Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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la Institucion Educativa Nº 86402- Lanchan" por un valor referencial de S/. 1 018 780.00 (Un Millon Dieciocho Mil Setecientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles; Incluidos los impuestos de Ley, que sera abonado con Recursos Determinados de la fuente de financiamiento de Canon Ley. Articulo Segundo: Disponer la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision y tambien que se publique en el SEACE; asimismo, que se remita una MORDAZA de la misma y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes; para dar cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el articulo 147° de su Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Articulo Tercero: La Ejecucion del Presente acuerdo tendra a su cargo el Comite Especial de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar y debera sujetarse a lo que dispone el articulo 148° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA Z. MORDAZA COLCAS MORDAZA 209124-9

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de obra de asfaltado del MORDAZA de Ingreso al Centro Poblado de El Guayabo
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 -2008-MDDEC El MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2008 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL MORDAZA VISTO: El Informe Tecnico Nº 002-2008-MDDEC/JDIDU del Jefe de la Division de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA, asi como el Informe Nº 003-2008-MDDEC/AEL del Asesor Externo Legal de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, para la contratacion de obra mediante exoneracion de MORDAZA de seleccion; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las Municipalidades son organo de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, concordado con el articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establecen que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando en situacion de emergencia o desabastecimiento inminente declaradas de conformidad con la presente Ley;

pudiendo la Entidad realizar directamente la adquisicion o contratacion de un bien o servicio u obra mediante acciones inmediatas; senalandose para tal efecto que existe desabastecimiento eminente. Que, el articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la Resolucion o Acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion propuesta. Que, mediante Informe Tecnico Nº 002-2008-MDDEC/ JDIDU, del Jefe de la Division de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA justifica la necesidad urgente de la ejecucion de la obra de "Asfaltado del MORDAZA de Ingreso al CC.PP. El Guayabo" tomando en cuenta la demanda urgente de la poblacion de El Guayabo de la reconstruccion de sus viviendas ante el otorgamiento por parte del Gobierno Central del MORDAZA de 6 mil nuevos soles y tambien el apoyo con el subsidio de Techo Propio y/o de financiamiento del Banco de materiales de acuerdo a las posibilidades del damnificado, lo que generara la construccion de nuevas viviendas y por consiguiente el MORDAZA desplazamiento de vehiculos mayores para el transporte de la gran cantidad de materiales de construccion que se llevara para ese lugar. Implicando en este sentido la necesidad inmediata del mejoramiento del MORDAZA de acceso que permita facilitar el ingreso de los vehiculos mayores y tambien permita disminuir los costos de transportes de los materiales, a fin de lograr el abastecimiento oportuno de los materiales de construccion para la reconstruccion urgente de las viviendas del centro poblado de El Guayabo Que, asimismo mediante Informe Legal Nº -2008MDDEC/ALE, la Asesoria Legal Externa ha cumplido con emitir su opinion favorable de acuerdo a lo establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, opinando por la procedencia del presente acuerdo. Que, en consecuencia, al producirse una situacion enmarcada en los terminos del inciso c) del articulo 19 del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda la contratacion para la ejecucion de la obra de Asfaltado del MORDAZA de Ingreso al Centro Poblado El Guayabo, por tratarse de una causal de situacion de desabastecimiento inminente y de urgencia, autorizando su contratacion mediante acciones inmediatas por un valor referencial de S/. 296,750.59 (Doscientos Noventa y Seis Mil Setecientos Cincuenta y 59/100 Nuevos Soles) incluido IGV de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado y conforme a lo indicado en el Articulo 148º de su Reglamento. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por D.S.Nº 084-2004-PCM; SE ACUERDA: Articulo 1º.- EXONERAR el MORDAZA de Seleccion para la obra de Asfaltado del MORDAZA de Ingreso al Centro Poblado de El Guayabo por tratarse de una causal de situacion de desabastecimiento inminente y urgencia. Articulo 2º.- INCLUIR el presente MORDAZA, en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de esta Municipalidad para el ano 2008, expidiendose la resolucion pertinente. Articulo 3º.- ENCARGAR al Comite Especial Permanente de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal dentro del MORDAZA de la normatividad de TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, por un valor referencial de S/. 296,750.59 (Doscientos Noventa y Seis Mil Setecientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV y por un periodo de 30 dias calendario. Articulo 4º.- El presupuesto de la Obra corresponde a la fuente de financiamiento de Recursos Determinados que comprende el rubro de Canon y Sobrecanon. Articulo 5º.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial "El Peruano" y hacer de conocimiento a la

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