Norma Legal Oficial del día 31 de Julio del año 2008 (31/07/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 31 de MORDAZA de 2008

205° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula que el plazo de los arrendamientos de bienes inmuebles, puede ser hasta por un MORDAZA de 3 anos renovables por igual o menor plazo en forma sucesiva; ii) El costo del servicio asciende a la suma de S/. 126,919.35, a un costo mensual por estacionamiento de S/. 500.00, sin embargo, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM319-03 que contiene las normas para la asignacion y uso de cocheras de los trabajadores de la Superintendencia, el pago del monto mensual de cada trabajador usuario del servicio de cochera sera de S/. 140.00, por lo que, el costo real que sera asumido por la Superintendencia sera solo de S/. 360.00 por estacionamiento, lo cual representa un monto total de S/. 91,381.94; y iii) El servicio requerido se encuentra contemplado en el PAAC 2008, procediendo la convocatoria de una Adjudicacion Directa Publica en razon de su cuantia; sin embargo y dado a que las caracteristicas de los estacionamientos a arrendar hacen que estos MORDAZA unicos en el MORDAZA, toda vez que cuentan con la disponibilidad de ocupacion y reunen caracteristicas necesarias requeridas por la Superintendencia; los arrendadores de los mismos se constituyen en proveedores unicos y los servicios de arrendamiento ofrecidos, como unicos y que no admiten sustitutos en el MORDAZA, siendo ademas que no existe oferta inmobiliaria inmediata acorde a las necesidades de la Superintendencia; por lo que resulta de aplicacion, lo dispuesto por el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que precisa que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, la exoneracion esta referida a:
SERVICIO PROVEEDOR MONTO (S/.) 126,919.35 MORDAZA DE MORDAZA Adjudicacion Directa Publica

Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE:

INVERSIONES Arrendamiento de Estacionamientos en el Centro CENTENARIO Comercial MORDAZA Real S.A.A.

Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion de la empresa INVERSIONES CENTENARIO S.A.A. a fin que preste el servicio de arrendamiento de 43 estacionamientos ubicados en el Centro Comercial MORDAZA Real, por constituirse en un servicio que no admite sustitutos en el MORDAZA local y por ende la arrendadora en proveedor unico, conforme lo establece el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y cuyo valor referencial asciende a la suma de S/. 126,919.35 (Ciento Veintiseis Mil Novecientos Diecinueve y 35/100 Nuevos Soles), incluido todo concepto, gasto y tributo; por el periodo del 1 de agosto de 2008 al 28 de enero de 2009. Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones directas con cargo a los recursos propios de la Institucion. Articulo Tercero.- Disponer que la Superintendencia Adjunta de Administracion General remita MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico y Legal que sustenta esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme a lo dispuesto por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y que publique la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision, asi como en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 232117-1

Que, de acuerdo a lo expresado en los informes elaborados por el Departamento de Logistica y la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, el literal e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 084-2004-PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico y que asimismo que se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; por lo cual procede la exoneracion del MORDAZA de seleccion que corresponde a la contratacion que se requiere; Que, segun lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica, el articulo 20º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado preve que las adquisiciones o contrataciones derivadas de una exoneracion se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante una Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, en el presente caso del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, previo Informe Tecnico Legal que sustente la exoneracion; dicha Resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision y en el SEACE; asimismo, una MORDAZA de la mencionada Resolucion y de los informes que la sustentan deberan ser remitidos a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado bajo responsabilidad, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion;

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban bases para la Convocatoria a Licitacion de Suministro de Energia Electrica para la Empresa Concesionaria de Distribucion Electro Sur Medio S.A.A.
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 571-2008-OS/CD MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2008 CONSIDERANDO: Que, en la Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley Nº 28832, Ley para Asegurar el

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