Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura; Que, se ha considerado pertinente dar por concluida la designacion contenida en la citada Resolucion Ministerial; Que, atendiendo a ello, por razones del servicio se ha visto por conveniente encargar las funciones inherentes a dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27594 ­ Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos, Decreto Legislativo Nº 997 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha de la presente Resolucion Ministerial, la designacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Directora de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura. Articulo 2º.- Encargar las funciones inherentes al cargo de Directora de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en tanto se designe a su titular. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

por cualquier persona natural o juridica, bajo supervision del Estado. En virtud a dicha MORDAZA, el Estado promueve el desarrollo y el aprovechamiento racional de las especies de fauna silvestres, otorgandoles en custodia y usufructo a personas naturales o juridicas para su proteccion, repoblamiento, investigacion y manejo; Que, por Decreto Supremo N° 006-2005-AG, se ha establecido que el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­CONACS en representacion del Estado podra otorgar la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA PERU­ARTESANIA, a un plazo determinado, mediante Convenio Especifico aprobado por Resolucion Ministerial; Que, mediante Convenio de Licencia de Uso suscrito el dia 9 de MORDAZA de 2008, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­CONACS ha cedido a la Asociacion de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicunas de la Region Cusco­ACRIVIRC, la licencia de uso de la MORDAZA VICUNA PERU­ARTESANIA, conforme a las normas previstas en la Ley de Propiedad Industrial­Decreto Legislativo N° 823 y la Decision 486­Regimen Comun sobre Propiedad Industrial, el mismo que conforme a su clausula sexta tendra una duracion de un (01) ano; Que, mediante los documentos del Vistos, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­CONACS ha solicitado la aprobacion del Convenio de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU­ARTESANIA suscrito con la Asociacion de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicunas de la Region Cusco­ ACRIVIRC, para lo cual ha manifestado que se ha cumplido con los requisitos legales previstos para tales efectos, habiendo emitido opinion favorable la Presidenta de la Comision de Transferencia a que se refiere el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Supremo N° 026-92-AG, Decreto Legislativo N° 653 y Decreto Supremo N° 006-2005-AG; SE RESUELVE:

209659-1

Aprueban Convenio de otorgamiento de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU-ARTESAN entre el CONACS y la Asociacion de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicunas de la Region MORDAZA - ACRIVIRC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 415-2008-AG
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 VISTOS: El Oficio N° 212-2008-AG-CONACS/P y el Oficio Nº 30-2008-AG-CT-CONACS/P del Presidente Ejecutivo (e) del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­ CONACS y la Presidenta de la Comision de Transferencia a que se refiere el Decreto Supremo Nº 012-2007-AG, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­ CONACS es un Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Agricultura, creado por Decreto Supremo N° 026-92-AG, ratificado por Decreto Ley N° 25902, que tiene entre sus funciones generales, promover, asesorar, supervisar y normar el desarrollo, conservacion, manejo, mejoramiento y aprovechamiento a nivel nacional de todas las especies que conforman los camelidos sudamericanos y sus hibridos en el pais; Que, el Estado Peruano a traves del Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos ­ CONACS es titular de la MORDAZA VICUNA PERU­ARTESANIA, la cual se encuentra debidamente inscrita y registrada ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual­INDECOPI, mediante el Certificado N° 00085530, Folio N° 040, Expediente N° 161350-2002, y Resolucion N° 014041-2002/OSD-INDECOPI, la misma que es aprobada por Resolucion Ministerial N° 0363-97AG; Que, el Decreto Legislativo N° 653 establece que la crianza de la vicuna, al igual que la transformacion y comercializacion de sus productos, pueden ser efectuadas

Articulo 1°.- Aprobar el Convenio de otorgamiento de Licencia de Uso de la MORDAZA VICUNA PERU­ARTESANIA suscrito entre el Consejo Nacional de Camelidos Sudamericanos­CONACS, en representacion del Estado, y la Asociacion de Comunidades Campesinas Criadoras de Vicunas de la Region Cusco­ ACRIVIRC, el 9 de MORDAZA de 2008, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Notificar la presente Resolucion conforme a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

209076-1

Archivan MORDAZA administrativo disciplinario instaurado contra ex funcionario del PETT
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 423-2008-AG
MORDAZA, 3 de junio de 2008 VISTOS: El Informe Nº 013-2006-2-0052 "Examen Especial al Cumplimiento de los Procedimientos establecidos para el Desarrollo de las actividades del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, periodo 01 de enero de 2004 al 30 de diciembre de 2005", elaborado por el Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura; el Acta Nº 002-2006-AG-CE/AD HOC RM Nº 1522-2006-AG de la Comision Especial Ad Hoc constituida por Resolucion Ministerial Nº 1522-2006-AG, y el Informe Nº 001-2006-AGCE/AD HOC RM Nº 1522-2006-AG; y, CONSIDERANDO: Que, el Organo de Control Institucional del Ministerio de Agricultura ha emitido el Informe de Control Nº 013-20062-0052, resultante del "Examen Especial al Cumplimiento de los Procedimientos establecidos para el Desarrollo

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