Norma Legal Oficial del día 30 de Julio del año 2008 (30/07/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

377136

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

El Peruano MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2008

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Admiten a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion
RESOLUCION Nº 271-2008-CONAFU MORDAZA, 21 de MORDAZA del 2008 VISTOS: La Carta S/N recibida en fecha 14 de MORDAZA del 2008, el Oficio Nº 392-2008-CONAFU-CDAA de fecha 03 de Junio del 2008, el Oficio N° 1077-2008-CONAFU-P de fecha 10 de Junio del 2008, la Carta S/N recibida en fecha 16 de Junio del 2008, el Informe Legal Nº 188-2008CONAFU-CJ de fecha 19 de junio del 2008, la Resolucion N° 215-2008-CONAFU de fecha 30 de junio del 2008, la Carta S/N recibida en fecha 01 de MORDAZA del 2008, el Informe Legal Nº 204-2008-CONAFU-CJ de fecha 10 de MORDAZA del 2008, la MORDAZA de la entrevista de los Promotores y Comision Organizadora de fecha 10 de MORDAZA del 2008, y el Acuerdo Nº 278-2008-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo los dias 21 y 22 de MORDAZA del 2008; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones: Evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando el funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con el Articulo 3° inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006. Que, es atribucion del Pleno del CONAFU "Aprobar o denegar los Proyectos de Desarrollo Institucional de las nuevas Universidades", de conformidad con el articulo 10º inciso c) del Estatuto del CONAFU"; Que, con Carta S/N recibida en fecha 14 de MORDAZA del 2008, MORDAZA MORDAZA Miyashima MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora Educativa de Negocios y Tecnologias de Informacion S.A.C.; solicita la autorizacion de funcionamiento del Proyecto de la Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion ­UNET, adjuntando la documentacion correspondiente para su evaluacion; Que, el Proyecto de Desarrollo Institucional, consolida los resultados del estudio de los aspectos tecnicos, economicos, financieros, administrativos e institucionales con el fin de instalar, poner en marcha y desarrollar una Universidad o Escuela de Postgrado Particular no perteneciente a Universidades, con previsiones economicas para sus diez primeros anos de funcionamiento; de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8° del Reglamento para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades y Escuelas de Postgrado no pertenecientes a Universidades bajo competencia del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 196-2004-CONAFU de fecha 7 de Octubre de 2004 (En Adelante el Reglamento). Que, en el Articulo 14º del Reglamento, se establecen los requisitos que comprende el Proyecto de Desarrollo Institucional; y en el articulo 21º del Reglamento MORDAZA referido, se establece que: "El procedimiento se inicia

con la MORDAZA de la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU), previo pago de la tasa administrativa para la evaluacion de admision a tramite de la solicitud... Si el expediente se encuentra conforme o se han subsanado las observaciones dentro del plazo otorgado, el funcionario responsable de Mesa de Partes, ingresara oficialmente el expediente y lo remitira a la Secretaria General para que remita la parte a) a la Consejeria de Evaluacion y Asuntos Academicos y la parte b) a la Comision Juridica, quienes dispondran de cinco dias calendario para evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a las normas del CONAFU. Si los informes son favorables, se iniciara el procedimiento corriendo los plazos y terminos establecidos en el presente reglamento; si el informe fuera desfavorable se otorgara a la promotora el plazo de cinco dias habiles para que subsane las deficiencias de admisibilidad encontradas, en su defecto se expedira la resolucion que declara su inadmisibilidad"; Que, con Oficio Nº 392-2008-CONAFU-CDAA de fecha 03 de Junio del 2008, el Consejero de Asuntos Academicos, informa que la Promotora del Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion ha presentado la parte A de su Proyecto de manera conforme; Que, por el Oficio N° 1077-2008-CONAFU-P de fecha 10 de Junio del 2008, se remiten las observaciones formuladas a la Parte "B" del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion; a fin de que el proyecto Universitario cumpla con subsanar las observaciones encontradas; Que, por Carta S/N recibida en fecha 16 de Junio del 2008, la senora MORDAZA Miyashima MORDAZA, en calidad de Gerente General del Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion, presenta el Levantamiento de observaciones formuladas a su Proyecto de Desarrollo Institucional; Que, con Informe Legal Nº 188-2008-CONAFU-CJ de fecha 19 de junio del 2008, la Comision Juridica senala al Pleno, que aun con la MORDAZA de la relacion de los miembros directivos de la "ENTIDAD PROMOTORA", la misma no ha cumplido con levantar las observaciones a la Parte "B"; En tal sentido, opina, que mediante resolucion se declare Inadmisible la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada por el Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion, otorgandole un plazo de cinco dias habiles; Que, por Resolucion N° 215-2008-CONAFU de fecha 30 de junio del 2008, se resuelve declarar inadmisible la solicitud del Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion, presentada por la senora MORDAZA MORDAZA Miyashima MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora Educativa de Negocios y Tecnologia de la Informacion S.A.C.; concediendosele el plazo de 5 dias habiles para subsanar la omision advertida, bajo apercibimiento de expedirse resolucion de tenerse por no presentada la solicitud de Autorizacion de Funcionamiento Provisional y archivarse el expediente en forma definitiva, en caso de incumplimiento; Que, por Carta S/N recibida en fecha 01 de MORDAZA del 2008, la senora MORDAZA Miyashima MORDAZA, en calidad de Gerente General de la Promotora Educativa de Negocios y Tecnologia de Informacion S.A.C., hace llegar el Levantamiento de Observaciones contenidas en la Resolucion N° 215-2008-CONAFU; Que, con Informe Legal Nº 204-2008-CONAFU-CJ de fecha 10 de MORDAZA del 2008, la Comision Juridica informa al Pleno del CONAFU, que el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Negocios y Tecnologias de la Informacion, ha cumplido en forma debida con subsanar todas las observaciones advertidas a los requisitos de admisibilidad correspondiente a la Parte B del PDI, presentado por lo que opina se admite a tramite la solicitud de autorizacion de funcionamiento presentada; Que, en el articulo 22º del Reglamento, se establece que: "Con los dictamenes favorables, la Secretaria General solicitara a la Promotora el pago de la tasa administrativa para la evaluacion del Proyecto, programando una entrevista de los promotores y miembros de la Comision Organizadora propuesta con una comision de Consejeros del Pleno, con la finalidad de conocer sobre su hoja de MORDAZA

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.