Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 126

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NORMAS LEGALES
debera declarar por escrito que es consciente que el acogimiento es bajo su exclusiva responsabilidad en la medida que a la fecha de culminacion del periodo de aportes extraordinarios al Fondo de Jubilacion, debera reunir todos los demas requisitos que establecen las normas sobre la materia para el otorgamiento de una pension de jubilacion.

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

3.

El tripulante que se acoge a los beneficios debe acreditar la cancelacion de su libreta de embarco. La autoridad Maritima no podra otorgar una nueva libreta de embarco a favor de dicho tripulante para actividades pesqueras en embarcaciones que tengan permisos para realizar actividades extractivas de los recursos de anchoveta y anchoveta MORDAZA (engraulis ringens y anchoa nasus) durante un plazo de cinco (5) anos computados desde la fecha de la cancelacion.

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MORDAZA inicio al periodo de eleccion de los Programas por parte de los trabajadores. Con el fin de que se cumplan a cabalidad los objetivos de creacion del FONCOPES, durante el periodo de difusion y durante los dos (2) primeros anos calendarios siguientes a la finalizacion de la MORDAZA de difusion MORDAZA senalado, queda suspendida la facultad del armador de iniciar, por causa de la disminucion de flota que podria resultar a partir del establecimiento de los LMCE, procedimientos de terminacion de la relacion laboral que afecten a tripulantes, conforme al articulo 46 inciso b) de la Ley de Productividad y Competitividad, Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR.

Articulo 18. Programas de Beneficios Los Programas de Beneficios a los que los trabajadores que se acojan podran acceder alternativamente son los siguientes: 1. Programa de Incentivos a la Reconversion Laboral, que tiene como objetivo favorecer la reinsercion de los trabajadores hacia otras actividades dependientes. Los beneficios que incluye este Programa son los siguientes: a) Bonificaciones por renuncia voluntaria; b) Capacitacion en carreras tecnicas para facilitar la reinsercion en otros sectores productivos, la misma que por su naturaleza no genera una relacion de indole laboral; c) Entrega de subvenciones economicas temporales durante el periodo de capacitacion; d) Asesoria para la reinsercion en el mercado. 2. Programa de Desarrollo y Promocion de Mypes, que tiene como objetivo favorecer el inicio de micro y pequenas empresas por parte de los beneficiarios. Este Programa incluye los siguientes beneficios: a) Bonificaciones por renuncia voluntaria; b) Capacitacion en carreras tecnicas vinculadas a la gestion de negocios que les permita iniciar o desarrollar una micro o pequena empresa, la misma que por su naturaleza no genera una relacion de indole laboral; c) Entrega de subvenciones economicas temporales durante el periodo de capacitacion; d) Asesoria especializada para el inicio de micro y pequenas empresas o el fortalecimiento de negocios en marcha. 3. Programa denominado de Jubilacion Adelantada para los trabajadores a partir de los cincuenta (50) anos de edad que sera de aplicacion hasta que alcancen los cincuenta y cinco (55) anos, siendo requisito de acogimiento al mismo que al culminar con el periodo de aportes extraordinarios al Fondo de Jubilacion que se menciona a continuacion, esten en posibilidad de acogerse a percibir una pension de jubilacion conforme a las normas sobre la materia. El beneficio que incluye este programa es la entrega de una subvencion economica temporal durante el periodo que corre entre la fecha de acogimiento al Programa hasta que el beneficiario cumple los 55 anos de edad; plazo durante el cual, el beneficiario realizara aportes al Fondo de Jubilacion que seran descontados de la subvencion MORDAZA mencionada, tal como se regula en la presente norma; asi como un aporte al ESSALUD para acogerse al Seguro Potestativo como se senala mas adelante.

Articulo 16. Eleccion de los Programas de Beneficios, Registro y Pago 1. La participacion de los trabajadores en alguno de los Programas de Beneficios a que se refiere la presente Ley es voluntaria. El trabajador manifestara por escrito su eleccion del Programa ante su empleador y remitira una MORDAZA al FONCOPES, durante los dos (2) primeros anos calendarios siguientes a la finalizacion de la MORDAZA de difusion para una decision informada a que se refiere el articulo 17 de la presente Ley. El empleador y titular de una embarcacion a la que se MORDAZA asignado un PMCE debera informar y registrar la relacion de trabajadores que han decidido voluntariamente acogerse a cada Programa de Beneficios. Mediante Reglamento se aprobara el procedimiento para tales comunicaciones. Correspondera al FONCOPES notificar al empleador respectivo el monto que este debera aportar al fondo segun el Programa de Beneficios elegido, y establecer el plazo dentro del cual debera efectuarse el aporte respectivo al Fideicomiso. El FONCOPES debera remitir al Fiduciario una MORDAZA de dicha notificacion. Transcurrido el plazo MORDAZA de dos (2) anos referido sin que el trabajador hubiera elegido acogerse a alguno de los Programas a que se refiere la Ley, este perdera la posibilidad de acceder a dichos beneficios. Los trabajadores que no se acojan voluntariamente a alguno de los Programas de Beneficios a que se refiere la presente Ley dentro del plazo referido, quedaran sujetos a un sistema de rotacion en aquellos casos en los que la cantidad de tripulantes no guarde proporcion con la flota y los puestos de trabajo disponibles en las embarcaciones de un armador incluido dentro de la medida. Dicho sistema de rotacion debera ser establecido por el armador de manera que el mismo resulte equitativo, objetivo y justo. El incumplimiento de dichas condiciones habilita al tripulante que se considere afectado a accionar conforme al articulo 30º de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, Texto Unico Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR. Esta disposicion no se aplicara en el caso de los Ingenieros de Maquinas, Patrones, MORDAZA Patrones y Primer y MORDAZA Motorista.

2.

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Articulo 17. MORDAZA de difusion para una decision informada FONCOPES desarrollara una MORDAZA de difusion en las ciudades ubicadas a lo largo del litoral comprendido dentro del ambito de la medida, respecto de los alcances y caracteristicas de los Programas de Beneficios a que se refiere la Ley, de sus bondades y de los procedimientos que debe observarse para acceder a los mismos. Esta MORDAZA durara tres (3) meses, luego de los cuales se

Articulo 19. Bonificacion por renuncia voluntaria Los trabajadores que se acojan al Programa de Incentivos a la Reconversion Laboral o al Programa de Desarrollo y Promocion de Mypes tendran derecho a una bonificacion especial por renuncia voluntaria

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