Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

ofreciendo adjuntar dichos documentos dentro del plazo de treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion. h) Licencia de funcionamiento emitida por la municipalidad correspondiente. Alternativamente, la solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar la Licencia de Funcionamiento dentro del plazo de sesenta (60) dias utiles de otorgada la autorizacion. i) Carta Fianza Bancaria emitida por una entidad bancaria autorizada por la Superintendencia de Banca de Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con caracter solidario, irrevocable, incondicional, de realizacion inmediata y por un plazo no menor a un (01) ano, renovable por periodos similares, la cual debera mantenerse vigente hasta la culminacion de sus actividades, con el chatarreo de la totalidad de omnibuses que ingresaron al Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses, con el proposito de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones contenidas en el presente Reglamento, por el importe de Cincuenta mil y 00/100 dolares americanos (US $ 50,000.00). La carta fianza debe tener las siguientes condiciones y contenidos minimos: 1. Ser expedida a mas tardar dentro de los treinta (30) dias utiles siguientes de otorgada la autorizacion, y en todo caso debera estar vigente para iniciar y ejercer la actividad de desguace y chatarreo a que se refiere el presente Reglamento. 2. En caso de que el Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses suspenda su actividad, la poliza debera extenderse por un (1) ano mas contado desde la fecha de suspension de actividades. 3. Cubrir el riesgo de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones relacionadas con el MORDAZA de desguace y chatarreo de los omnibuses que el Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses reciba, la cual se MORDAZA efectiva con la resolucion que resuelva el incumplimiento del Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses, siendo exigible por el valor total asegurado. Alternativamente, el solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar la carta fianza dentro del plazo de treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion. j) Poliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual con el objeto de cubrir los danos personales y materiales que se produzcan dentro de las instalaciones del Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses en perjuicio de su propio personal y/o terceros por un monto minimo que sera establecido por la DGTT mediante Resolucion Directoral, emitida por una compania de seguros autorizada por la Superintendencia de Banca de Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. Dicha poliza debe ser anual, renovable automaticamente por periodos similares durante el plazo de vigencia de la autorizacion como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses. Alternativamente, el solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar la poliza de seguros dentro del plazo de treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion. k) MORDAZA simple de la MORDAZA de pago del derecho de tramite correspondiente, cuya tasa sera establecida en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MTC. Articulo 8º.- Impedimentos para desempenarse como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses Se encuentran impedidos de desempenarse como Centros de Desguace y Chatarreo de Omnibuses: a) Las entidades del sector publico vinculadas a los tramites de incorporacion de vehiculos al Sistema Nacional de Transporte Terrestre. b) Las personas juridicas dedicadas a la prestacion del servicio de importacion, venta, distribucion y/o montaje de motores, partes, piezas y repuestos de uso automotriz y las asociaciones gremiales que las agrupan. c) Las personas juridicas cuya autorizacion de funcionamiento como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses hubiera sido declarada caduca mediante resolucion expedida por la DGTT. Articulo 9º.- Contenido de la Resolucion de Autorizacion como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses 9.1. La resolucion de autorizacion como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses contendra lo siguiente:

a) El mandato de la DGTT por la cual se autoriza a la persona juridica solicitante a operar como Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses, incluyendo el domicilio y ubicacion de sus instalaciones. b) El plazo dentro del cual debera iniciar sus operaciones, que no podra exceder los treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion de funcionamiento. c) La obligacion del Centro de Desguace y Chatarreo de Omnibuses de aplicar los dispositivos del presente Reglamento.

Articulo 10º.- Entidad Certificadora del MORDAZA de Chatarreo de Vehiculos Los requisitos y procedimientos administrativos para la autorizacion de funcionamiento de las Entidades Certificadoras del MORDAZA de Chatarreo de Vehiculos, la vigencia, caducidad y renovacion de las mismas, se encuentran reguladas en el Reglamento del Regimen Temporal para la Renovacion del MORDAZA Automotor de Vehiculos Diesel, aprobado por Decreto Supremo Nº 0162008-MTC. Articulo 11.- Requisitos para operar como Centro de Reparacion de Omnibuses Para solicitar autorizacion como Centro de Reparacion de Omnibuses se requiere presentar ante la DGTT la siguiente documentacion: a) Solicitud debidamente firmada y sellada por el representante legal de la persona juridica solicitante, indicando razon o denominacion social de la solicitante, numero de Registro Unico de Contribuyentes, y domicilio; nombre, documento de identidad y domicilio de su representante legal asi como el numero de partida de inscripcion de su nombramiento en los Registros Publicos. b) MORDAZA legible de la escritura publica de constitucion de la persona juridica y sus modificaciones, inscrita en los Registros Publicos, en la que indique como objeto social la reparacion de vehiculos motorizados. c) Certificado de vigencia del poder del representante legal, expedido por la SUNARP con una antiguedad MORDAZA de quince (15) dias habiles. d) Relacion del personal de la persona juridica solicitante con la siguiente documentacion por cada uno de ellos: · MORDAZA simple del documento de identidad. · MORDAZA legalizada o fedateada del titulo profesional y del certificado de habilitacion vigente emitido por el Colegio de Ingenieros del Peru cuando corresponda. · MORDAZA de los documentos que sustenten la experiencia en el MORDAZA automotriz, cuando corresponda. e) Planos de ubicacion y de distribucion del local con su respectiva memoria descriptiva, que permita verificar que el predio cuenta con condiciones adecuadas para prestar el servicio de reparacion de omnibuses, detallando sus instalaciones y diversas areas que lo componen, las zonas de ingreso, salida y estacionamiento de vehiculos, cuya operacion no ocasione impactos negativos en el MORDAZA y la circulacion vehicular. Alternativamente, el solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar dichos documentos dentro del plazo de treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion. f) MORDAZA simple del titulo de propiedad, contrato de arrendamiento, cesion en uso, comodato o cualquier otro documento que acredite la posesion legitima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura requerida. Alternativamente, el solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar dichos documentos dentro del plazo de treinta (30) dias utiles de otorgada la autorizacion. g) Licencia de funcionamiento emitida por la municipalidad correspondiente. Alternativamente, la solicitante podra presentar una declaracion jurada suscrita por su representante legal ofreciendo adjuntar la Licencia de Funcionamiento dentro del plazo de sesenta (60) dias utiles de otorgada la autorizacion. h) Carta Fianza Bancaria emitida por una entidad bancaria autorizada por la Superintendencia de Banca de Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones a favor del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con caracter solidario, irrevocable, incondicional, de realizacion inmediata y por un plazo no menor a un (01) ano, renovable por periodos similares, la cual debera mantenerse vigente durante el plazo de vigencia de la autorizacion, con el proposito de garantizar el cumplimiento de sus obligaciones

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