Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, el Protocolo Medico de fecha 06 de marzo de 2008, emitido por la Junta Medica del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA, senala que el interno tiene antecedentes de enfermedad actual asintomatico con diagnostico infeccion por enfermedad grave e irreversible, de pronostico dependiente de su cuadro actual, recomendando asimismo seguir un control y seguimiento por un especialista, infectologo; Que, el caso del referido interno, por la avanzada patologia que le afecta y el continuo riesgo al que se ve expuesta su MORDAZA por la irregular atencion que recibe y el tratamiento medico recomendado, cumple los requisitos establecidos en el numeral 2) del articulo 22º y el articulo 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave e irreversible, hace que la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierdan todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial Nº 1932007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 009-2008JUS y el articulo 1º y los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder Indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS al interno, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lima. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 213546-1 RESOLUCION SUPREMA Nº 090-2008-JUS MORDAZA, 13 de junio de 2008 Visto el Informe Humanitario Nº 71-2008 y el Acta de Sesion de fecha 09 de MORDAZA de 2008, con recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interna del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA quien ha solicitado se le otorgue el INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS para el caso siguiente: Expediente Nº 796-2006, seguido en la Tercera Sala Penal de MORDAZA de la Corte Superior del Cusco; y el DERECHO DE MORDAZA POR RAZONES HUMANITARIAS en la causa siguiente: Expediente Nº 145-2007, seguido en la Tercera Sala Penal del Cusco; Que, de conformidad con el articulo 1° de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el Protocolo Medico emitido por la Junta Medica del Establecimiento Penitenciario del MORDAZA, de fecha 14 de marzo del 2008, ha diagnosticado enfermedad grave e irreversible de pronostico reservado; Que, el inciso 22) del articulo 139° de la Constitucion Politica del Peru, establece que el regimen penitenciario

tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que, el caso de la referida interna, por la patologia que le afecta y el continuo riesgo al que se ve expuesta su MORDAZA por la irregular atencion que recibe y el tratamiento medico recomendado y la naturaleza de las condiciones carcelarias, se adecua a los requisitos establecidos para la concesion del Indulto y el Derecho de MORDAZA Por Razones Humanitarias, cumple los requisitos establecidos en los numerales 2) y 4) del articulo 22º y el articulo 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, para la concesion del indulto y Derecho De MORDAZA por razones humanitarias; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial N° 193-2007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 009-2008-JUS articulo 1° y los incisos 8) y 21) del articulo 118° y articulo 7º sobre la proteccion del derecho a la salud de las personas tal como lo senala la Constitucion Politica del Peru; Corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder Indultos y Derecho de Gracia; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave e irreversible, hace que la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierdan todo sentido juridico y social; Que, el fin supremo de la sociedad y el Estado son el respeto a la MORDAZA, a la integridad fisica y a la dignidad en defensa de la persona humana en su conjunto, tal como senala la Constitucion Politica del Peru en sus articulos 1º, 2º inciso 1) y a la proteccion de los derechos futuros e innominados de acuerdo a lo establecido en el articulo 3º de nuestra Carta Magna; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a la interna MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el caso siguiente: Expediente Nº 796-2006 seguido en la Tercera Sala Penal de MORDAZA de la Corte Superior del Cusco; y el DERECHO DE MORDAZA POR RAZONES HUMANITARIAS en la causa siguiente: Expediente Nº 145-2007, seguido en la Tercera Sala Penal del Cusco. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 213546-2 RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2008-JUS MORDAZA, 13 de junio de 2008 Visto el Informe Humanitario Nº 47-2007 y el Acta de Sesion de fecha 04 de MORDAZA de 2008, con recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Lurigancho; Que, de conformidad con el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el numeral 1) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la MORDAZA, situando a este derecho fundamental como uno de los mas importantes al senalar que: "toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica";

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