Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe
VISTOS:

373555

7.1 El incumplimiento de lo establecido en la Ley y en el presente Reglamento, seran consideradas como infracciones administrativas, las cuales seran sancionadas de acuerdo a la siguiente tabla:
INFRACCIONES 1ra. vez SANCIONES 2da. vez 3ra. vez

El Oficio N° 0792-2006-P-CSJCA/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 174-2007-SEP-GP-GG-PJ, remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA remite a este Organo de Gobierno propuesta de creacion de un Juzgado de Paz en el Caserio de Machaipungo "La Union", Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, y Departamento de MORDAZA, presentada por las autoridades de la referida circunscripcion; Segundo: Que, la solicitud se fundamenta en tener poblacion aproximada de 4000 habitantes, conjuntamente con las Comunidades de Machaipungo Alto, Machaipungo Bajo, Auque Alto, Auque Bajo y Auque El Mirador, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que los Juzgados de Paz mas proximos se encuentran ubicados a 8 y 18 kilometros de distancia, respectivamente, lo que representa que los pobladores tengan que trasladarse en acemila o a pie durante varias horas por MORDAZA de herradura; lo cual significa gasto excesivamente oneroso en tiempo y dinero considerando las dificultades economicas de dicha poblacion; por cuya razon no tienen acceso a un oportuno servicio de administracion de justicia; Tercero: Que, el Informe N° 174-2007-SEP-GPGG-PJ, de la Gerencia General de Poder Judicial, concluye que es factible la creacion del Juzgado de Paz en el Caserio de Machaipungo "La Union", Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca; asimismo, en dicho informe aparecen los limites geograficos del mencionado organo jurisdiccional; Cuarto: Que, por el numero de habitantes de la comunidad a los que beneficiaria el Juzgado de Paz, entre los que se presentan conflictos de naturaleza civil, penal, familiar y notarial; y siendo objetivo principal de este Poder del Estado administrar justicia en forma rapida y eficaz, resulta procedente la peticion que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el articulo 82°, numeral 24, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, de conformidad con el informe de fojas 33 a 35, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserio de Machaipungo "La Union", con competencia ademas en las Comunidades de Machaipungo Alto, Machaipungo Bajo, Auque Alto, Auque Bajo y Auque El Mirador; Distrito de Bambamarca, Provincia de Hualgayoc, Departamento y Distrito Judicial de Cajamarca. Articulo Segundo.- Los limites geograficos del Juzgado de Paz son los que aparecen descritos en el informe de la Gerencia General de Poder Judicial, que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Ejercer labores propias de ingenieria Multa ascendente Multa Multa sin estar colegiado en el Colegio de a 0.5 UIT ascendente a ascendente a Ingenieros del Peru 1 UIT 2 UIT Ejercer labores propias de ingenieria sin AMONESTACION Multa SUSPENSION encontrarse habilitado en su respectivo ascendente a Consejo Departamental 0.5 UIT Desempenar cargos o realizar AMONESTACION Multa SUSPENSION actividades inherentes a la Ingenieria ascendente a ya sea en entidades publicas, privadas 0.5 UIT o independientes sin contar con el respectivo Certificado de Habilidad otorgado por el Colegio de Ingenieros del Peru

7.2 Las sanciones administrativas senaladas en la tabla anterior, seran abonadas a favor del Consejo Nacional del Colegio de Ingenieros del Peru. 7.3 Reincidir en la comision de una infraccion en una cuarta vez anadira en una Unidad Impositiva Tributaria la multa impuesta en la MORDAZA sancion; en el caso que la MORDAZA sancion impuesta fuera la suspension se optara por la expulsion del CIP. Articulo 8º.- Sobre la autoridad competente de ejercer la autoridad sancionadora. El Colegio de Ingenieros del Peru, a traves de su Consejo Nacional: 8.1 Sera la autoridad competente encargada de ejercer la potestad sancionadora, sobre los profesionales de ingenieria, en los casos de incumplimiento de la Ley y del presente Reglamento. 8.2 Se encargara de implementar un Tribunal AdHoc para efectos del procedimiento administrativo sancionador en los casos contemplados como infracciones administrativas. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Derogatoria Deroguense todas las normas que se opongan a lo dispuesto por el presente Reglamento. Segunda.Participacion de los Organos involucrados Las Entidades Publicas y Privadas, al momento de contratar los servicios de un Ingeniero, tienen la Obligacion de exigir la documentacion que se senala en el articulo 3 del presente reglamento y verificar de igual modo su condicion de miembro habil a traves del Padron en la Web del CIP, a que hace referencia el numeral 4.3.

209692-10

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean juzgados de paz en el Caserio de Machaipungo "La Union", en el Centro Poblado MORDAZA MORDAZA del Tingo y en las Comunidades Campesinas San MORDAZA de Noria Nueva y Tapo
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 102-2008-CE-PJ MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2008

209515-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.