Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 153

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO Nº 1036

Mediante Oficio Nº 393-2008-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo Nº 1036, publicado en nuestra edicion del dia 25 de junio de 2008. En el articulo 4º; DICE:

12.1 (...) del subsector industria y comercio interno, (...) 12.2 (...), que estan dentro del subsector industria y comercio interno. 12.6 (...) actividades del subsector industria y comercio interno conforme a Ley". 219813-1

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a MORDAZA y encargan su Despacho a la Ministra de Transportes y Comunicaciones
RESOLUCION SUPREMA Nº 150-2008-PCM MORDAZA, 27 de junio de 2008 CONSIDERANDO: Que, es objetivo de la Politica Exterior del Peru promover los intereses del MORDAZA, a nivel bilateral y multilateral, con miras a consolidar su presencia regional e internacional y facilitar su MORDAZA de insercion a nivel global; Que, en este MORDAZA, el Peru fue incorporado oficialmente como Estado Asociado a dicho bloque, mediante Decision 39-03, de 15 de diciembre de 2003, que establece los mecanismos y modalidades de la participacion de nuestro MORDAZA como Estado Asociado en las reuniones de la estructura institucional del mismo; Que, la participacion del Peru como Estado Asociado al MERCOSUR responde a una opcion estrategica que trasciende lo estrictamente comercial, pues reconoce el gran potencial complementario que existe con los paises miembros de dicho bloque en los ambitos fronterizo, economico, de seguridad, politico y de vision estrategica del espacio sudamericano; Que, la Presidencia Pro-Tempore MORDAZA del MERCOSUR ha convocado a la XXV Reunion del Consejo del MORDAZA Comun, el 30 de junio de 2008 y a la Cumbre de Jefes de Estado del MERCOSUR y Estados Asociados, el 1 de MORDAZA de 2008, en la MORDAZA de San MORDAZA de Tucuman, Republica Argentina; Que, es necesario autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Belaunde, a las mencionadas reuniones del MERCOSUR y Estados Asociados, para presidir la delegacion peruana; De conformidad con el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley Nº 28807 y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Belaunde, a la MORDAZA de San MORDAZA de Tucuman, Republica MORDAZA, el 30 de junio y 1 de MORDAZA de 2008, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue la participacion del Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores por concepto de pasajes US$ 2,088.90, viaticos US$ 600.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 30.25, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir

"Articulo 4º.- Procedimientos administrativos para la VUCE (...) 4.1 (...) medidas sanitarias, fitosanitarias de emergencia y de seguridad nacional. (...) 4.3 (...) medidas sanitarias, fitosanitarias de emergencia y de seguridad nacional. (...)" DEBE DECIR:

"Articulo 4º.- Procedimientos Administrativos para la VUCE 4.1 (...) medidas sanitarias y fitosanitarias de emergencia y de seguridad nacional. (...) 4.3 (...) medidas sanitarias y fitosanitarias de emergencia y de seguridad nacional. (...)" 219807-1 FE DE ERRATAS DECRETO LEGISLATIVO N° 1047 Mediante Oficio N° 399-2008-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Legislativo N° 1047, publicado en nuestra edicion del dia 26 de junio de 2008. DICE: "Articulo 7°.- OTRAS FUNCIONES ESPECIFICAS ... 7.1 Aprobar las disposiciones normativas que le correspondan." DEBE DECIR: "Articulo 7°.- OTRAS FUNCIONES ESPECIFICAS ... 7.1 Aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, comprendiendo esta funcion, la facultad de tipificar reglamentariamente las infracciones por incumplimiento de obligaciones establecidas legalmente." DICE: "Articulo 12°.- DESPACHO VICEMINISTERIAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO INTERNO (...) 12.1 (...) del subsector industria, (...) 12.2 (...), que estan dentro del subsector industria. 12.6 (...) actividades del subsector industria conforme a Ley". DEBE DECIR: "Articulo 12°.- DESPACHO VICEMINISTERIAL DE INDUSTRIA Y COMERCIO INTERNO (...)

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