor con expresion completa del merito. Solo se concedera a la persona juridica, ciudadano, funcionario, o servidor publico, que MORDAZA efectuado una actividad en beneficio y provecho de la ciudadania. Articulo Decimo Tercero.- La Insignia Municipal por Labor Destacada tendran las siguientes caracteristicas: a) Material de bronce con medidas de 2.00 cm. b) Tendra la forma interior del escudo de la ciudad: que simboliza la naturaleza y el nombre de la MORDAZA, el mar que es parte del MORDAZA Pachacamino, el MORDAZA sagrado que representa la morfologia MORDAZA de Pachacamac. Capitulo IV Del Comite Especial Articulo Decimo Cuarto.- De la conformacion del Comision Especial: La propuesta de condecoracion o distincion, para ser evaluada, debera ser presentada ante el Comite Especial, el mismo que emitira su opinion y lo elevara al Concejo de MORDAZA, quien podra aprobar el otorgamiento por unanimidad o mayoria. Excepcionalmente y cuando las circunstancias asi lo ameriten la condecoracion o distincion sera concedida por Acuerdo de Concejo, sin la opinion del Comision Especial. La desaprobacion de la propuesta sera sin expresion de causa, guardandose reserva de este hecho. El expediente promovido quedara archivado pudiendose renovar la proposicion despues de un (1) ano. La Comision Especial estara compuesto por tres (3) miembros, propuestos por el MORDAZA y aprobados por Acuerdo de Concejo.

De la oportunidad para el otorgamiento de las Condecoraciones y Distinciones

Articulo Decimo Quinto.- La Medalla Civica Municipal, las Llaves de la MORDAZA y la Insignia Municipal por Labor Destacada; se otorgaran en Sesion Solemne, en ceremonia de MORDAZA Patrias, en el aniversario del distrito o en aquellas otras ocasiones en que especialmente acuerde el Concejo. La Medalla al Valor por Accion distinguida, se otorgaran en ceremonia especial, y en aquellas otras ocasiones en que especialmente acuerde el Concejo. Capitulo VI De la distincion para el otorgamiento de las Condecoraciones

Articulo Decimo Sexto.- De las personas a ser distinguidas. Para el caso de la Medalla Civica Municipal, se discernira de modo especial: a) A las personas naturales o juridicas que hayan colaborado en el progreso material y cultural de la MORDAZA en forma destacada, acreditando desinteres y servicio a la colectividad; b) A la institucion religiosa o civil que MORDAZA realizado obra de gran alcance espiritual o filantropico; c) A la entidad, asociacion u organizacion que durante el ejercicio del ano MORDAZA construido una edificacion cuyo destino o arquitectura signifiquen un esfuerzo en provecho del urbanismo de la ciudad; d) A las empresas y entidades de difusion cultural y artistica que hayan cumplido una actuacion efectiva en servicio del ideal de civismo, estimulo de los deberes ciudadanos y ensanchamiento de los principios de adelanto y progreso; e) A las personas que durante el ano y en la MORDAZA hayan ejecutado actos de excepcional filantropia en beneficio del vecindario; f) A las personas que en su actividad profesional o individual hayan procedido en forma tal que dimane prestigio local o nacional, distinguiendose por haber procurado y logrado servir a la colectividad en forma espiritual o material. Para el caso de la Medalla al Valor por Accion Distinguida: g) Al personal de las areas operativas de la Municipalidad de MORDAZA que hayan participado en acciones de intervencion y reaccion rapida en situaciones de vigilancia en Seguridad Ciudadana, en acciones de cumplimiento de sus funciones, y en la que MORDAZA demostrado diligencia y valor mas alla de sus responsabilidades en beneficio de los intereses Institucionales y vecinales, arriesgando su integridad fisica para el cumplimiento de su mision. h) Al personal de las areas operativas que durante operaciones de fiscalizacion y ejecucion de Resoluciones emitidas por los diferentes areas de la Municipalidad, sufran como consecuencia de su participacion, danos a su integridad fisica, siempre y cuando hayan actuado dentro del MORDAZA de la Constitucion y la ley, y dentro de un plan operativo autorizado por la Municipalidad. i) Excepcionalmente a la persona natural, que en una intervencion espontanea, participa en defensa de la integridad personal de un ciudadano en el area Distritral de Pachacamac; o que interviene para disuadir un actividad delincuencial en defensa de los intereses Institucional de la Municipalidad o del distrito. Para el caso de las Llaves de la MORDAZA, se discernira de modo especial: a) A las personas naturales, nacionales o extranjeras, que no residan en la MORDAZA y que destaquen por su carino y simpatia por la MORDAZA de Pachacamac. b) A las personas naturales, nacionales o extranjeras,

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