Norma Legal Oficial del día 14 de Junio del año 2008 (14/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 14 de junio de 2008

y Presupuesto de los Gobiernos Locales, de la Oficina de Programacion e Inversion en el Gobierno Regional y Local, o quienes MORDAZA sus veces, pudiendo estar integrado, ademas, por profesionales con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto provenientes de la Sociedad Civil. Es presidido por el jefe del area de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, en el Gobierno Regional o Local y tiene la mision de brindar soporte tecnico en el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo, asi como la de desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica a que hace referencia el articulo 8º del acotado Reglamento; Que, el Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, contiene orientaciones para el desarrollo del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 y establece en la Primera Consideracion Final, Capitulo IV, que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en coordinacion con los Consejos de Coordinacion Regional o Local, preparan y emiten disposiciones complementarias a lo senalado en el citado Instructivo; Que, conforme a lo establecido en el mencionado instructivo, es necesario contar con un Equipo Tecnico que tenga la mision de brindar soporte tecnico en el MORDAZA de Planeamiento del Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo, asi como desarrollar el trabajo de evaluacion tecnica y armonizar la realizacion de acciones de capacitacion a los Agentes Participantes del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 en el distrito de San Isidro; Que, asimismo, el mencionado Equipo Tecnico debe estar integrado por profesionales y tecnicos de la Municipalidad de San MORDAZA, incluyendo obligatoriamente a un representante de la Sociedad Civil con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto; Que, en este sentido, en la Sesion de Consejo de Coordinacion Local Distrital indicado en el Visto se aprobo el Plan de Trabajo para el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 en el distrito de San MORDAZA y la metodologia para la seleccion del representante de la Sociedad Civil que formara parte del Equipo Tecnico del citado proceso; Que, mediante Informe N° 109-2008-0500-GPPDC/ MSI indicado en el Visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo informo que el Representante de la Sociedad Civil propuesto por el Consejo de Coordinacion Local Distrital, Ing. MORDAZA MORDAZA Benvenuto, cumple con las caracteristicas indicadas en los lineamientos del Instructivo Nº 0022008-EF/76.01, siendo por tanto tecnicamente viable su incorporacion como miembro del Equipo Tecnico; Que, en el inciso 14) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; se establece que el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; De conformidad con lo establecido en los articulos 9º numerales 8) y 14) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, por unanimidad aprobo lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LA CONFORMACION DEL EQUIPO TECNICO PARA EL MORDAZA DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2009 EN EL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- CONFORMAR el Equipo Tecnico para el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009, de la siguiente manera: - Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, como Presidente del Equipo Tecnico. - Subgerente de Planeamiento y Presupuesto, como Secretario Tecnico. - Gerente de Desarrollo Urbano. - Gerente de Obras y Servicios Municipales. - Gerente de Desarrollo Social. - Gerente de Seguridad Ciudadana. - Gerente de Tecnologias de Informacion y Comunicacion. - Subgerente de Cultura. - Subgerente de Participacion Vecinal. - Subgerente de Comunicaciones e Imagen. - Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Benvenuto, como Representante de la Sociedad Civil.

Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA a dictar las medidas complementarias y modificatorias a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal a traves de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando, se registre, comunique, publique y cumpla.

Dado en San MORDAZA a los once dias del mes junio del ano dos mil ocho. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA 213539-1

Aprueban Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2009 en el distrito de San MORDAZA
ORDENANZA Nº 237 ­ MSI EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA, Visto, el Informe Nº 0951-2008-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 101-20080500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, sobre el MORDAZA de Presupuesto Participativo para el ano Fiscal 2009, asi como los acuerdos de la Sesion Extraordinaria del Consejo de Coordinacion Local Distrital de fecha 3 de junio de 2008 y la Sesion Ordinaria del Consejo de Coordinacion Local Distrital de fecha 11 de junio de 2008; y, CONSIDERANDO: Que, los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, establecen que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley; Que, el Articulo 4º de la Ley N° 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico, en concordancia con el articulo 5º de su Reglamento aprobado por D.S. N° 054-2005-PCM, establecen la responsabilidad de los Gobiernos Locales de conducir sus procesos de planeamiento estrategico, el que se desarrolla en planes de corto, mediano y largo plazo que orientan indicativamente al sector privado y proyectan el quehacer del sector publico nacional en el ambito de su competencia; Que, la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783, dispone en su articulo 17º numeral 17.1 que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos y en la Gestion Publica; Que, en el articulo IX del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, se establece que el MORDAZA de planeacion local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. Asimismo, la referida Ley establece en su articulo 97° que los Planes de Desarrollo Municipal Concertados deben responder fundamentalmente a los principios de participacion, transparencia, gestion moderna y rendicion de cuentas, inclusion, eficacia, eficiencia, equidad, sostenibilidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad,

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