Norma Legal Oficial del día 03 de Junio del año 2008 (03/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 3 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Articulo 16º.- Contenido del Acta Electoral En el Acta Electoral se consignara el nombre de la eleccion, el lugar, la fecha y la hora de inicio y termino de las elecciones, y contendra cuando menos la siguiente informacion.

a) Acta de Instalacion en la cual se indicara; la hora de la instalacion del Comite Electoral; el numero de representantes de las organizaciones de la sociedad civil a elegir como miembros del Concejo de Coordinacion Local; la lista de delegados-electores asistentes en primera y en MORDAZA citacion, de ser el caso; los nombres de los delegadoselectores que forman la(s) lista(s) de candidatos. b) Acta de sufragio en la cual se indicara; el numero de delegados-electorales que sufragaron en cada votacion, de ser este el caso; la hora de termino de la votacion. c) Acta de escrutinio en la cual se indicara: el numero de los votos alcanzado por cada uno de los candidatos; la cantidad de votos nulos y en MORDAZA de ser este el caso. d) El nombre de los candidatos que fueron elegidos como representantes de las organizaciones de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local. e) Las observaciones, impugnaciones u otra incidencia que se hubiese producido en el acto electoral.

Articulo 22º.- Participacion de las organizaciones de nivel distrital en las elecciones Las organizaciones de nivel distrital con inscripcion vigente en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad pueden participar a traves de sus delegados en el MORDAZA electoral, en representacion de los segmentos senalados en el articulo 5º de la presente ordenanza y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el articulo 6º y de acuerdo al cronograma senalado en el anexo 1. CAPITULO IV: DEL MORDAZA ELECTORAL Articulo 23º.- Candidatos En las elecciones a que se refiere la presente Ordenanza son candidatos elegibles los Delegados debidamente inscritos y registrados en el libro de registros aperturado para tal fin en la Division de Participacion Vecinal y que hayan quedado expeditos para ello. Articulo 24º.- Caracteristica del MORDAZA El MORDAZA es directo, universal, secreto y obligatorio. Los delegados-electores que no concurran a la votacion imposibilitan la participacion de la organizacion social que representan en la eleccion a realizarse. Los nombres de los Delegados-Electores asistentes en el Padron Electoral y los nombres de los candidatos se consignaran expresamente en el Acta Electoral del escrutinio. Articulo 25º.- Lista de candidatos La lista de la totalidad de los candidatos sera publicada por el Comite Electoral segun el cronograma que forma parte de la presente ordenanza y colocada en un lugar visible de recinto donde se realicen las elecciones y en la camara secreta. Articulo 26º.- El Material Electoral El material electoral esta conformado por el Padron Electoral, el Cartel de Candidatos, las Cedulas de votacion, una cabina secreta, un anfora, tampon, lapiceros, etiquetas y el Acta Electoral. Cada celula contara con recuadros en un numero igual a la cantidad de representantes de las organizaciones de la sociedad civil a elegir ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital. El Comite Electoral le asignara un numero a cada candidato que sera sorteado en sesion del Comite Electoral convocado oportunamente y previo a la fecha del acto electoral. Articulo 27º.- Instalacion del Comite Electoral El Comite Electoral se reunira a las 9:00a.m en el lugar de votacion en la fecha para la cual fueron convocadas las elecciones. Se instalara a las 9:30 a.m. y verificara que el material electoral este conforme. El acto electoral se inicia con la instalacion del comite electoral con la presencia de la totalidad de sus miembros. Articulo 28º.- Difusion de la Lista de Candidatos. El Comite Electoral procedera a verificar la relacion de los delegados-electores presentes, y senalara el numero total de representantes a ser electos. Luego, procedera a pegar los carteles de candidatos en el local de votacion y en la camara. Articulo 29º.- De las Elecciones Las Elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Concejo de Coordinacion Local Distrital, a fin de garantizar una mejor representacion, efectuara por grupos de segmentos sociales, segun la clasificacion establecida en el articulo 5º del presente reglamento. Articulo 30º.- Votacion El Comite Electoral leera el listado de candidatos y su correspondiente numero de tal manera que los delegadoselectores puedan elegir correctamente. Acto seguido, procedera a llamar uno a uno a los delegados-electores, luego de identificarse ante el Comite Electoral con su documento de identidad, pasara a la camara secreta a emitir su MORDAZA, escribiendo en la cedula el numero que corresponde al candidato o los candidatos de su preferencia, depositara su MORDAZA en el anfora, suscribira el Padron Electoral e imprimira su huella digital. Articulo 31º.- De los Resultados del MORDAZA Finalizado el escrutinio publico de los votos validos los cinco (5) candidatos que obtenga numero de votos

El Comite Electoral MORDAZA constar en esta Acta Electoral, el acta de instalacion, la de sufragio, las etapas, Observaciones, de ser el caso u otros actos o hechos que se hubiesen producido durante las elecciones. CAPITULO II: DE LA CONVOCATORIA Articulo 17º.- Convocatoria El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia convoca a eleccion de representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo de Coordinacion Local. En la convocatoria se establecera el lugar, la fecha y la hora de realizacion de las elecciones. En ningun caso, el lugar de las elecciones puede llevarse a cabo fuera del distrito. La convocatoria sera publicada en carteles en lugares visibles de la Municipalidad, las zonas estrategicas del distrito y la web institucional. Ademas se notificara a las organizaciones de la sociedad civil en el domicilio que figura en el Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil de la Municipalidad. CAPITULO III: DEL PADRON ELECTORAL Articulo 18º.- De la publicacion de Organizaciones inscritas El Padron Electoral estara constituido por la relacion de todas las organizaciones inscritas y habilitadas; y sera publicada por el Comite Electoral dentro de las fechas establecidas, senalando como minimo el Nombre de la Organizacion, tiempo de creacion, vigencia del reconocimiento, nombre del Delegado Elector que la representa y la MORDAZA a la que pertenece, para conocimiento de todos los interesados. Esta publicacion se realizara en el frontis de la Municipalidad, las zonas estrategicas del distrito y la web institucional. Articulo 19º.- De la impugnacion a la inscripcion Una vez publicada la relacion de organizaciones de la Sociedad Civil inscritas, el Comite Electoral recepcionara las tachas o impugnaciones que se presenten, las cuales se publicaran en el frontis de la Municipalidad dentro de las 24 horas de producida la misma para que dichas organizaciones tengan conocimiento. Articulo 20º.- De la Subsanacion Las organizaciones afectadas podran subsanar las tachas presentadas en su contra, en un plazo no mayor de dos (02) dias habiles despues de la publicacion respectiva que el Comite Electoral realizo; vencido el plazo, el Comite Electoral determinara la validez o invalidez de la impugnacion. Articulo 21º.- De la Publicacion de las Organizaciones habiles El Padron Electoral definitivo estara conformado por el conjunto de Delegados Electores habiles de las organizaciones inscritas para el MORDAZA electoral; el mismo que sera publicado y difundido en el frontis de la Municipalidad, las zonas estrategicas del distrito y la web institucional.

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