Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 114

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

Los Consejos de MORDAZA Los operadores de los sistemas hidraulicos publicos y privados de caracter sectorial y multisectorial k. Los usuarios de Aguas Articulo 7.- Objetivos del Sistema Nacional de Recursos Hidricos Son objetivos del Sistema Nacional de Recursos Hidricos: a. Coordinar y asegurar la gestion integrada y multisectorial, el aprovechamiento sostenible, la conservacion y el incremento de los recursos hidricos a fin de garantizar a la actual y a futuras generaciones el abastecimiento necesario del recursos, con estandares de calidad en funcion al uso respectivo. b. Apoyar el incremento, eficiente y sostenible, de la productividad y competitividad de los sectores productivos del MORDAZA, en MORDAZA con la Politica y Estrategia Nacional de los Recursos Hidricos. c. Promover la elaboracion de estudios y la ejecucion de proyectos y programas de investigacion y capacitacion en materia de gestion de recursos hidricos con el objetivo de realizar su aprovechamiento sostenible, su conservacion e incremento. Articulo 8.- Alcances del Sistema Nacional de Recursos Hidricos 8.1 El Sistema Nacional de Recursos Hidricos desarrolla sus politicas en coordinacion con el Ministerio del Ambiente, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Energia y Minas, el Ministerio de la Produccion y el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, asi como con los gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, dentro del MORDAZA de la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos. 8.2 Las entidades publicas que ejercen funciones normativas y fiscalizadoras sobre las actividades que utilizan recursos hidricos, deberan implementar las acciones necesarias a fin de garantizar el cumplimiento, seguimiento y supervision de la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos asi como del Plan Nacional de Recursos Hidricos. 8.3 El Sistema Nacional de Recursos Hidricos articula sus actividades con las politicas y estrategias de aprovechamiento y gestion sostenible de los recursos naturales, con las politicas productivas y de educacion del gobierno a nivel nacional y con los programas y proyectos de desarrollo rural, en el MORDAZA de la Politica Nacional de Gestion Ambiental. 8.4 El Sistema Nacional de Recursos Hidricos coordina la ejecucion y aplicacion de sus politicas con los distintos usuarios de los recursos hidricos y los operadores de infraestructura hidraulica, cualquiera fuera su forma de organizacion o el uso del recurso que realicen. TITULO III Del Ente Rector Articulo 9.- Del Ente Rector del Sistema Nacional de Recursos Hidricos La Autoridad Nacional del Agua es el ente rector del Sistema Nacional de Recursos Hidricos y el responsable de su funcionamiento en el MORDAZA de lo establecido en la presente norma. Articulo 10.- Organizacion de la Autoridad Nacional del Agua La organizacion de la Autoridad Nacional del Agua se rige por la presente MORDAZA y por su Reglamento de Organizacion y Funciones. Su estructura basica esta compuesta por los organos siguientes:

Consejo Directivo Jefatura Tribunal de resolucion de controversias hidricas Organos de apoyo, asesoramiento y linea Organos Desconcentrados, denominados Autoridades Administrativas del Agua, Administraciones Locales de Agua que dependen de las Autoridades Administrativas del Agua.

Articulo 11.- Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua El Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Agua esta conformado por los miembros siguientes: a. El Ministro de Agricultura. b. El Ministro del Ambiente. c. El Ministro de Vivienda Construccion Saneamiento. d. El Ministro de Salud; y e. El Ministro de Energia y Minas Articulo 12.- Funciones del Ente Rector Son funciones del Ente Rector las siguientes: a. Formular la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos asi como el Plan Nacional de Recursos Hidricos. b. Dirigir las acciones derivadas de la aplicacion de la Politica y Estrategia Nacional de Recursos Hidricos asi como del Plan Nacional de Recursos Hidricos. c. Dictar las normas y establecer los procedimientos para asegurar la gestion integrada, multisectorial y sostenible de los recursos hidricos, su conservacion, incremento, asi como su aprovechamiento eficiente. d. Coordinar y organizar las acciones que resulten necesarias para estructurar el Sistema Nacional de Recursos Hidricos, considerando en cada caso especifico la organizacion y la realidad local. e. Supervisar y evaluar las actividades, impacto y cumplimiento de los objetivos del Sistema Nacional de Recursos Hidricos. f. Emitir opinion tecnica vinculante respecto a la disponibilidad de los recursos hidricos para la viabilidad de proyectos de infraestructura hidraulica que involucren la utilizacion de recursos hidricos. g. Promover y apoyar la estructuracion de proyectos y la ejecucion de actividades que incorporen los principios de gestion integrada y multisectorial de los recursos hidricos, su conservacion e incremento, mediante la investigacion y/o la adaptacion de nuevas tecnologias aplicables al aprovechamiento de los recursos hidricos. h. Coordinar con las agencias de cooperacion tecnica y economica nacional e internacional su accionar dentro del Sistema Nacional de Recursos Hidricos, en el MORDAZA de los lineamientos y criterios del Plan Nacional de Recursos Hidricos. i. Promover el intercambio de conocimientos y recursos en materia de gestion, aprovechamiento sostenible, conservacion e incremento de recursos hidricos, con organismos nacionales e internacionales relacionados con dicha materia. j. Promover la suscripcion de convenios, contratos, acuerdos, planes de trabajo y cualquier otro MORDAZA de documento que ayude a consolidar el Sistema Nacional de Recursos Hidricos. k. Efectuar el seguimiento para el adecuado retorno cientifico y tecnologico en materia de recursos hidricos de los programas y/o convenios Internacionales suscritos por el Gobierno Peruano. l. Ejercer jurisdiccion administrativa en materia de aguas, desarrollando acciones de administracion, fiscalizacion, control y vigilancia, para asegurar la conservacion de las MORDAZA naturales de agua, los bienes naturales asociados a estas y de la infraestructura hidraulica publica, ejerciendo para tal efecto la facultad sancionadora y coactiva. m. Otorgar derechos de uso de agua y mantener actualizado el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

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