Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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en funcion a un MORDAZA determinado, constituye un imposible fisico y/o juridico hallar mas de un proveedor de dichos servicios, ya sea por las razones de su prestacion, compatibilidad con lo requerido, licencias, entre otros, existiendo un presupuesto de identificad absoluta entre los servicios contrastados...". Que, precisa la Gerencia de Asuntos Juridicos, que el CONSUCODE en su Opinion N° 015-2006/GTN concluye senalando:

· La causal de exoneracion referida al bien o servicio que no admite sustitutos se configurara solo si se reunen dos (2) requisitos: i) que solo exista en el MORDAZA un bien o servicio que reuna las caracteristicas solicitadas por la entidad y; ii) que exista un proveedor unico que ofrezca dichos bienes. · La determinacion de la existencia de un unico proveedor es de competencia y responsabilidad de la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad, la que conjuntamente con las respectivas areas usuarias, debera efectuar un estudio de las posibilidades que ofrece el MORDAZA, en atencion al MORDAZA de bien requerido y sus caracteristicas o especificaciones tecnicas. Que asimismo, menciona el articulo 11º del TUO de la Ley Contrataciones y Adquisiciones del Estado por el que se establece que pueden efectuarse adquisiciones o contrataciones cuyo desarrollo se prolongue por mas de un ejercicio presupuestario, en cuyo caso deberan adoptarse las previsiones necesarias para garantizar el pago de las obligaciones, es decir, en caso de aprobarse el expediente de contratacion debe contarse con la disponibilidad de recursos, los mismos que se podran reprogramar dentro del ejercicio siguiente al concluir el ano fiscal, siempre que el MORDAZA de adquisicion o contratacion no pierda su unidad. Que, en merito a la necesidad formulada por la Subgerencia de Informatica, sustentada en su Informe Tecnico adjunto, asi como el Informe N° 338-2008-MMLGAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos, en donde precisan, considerando lo expuesto por la Subgerencia de Informatica sobre la exoneracion del MORDAZA de seleccion solicitada, que existen los rasgos sintomaticos del supuesto de exoneracion, al ser el unico proveedor en el MORDAZA local que ofrece el bien (Soporte Tecnico de ORACLE), considerado insustituible, por lo que la solicitud de exoneracion, para este caso, se enmarca en lo dispuesto en el articulo 19° inciso e) del Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenando de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el cual establece que se encuentran exonerados del requisito de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia, las adjudicaciones o contrataciones que se realicen "cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico". Para cuya aplicacion de la exoneracion, el inciso c) del articulo 20º del Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que: "Los procesos MORDAZA referidos, se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran por Acuerdo del Concejo Municipal, los mismos que requieren obligatoriamente un informe Tecnico Legal previo, debiendose publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo y remitirse a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y organizacion en su Dictamen N° 106-2008-MML-CMAEO; ACORDO:

(3) anos, ascendiendo la amortizacion en el presente ejercicio a S/. 130,331.66 que sera financiado con cargo a los recursos destinados a la Actividad 1125 Soporte y Mantenimiento de Sistemas Informaticos, Tarea 01 Desarrollo y Mantenimiento de Sistemas, Especifica del Gasto 6.7.11.51 y Centro de Costos: 11004, siendo la Subgerencia de Logistica Corporativa la encargada de realizar la adquisicion bajo el procedimiento establecido en normas para este efecto. Se anexa como sustento del presente Acuerdo el Informe Tecnico adjunto al MORDAZA N° 157-2008-MML-GP/SI de la Subgerencia de Informatica y el Informe N° 338-2008-MML/GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal Administrativa, en coordinacion con la Secretaria General del Concejo, el cumplimiento de las formalidades establecidas, en el inciso c) del Articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado para los procedimientos no sujetos a procesos de seleccion, debiendose publicar el presente Acuerdo y remitir MORDAZA del mismo y de los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- Encargar a la Subgerencia de Informatica en coordinacion con la Subgerencia de Logistica Corporativa efectuar la prevision presupuestaria en el ejercicio 2009 y 2010, por los importes de S/. 120,794.40 y S/. 125,626.18 respectivamente, para garantizar el pago por la adquisicion de renovacion del Servicio de Soporte y Actualizaciones de Oracle de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 212905-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a ex funcionarios de la Municipalidad
RESOLUCION N° 101-2008-GM/MLV La MORDAZA, 12 de junio de 2008 VISTOS: El Memorando N° 054-2007-ALC/MDLV de fecha 10 de setiembre de 2007, emitido por el MORDAZA, el Memorando N° 1039-07-SG/MDLV de fecha 28 de agosto de 2007, emitido por el Secretario General, el Memorando N° 101307-SG/MDLV de fecha 21 de agosto de 2007 emitido por el Secretario General; el Acta de Sesion N° 006-2008 de fecha 25 de marzo de 2008; el Informe Preliminar N° 030-2008-CEPAD/MDLV de fecha 20 de MORDAZA de 2008, emitidos por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La Victoria; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N° 0256-2007-ALC/MDLV del 5 de octubre de 2007, se designa a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, encargada de instruir, mediante MORDAZA Administrativo Disciplinario a los funcionarios de los diversos Organos Administrativos de la Municipalidad Distrital de La Victoria; Que, mediante documento de vistos, el MORDAZA, dispone que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, de inicio al procedimiento de determinacion de responsabilidades administrativas a los ex funcionarios y funcionarios de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA,

Articulo Primero.- Exonerar del MORDAZA de seleccion que corresponda por no admitir sustituto, para la adquisicion por tres (3) anos de la "RENOVACION DEL SERVICIO DE SOPORTE TECNICO Y ACTUALIZACION DE ORACLE Nº 2169577" (Software Update Licence & Support) cuyo unico proveedor en el MORDAZA local es Sistema Oracle del Peru S.A., tal como senala la citada empresa en su carta de fecha 23 de enero del 2008, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso c) del Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y demas normas legales emitidas para estos efectos. Articulo Segundo.- Precisar que el valor referencial del bien se ha calculado en aproximadamente en S/ 376,752.24 incluido el IGV, monto que se pagara en tres

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