Norma Legal Oficial del día 11 de Junio del año 2008 (11/06/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

373877

SE RESUELVE:

Articulo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Representantes de los Creditos Tributarios del Estado, realizadas mediante las Resoluciones Ministeriales Nros. 103-2000-EF/10, 021-2001-EF/11, 295-2001-EF/10, 0092002-EF/10, 127-2003-EF/10 y 279-2005-EF/10, a los senores: MORDAZA MORDAZA Balarezo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Acaiturry MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Ordonez Zenteno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Guardamano, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Varillas, MORDAZA MORDAZA Bengoa MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ratto MORDAZA, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar como Representantes de los Creditos Tributarios del Estado a que se refiere el articulo 47° numeral 47.3 de la Ley General del Sistema Concursal N° 27809, a las siguientes personas: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Estuardo MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Huincho - Evin Fredy MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Rossana MORDAZA MORDAZA Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

de concesion, o parte de MORDAZA, dentro de las cuales el concesionario MORDAZA determinado la viabilidad economica de su aplicacion. Para tal efecto, previamente el concesionario informara a los usuarios la ubicacion de los puntos de venta y los limites dentro de los cuales el usuario podra optar por dicho sistema. (...)" "Articulo 5°.- Aplicacion del FOSE al sistema prepago Para suministros de electricidad con el sistema prepago, la aplicacion del Fondo de Compensacion Social Electrica (FOSE) se realizara en la primera compra de energia del mes sobre la base de un estimado del consumo promedio mensual de energia. Para las siguientes compras de energia del mismo mes. la aplicacion del FOSE correspondera a la tarifa de la primera compra. El consumo promedio mensual se estimara, multiplicando la demanda media de potencia por el numero de horas del mes en el que se realiza la compra. La demanda media de potencia se determinara de la relacion entre: (...)" Articulo 2°.- Modificacion del Articulo 172° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas Modifiquese el ultimo parrafo del Articulo 172° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM. "Articulo 172°.(...) El equipo de medicion prepago del MORDAZA mono-cuerpo se instalara, a eleccion del usuario, al exterior o al interior de su predio. Cuando el usuario opte por la instalacion al interior del predio, autorizara al concesionario el acceso al equipo de medicion las veces que este lo requiera. Tratandose de equipos de medicion prepago del MORDAZA bicuerpo, la unidad de medicion se instalara al exterior del predio del usuario, y la unidad de control se instalara al interior del predio. Para ambos tipos de medicion prepago, el concesionario establecera las medidas de seguridad que estime conveniente." Articulo 3°.- Vigencia y refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Energia y Minas y entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

211689-1

ENERGIA Y MINAS
Modifican disposiciones referidas al Sistema Prepago de Electricidad
DECRETO SUPREMO Nº 031-2008-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2006-EM publicado el 20 de enero de 2006, se dictaron disposiciones para la aplicacion del sistema prepago de electricidad como un sistema alternativo de venta de electricidad en el MORDAZA electrico peruano; Que, sobre la base de la experiencia de la aplicacion de las disposiciones contenidas en el referido Decreto Supremo N° 007-2006-EM, resulta necesario hacer algunas modificaciones y precisiones del mencionado Decreto Supremo; asi como modificar el Articulo 172° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, con relacion a la instalacion del equipo de medicion prepago; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del Articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1°.- Modificacion de los Articulos 2° y 5° del Decreto Supremo N° 007-2006-EM Modifiquese el MORDAZA parrafo del Articulo 2° y el primer parrafo del Articulo 5° del Decreto Supremo N° 0072006-EM, los que quedaran redactados en los terminos siguientes: "Articulo 2°.- Aplicacion del sistema prepago (...) En Sectores de Distribucion Tipicos Urbanos de Alta y Media Densidad, el sistema prepago sera instalado por el concesionario a solicitud del usuario sin restriccion alguna. Tratandose de los Sectores de. Distribucion Tipicos MORDAZA de Baja Densidad, Urbano-Rural y Rural, el usuario podra optar por el sistema prepago solo en aquella MORDAZA

211709-1

Otorgan concesion temporal a Geofun S.A.C. para desarrollar estudios a nivel de factibilidad relacionados a la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Las Joyas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 255-2008-MEM/DM
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Expediente N° 21159608, sobre otorgamiento de concesion temporal de generacion para desarrollar estudios de la futura Central Hidroelectrica Las Joyas, de acuerdo con el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, presentado por GEOFUN S.A.C., persona juridica inscrita en la Partida N° 11740362 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.