Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

Que, el Informe Medico expedido por el Departamento de Medicina del Hospital Nacional MORDAZA Unanue, corrobora el diagnostico de los documentos medicos MORDAZA mencionados y ademas expone que el interno se encuentra en mal estado general, no evidenciando mejoria, cursando con evolucion no favorable. Que, el caso del referido interno, por la avanzada patologia que le afecta y el continuo riesgo al que se ve expuesta su MORDAZA por la falta de atencion y tratamiento medico recomendado, cumple los requisitos establecidos en el numeral 2) del articulo 22º y el articulo 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007-JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave e irreversible, hace que la continuidad y ejecucion de la pena pierdan todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial Nº 1932007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 009-2008JUS y el articulo 1º y los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder Indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO POR RAZONES HUMANITARIAS a MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEREDO o MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra adscrito al Establecimiento de Penas Limitativas y Asistencia Post Penitenciaria de Zarate; Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 213546-14

Que, el Informe anatomopatologico, emitido por el departamento de anatomia patologica del Hospital Nacional Dos de MORDAZA de fecha 26 de marzo de 2008, ha diagnosticado: adenocarcioma medianamente diferenciado, con areas mucoides en un 40 %, infiltrante hasta la serosa ­ tamano del tumor: 10x7x5 C.M. bordes quirurgicos libres del tumor, ganglios MORDAZA tumorales: Libres de tumor, restos de las muestras: Libres del tumor; Que, el Protocolo Medico de la Junta Medica Penitenciaria emitido por el area de salud del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de fecha 24 de MORDAZA del 2008, ha diagnosticado: tumoracion retrovesical compatible con neoplasia maligna de recto sigmoide, post operado laparotomia-exeresis de tumor radical + reseccion parcial de vejiga + colostomia mas reconstruccion vesical y ureterostomia + drenaje; Que, el Informe Medico recepcionado el dia 30 de MORDAZA del 2008, emitido por el Hospital Nacional Dos de MORDAZA con registro Nº 010228 senala como diagnostico definitivo y fase de la enfermedad: Ecografia; tumoracion pelvica compatible con N.M (Neoplasia Maligna) de recto, TAC ( tomografia axial computarizada); Lesion neoproliferativa dependiente de MORDAZA sigmoides de aspecto maligno y siendo de pronostico malo; Que, por la avanzada patologia que afecta al interno y el continuo riesgo que se ve expuesta su MORDAZA por falta de atencion y tratamiento medico recomendado, cumple los requisitos establecidos en los numerales 2) y 4) del articulo 22º y el articulo 23º de la Resolucion Ministerial Nº 193-2007JUS, para la concesion del indulto por razones humanitarias; Que, considerando casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedad grave y cronica, hace que la continuidad de la ejecucion de la pena y prision pierdan todo sentido juridico y social; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2007-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, la Resolucion Ministerial N° 193-2007-JUS Reglamento de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 009-2008-JUS y el articulo 1° y los incisos 8) y 21) del articulo 118° de la Constitucion Politica del Peru; Corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder Indultos y Derecho de Gracia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder DERECHO DE MORDAZA POR RAZONES HUMANITARIAS al interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA en las causas siguientes: Expediente Nº 100-2007 seguida en el MORDAZA Juzgado Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de Lima; Expediente Nº 990-2007-RN, seguido en la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de Lima. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia 213546-13

Conceden derecho de MORDAZA por razones humanitarias a interno del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 101-2008-JUS MORDAZA, 13 de junio de 2008 Visto el Informe Humanitario Nº 104-2008 y el Acta de Sesion de fecha 03 de junio de 2008, con recomendacion favorable de la Comision de Indulto y Derecho de MORDAZA por Razones Humanitarias y Conmutacion de la Pena; CONSIDERANDO: Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA ha solicitado el DERECHO DE MORDAZA POR RAZONES HUMANITARIAS en las causas siguientes: Expediente Nº 100-2007 seguida en el MORDAZA Juzgado Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de Lima; Expediente Nº 9902007-RN, seguido en la MORDAZA Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de Lima; Que, de conformidad con el articulo 1° de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que, el numeral 1) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru consagra el derecho a la MORDAZA, situando a este derecho fundamental como uno de los mas importantes al senalar que: "toda persona tiene derecho a la MORDAZA, a su identidad, a su integridad moral, psiquica y fisica"; Que, el inciso 22) del articulo 139° de la Constitucion Politica del Peru, establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad;

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Designan representante ante la Comision Especial que tendra por funcion validar la metodologia de actualizacion de los indices de distribucion del Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 257-2008-MIMDES MORDAZA, 12 de junio de 2008

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