Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Visto, remitiendosele para tal efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General (e) 212903-3

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Prima AFP el cambio de direccion del Centro de Informacion y Atencion para la Desafiliacion ubicado en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 1274-2008 MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2008 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTOS: La solicitud presentada por Prima AFP para que se le autorice, conjuntamente con las demas AFP integrantes de la Asociacion de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, el cambio de direccion del Centro de Informacion y Atencion para la desafiliacion (CIAD) ubicado en el interior del complejo arquitectonico Centro Civico de MORDAZA, ingresada con registro N° 2008-21882 el 15.04.2008, y el Informe N° 025-2008-DSI, del Departamento de Supervision de Instituciones. CONSIDERANDO: Que, mediante La carta N° GG-032/08 recibida con fecha 15 de MORDAZA de 2008, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA T., en representacion de Prima AFP, solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de direccion del Centro de Informacion y Atencion para la Desafiliacion (CIAD), ubicado en el interior del complejo arquitectonico Centro Civico de Lima; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 1188-2007 y Certificado N° RI-CD-01, se autorizo a Prima AFP el funcionamiento del CIAD en la direccion MORDAZA referida; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision de Instituciones, mediante Informe N° 0252008-DSI, de fecha 22 de MORDAZA de 2008; Contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y del Departamento Legal, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo N° 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolucion N° 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias y la Resolucion SBS N° 949-2000; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a Prima AFP, el cambio de direccion del Centro de Informacion y Atencion para la Desafiliacion (CIAD), ubicado en el interior del complejo arquitectonico Centro Civico de MORDAZA hacia el Jr. Carabaya N° 515, Lima. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado N° RI-CD-01, que fuera emitido al MORDAZA de lo dispuesto en la Resolucion SBS Nº 1188-2007. Articulo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado N° RI-CD-04, con la nueva direccion referida en el Articulo Primero de la presente resolucion.

Autorizan a procuradora iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio de la Municipalidad Distrital de Chao
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 239-2008-CG MORDAZA, 12 de junio de 2008 VISTO, el Informe Especial Nº 118-2008-CG/ ORTR, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Chao, Provincia de MORDAZA, La MORDAZA, por el periodo comprendido entre Ene.2003 ­ Ene.2006; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, dispuso la realizacion de una accion de control en la Municipalidad Distrital de Chao, a fin de determinar si los recursos municipales se utilizaron conforme a lo establecido en la normativa, incidiendo en la verificacion de las presuntas irregularidades denunciadas ante este Organo Superior de Control; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que durante el ano 2003, un ex funcionario de la Municipalidad Distrital de Chao omitio sistematicamente depositar el integro de la recaudacion diaria de ingresos propios por un total de S/. 98 029,83, sin haber sustentado el destino de dicho monto, lo que ocasiono un perjuicio economico a la entidad por el citado importe; revelando tales hechos, la existencia de indicios razonables de la presunta comision de los delitos de Incumplimiento de Deberes Funcionales y Peculado, previstos y penados en los articulos 377° y 387° del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que, en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º de la Ley N° 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley N° 17537 y sus modificatorias, y la Resolucion de Contraloria Nº 220-2008-CG; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la senora Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicecontralora General de la Republica Contralora General (e) 212903-4

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