Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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MUNICIPALIDAD DE BRENA

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumo para el Programa del Vaso de Leche del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 168- 2008/MDB Brena, 22 de MORDAZA del 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 22 de MORDAZA del 2008, Informe Nº 087-2008-PVL/MDB, Informe Nº 117-2008-PVL/MDB, e Informe Nº 119-2008PVL/MDB, Informe Nº 166-2008-SGLOG-GAF/MDB e Informe Nº 167-2008-SGLOG-GAF/MDB, Informe Nº 137-2008-GPP/MDB, Informe Nº 028-2008-GAF/MDB, Informe Nº 491-2008-GAJ/MDB, Informe Nº 018-2008GM/MDB referido a DESABASTECIMIENTO INMINENTE DE LECHE FRESCA UHT PARA EL PROGRAMA DEL VASO DE LECHE. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, conforme a la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 establece que las Municipalidades Provinciales, Distritales y las delegadas conforme a Ley, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponde al Concejo las funciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldia las funciones ejecutivas; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 477-2007MDB de fecha 14 de diciembre de 2007, se aprobo el Presupuesto Institucional de la Municipalidad de Brena para el ano fiscal 2008, modificado por Acuerdo de Concejo Nº 104-2008/MDB de fecha 14 de MORDAZA del 2008. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 023-2008DA/MDB de fecha 11 de enero del 2008 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Brena para el ejercicio fiscal 2008 modificada por Resolucion de Gerencia Municipal Nº 043-2008-GM/MDB, de fecha 8 de febrero del 2008, Resolucion de Gerencia Municipal Nº 066-2008-GM/ MDB de fecha 14 de febrero del 2008, y Resolucion de Gerencia Municipal Nº 069-2008-GM/MDB de fecha 15 de febrero del 2008. Que mediante Informe Nº 119-2008-PVL/MDB del Programa del Vaso de Leche comunica a la Gerencia de Administracion y Finanzas que habiendose declarado desierto el Item N° II: Leche Evaporada Pasteurizada (UHT), motivo por el cual es de suma importancia declarar en Desabastecimiento Inminente con la finalidad de evitar que se vean afectados los 3,088 Beneficiarios del Programa del Vaso de Leche del distrito de Brena. Que mediante Informe Nº 028-2008-GAF/MDB de la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que se ha tomado conocimiento que encontrandonos proximos a quedar desabastecido del siguiente producto: Leche Fresca UHT, para el normal desempeno del Programa del Vaso de Leche motivo, con la finalidad de garantizar el abastecimiento de este producto por el periodo de Setenta y Un (71) dias en tanto se suscriba contrato del MORDAZA definitivo. Asimismo el Programa del Vaso de Leche informa que el no abastecimiento de dicho producto afectaria directamente a los vecinos beneficiarios del distrito de Brena, pudiendo ocasionar un malestar de caracter social. Estando el Informe del Programa del Vaso de Leche donde manifiesta las cantidades a adquirir y estando el Informe procedente de la Sub Gerencia de Logistica donde manifiesta el precio y el costo total del monto a contratar seria el siguiente:
PRODUCTO Leche Entera UHT X Bolsa de 946 mn CANTIDAD MONTO POR PRECIO UNITARIO 21,217.00 S/. 1.95 COSTO TOTAL S/. 41,373.15

Ascendiendo el valor referencial de S/.41,373.15 (Cuarenta y Un Mil Trescientos Setenta y Tres y 15/100 Nuevos Soles) Incluido el IGV. Que mediante Informe Nº 491-2008-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica senala que " el inciso "c" del Articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 0832004-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realicen en Situacion de Desabastecimiento Inminente declarada de conformidad con las normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Que, el Articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Desabastecimiento Inminente se considera aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Que el articulo 148° del Reglamento de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para tal efecto. Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19° debera ser aprobada mediante Acuerdo del Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales. Que, las acciones que se encuentran descritas en los referidos documentos de Vistos, originan una Situacion de Desabastecimiento Inminente conforme con lo establecido en el articulo 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141° de su Reglamento por lo que resulta necesario declararla como tal con la finalidad de asegurar la continuidad del Suministro, por un plazo de 71 dias calendario o hasta la culminacion del MORDAZA de seleccion correspondiente". De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19° y los articulos 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972 con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la adquisicion de Leche Fresca UHT para el Programa del Vaso de Leche del distrito de Brena, hasta un plazo MORDAZA de 71 dias calendario. Articulo Segundo.- Precisar que el plazo establecido en el articulo precedente culminara automaticamente si, MORDAZA de vencido el mismo, se suscriben los contratos correspondientes, como consecuencia de la culminacion del MORDAZA de seleccion respectivo. Articulo Tercero.- Designar a la Gerencia Municipal, al Programa del Vaso de Leche, Sub Gerencia de Logistica como organos responsables de llevar a cabo el

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