Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 128

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PROYECTO
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ANEXO Nº 3

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

- Reordenamiento de la Estructura Tarifaria: El reordenamiento de las estructuras tarifarias tiene por objetivo perfeccionar el sistema de subsidios cruzados focalizando el subsidio a aquellos usuarios de menor consumo a la vez de simplificar las estructuras en beneficio de la transparencia. Para ello se ha realizado las siguientes acciones: i) simplificar la estructura tarifaria reduciendo la dispersion y numero de tarifas diferentes, ii) reducir el primer rango de consumo de la categoria Domestica a efectos de focalizar el subsidio a los usuarios de menores recursos y iii) definir las categorias faltantes en las estructuras tarifarias. - Determinacion de la formula tarifaria y metas de gestion: La determinacion de los valores de los parametros de la formula tarifaria se realizara a traves de una metodologia que consiste en definir ingresos que generen flujos de MORDAZA que, descontados a la tasa de descuento citada anteriormente, permitan que el VAN sea igual a cero, o lo que es lo mismo, que la tasa de descuento iguale a la Tasa Interna de Retorno (TIR) de la empresa. La version completa de dicho Estudio se encuentra a disposicion del publico en general en la pagina web de la SUNASS (www.sunass.gob.pe). III. CONSIDERACIONES LEGALES.III.1 Facultades del Organismo Regulador De acuerdo con el literal b), inciso 3.1 del articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Publica en los Servicios Publicos, y los articulos 24º y 26º del Decreto Supremo Nº 017-2001-PCM, Reglamento General de la SUNASS, este Organismo Regulador es competente para establecer la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion correspondiente a las EPS publicas y privadas que prestan servicios de saneamiento. El articulo 30º de la Ley Nº 26338, Ley General de Servicios de Saneamiento establece que corresponde a la SUNASS establecer la normatividad, los procedimientos y las formulas para el calculo de las tarifas. El articulo 85º del Decreto Supremo Nº 023-2005VIVIENDA, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece la Superintendencia es el organismo encargado de conducir el Sistema Tarifario, regulando y controlando su aplicacion a las EPS municipales, publicas, privadas y mixtas. Asimismo, el articulo 96º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios de Saneamiento, establece que excepcionalmente, en caso las EPS no cumplan con presentar su Plan Maestro Optimizado dentro de los plazos establecidos para tal fin, la Superintendencia podra establecer la formula tarifaria, estructuras tarifaria y metas de gestion de oficio, de acuerdo con la directiva que para tal efecto apruebe. IV. IMPACTO ESPERADO.La aprobacion de la formula tarifaria, las estructuras tarifarias y las correspondientes metas de gestion aplicables a MORDAZA MORDAZA S.A. beneficia, por un lado, a la empresa prestadora publica, y por el otro, a la poblacion atendida. A la empresa prestadora publica debido a que su aplicacion debe coadyuvar a la sostenibilidad economica y la viabilidad financiera de la empresa en el tiempo. Por otra parte, la poblacion se beneficia al existir un compromiso de la empresa reflejado en las metas de gestion, cuyo cumplimiento debera traer como consecuencia una mejora en la calidad y continuidad de los servicios, siendo tambien un beneficio para la poblacion la viabilidad y sostenibilidad de la EPS. RELACION DE DOCUMENTOS QUE SUSTENTAN LA FORMULA TARIFARIA, ESTRUCTURA TARIFARIA Y METAS DE GESTION APLICABLES A LA EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA, MORDAZA MORDAZA S.A. 1. Estudio Tarifario elaborado por la Gerencia de Regulacion Tarifaria de la SUNASS.

Reglas para la Realizacion de la Audiencia Publica a cargo de SUNASS

1. La asistencia a la Audiencia Publica es libre, previa inscripcion en el local que se senale en el aviso de convocatoria o a traves de correo electronico audienciahuanuco@sunass.gob.pe De manera alternativa los interesados que no se hayan inscrito pueden ingresar al local el dia de la audiencia, hasta completar la capacidad del local. 2. Los interesados en intervenir durante la Audiencia Publica deberan inscribirse como MORDAZA, con 24 horas de anticipacion en el local que se senale en el aviso de convocatoria, consignando los siguientes datos: i. Nombres y Apellidos ii. Documento de identidad (entregar fotocopia simple) iii. Direccion iv. Telefono v. Organizacion. Solo podra inscribirse un representante por organizacion, acreditando su representacion con documento escrito.

3. La participacion oral de los interesados sera por estricto orden de inscripcion, y no podra exceder los cinco (5) minutos (se usara contador electronico visible para todos). Cabe precisar que cada participante solo puede participar en una (1) sola oportunidad y que esta participacion no es endosable, es decir que la misma no puede ser cedida. 4. El plazo de duracion de la Audiencia Publica estara definido en el aviso de convocatoria. 5. La audiencia publica tendra las siguientes estaciones: a. Apertura de la audiencia publica, a cargo del moderador. b. Breve descripcion del procedimiento de aprobacion de la formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, a cargo de un funcionario de SUNASS. c. MORDAZA del Estudio Tarifario con el proyecto de formula tarifaria, estructuras tarifarias y metas de gestion, de parte del funcionario de la SUNASS que esta institucion designe y que tendra una duracion MORDAZA de sesenta (60) minutos. d. Preguntas y comentarios formulados por los asistentes a la Audiencia Publica que indicaron su deseo de hacer uso de la palabra. La intervencion de los oradores debera estar referida exclusivamente a la propuesta presentada y solo podra intervenir un representante por organizacion; si fuera el caso. e. Breve comentario final a cargo de un funcionario de SUNASS; luego de lo cual el moderador MORDAZA por concluida la Audiencia Publica. f. El desarrollo de la Audiencia Publica sera grabado (en voz e imagen). g. El Moderador tiene la responsabilidad de conducir la Audiencia Publica, aplicando con buen criterio las reglas establecidas a efectos de asegurar el exito de esta. h. La Audiencia Publica debera llevarse a cabo en orden y en un clima de tranquilidad y respeto que permita a la SUNASS dar cuenta de los fundamentos tecnicos de la propuesta. Los concurrentes a la Audiencia Publica deberan acatar las indicaciones que realice el Moderador, quien esta facultado para suspender o postergar la misma en caso no se presenten las condiciones adecuadas para su normal desarrollo. i. Los asistentes estaran prohibidos de repartir cualquier MORDAZA de volantes, folletos y otros, asi como realizar reuniones de coordinacion al interior del recinto de la Audiencia Publica, que perturben la realizacion de la misma y a los asistentes. j. Todos los asistentes deberan quedar anotados en el registro de participantes, disponible en el local de la Audiencia Publica y administrado por la SUNASS. En el tambien se les entregara la correspondiente credencial de ingreso y participacion como orador u oyente.

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