Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 226

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el literal c) del articulo 51º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece como funcion especifica en materia Agraria el participar en la gestion sostenible del recurso hidrico en el MORDAZA de las entidades de cuencas y las politicas de la autoridad nacional de aguas; Que, de conformidad al articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 29053, el Consejo Regional con MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente. ORDENANZA REGIONAL Articulo Primero.- DECLARAR, de Interes Regional el Desarrollo del ambito de la MORDAZA Baja del Rio Pampas, ubicado entre las provincias de La Mar, Huamanga, Cangallo, Vilcashuaman, MORDAZA MORDAZA, Huancasancos, Sucre y Lucanas, del departamento de MORDAZA, para el aprovechamiento racional de sus recursos, promoviendo la inversion publica, privada y el empleo. Asi mismo, garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo. Articulo Segundo.- ENCARGAR, a las Gerencias Regionales y entidades sectoriales del Gobierno Regional para que en coordinacion con otras Instituciones Publicas y Privadas a partir de la suscripcion de la presente Ordenanza Regional formulen los planes, programas y proyectos de inversion publica en concordancia a sus competencias y acorde con la conservacion de los ecosistemas, paisajes, recursos naturales y uso racional de espacios destinados a la actividad productiva y de proteccion. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En la MORDAZA de MORDAZA a los 19 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en MORDAZA, en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los 19 dias del mes de MORDAZA del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 218706-2

de fecha 4 de MORDAZA de 2008, trato el tema relacionado al Centro Arqueologico de la Provincia de Vilcashuaman; y CONSIDERANDO:

Declaran en emergencia al Centro Arqueologico de la provincia de Vilcashuaman
ORDENANZA REGIONAL Nº 014-2008-GRA/CR MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2008 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en la III Sesion Ordinaria Descentralizada

Que, mediante Oficio Nº 012-2008-GRA/CR-ECHC, el Consejero Regional MORDAZA Chuchon MORDAZA, solicita ante el Consejo Regional: Declarar en Emergencia el Centro Arqueologico de Vilcashuaman en primer lugar por existir viviendas edificadas dentro del Centro Arqueologico y que como consecuencia de la naturaleza climatica (lluvias) se viene desmoronando; Que, el Complejo Arqueologico de Vilcashuaman fue el centro administrativo incaico es mayormente conocido por dos de sus edificios el Templo MORDAZA y La MORDAZA y el Ushno. El primero de estos se ubica al sur de la plaza principal de la MORDAZA de Vilcashuaman, es una construccion en MORDAZA pulida y labrada, compuesta por tres MORDAZA escalonadas. Sobre la base del templo MORDAZA se construyo, durante la colonia, el templo de San MORDAZA MORDAZA utilizando algunas de las piedras del lugar original. El Ushno es una piramide trunca escalonada de cinco plataformas superpuestas. Las piedras que componen la construccion fueron talladas y ensambladas con gran precision. En la parte superior resalta el "sillon del Inca", bloque de MORDAZA monolitica con dos asientos desde donde, segun la tradicion popular, el MORDAZA y la Colla, presenciaban las ceremonias militares y religiosas que se realizaban en la gran plaza de Vilcashuaman; Que, el Intiwatana complejo arqueologico con una extension aproximada de 3000 metros cuadrados, se ubica en las inmediaciones de la MORDAZA Pomacocha (3126 msnm), para algunos investigadores este sitio habria sido un area de descanso para la elite MORDAZA, pues entre las construcciones destacan un palacio, un torreon y unos banos. El cuidadoso acabado de los muros de MORDAZA del palacio, perfectamente ensamblados, hace pensar que se trato de una residencia destinada a acoger a personajes sumamente importantes. Contiguo al palacio, se encuentran el reloj solar o Intiwatana y una construccion llamada "El Torreon", esta es de forma semicircular con pequenos recintos en el interior y se cree que cumplio funciones rituales. Los "Banos del Inca" han sido construidos con piedras pulidas caracterizadas por tener 13 angulos. Estos recintos aun estan en funcionamiento; Que, el Titancayoc, Bosque de Puyas de Raimondi, se ubica entre los 3250 y los 4250 msnm. La Puya de Raimondi, especie vegetal MORDAZA tambien llamada "Titanka", es la planta con la inflorescencia de mayor tamano del MORDAZA, se encuentra en peligro de extincion. Crece sobre los 3000 msnm en lugares frios y elevados y suele alcanzar los 10 metros de altura despues de 100 anos de MORDAZA, momento a partir del cual empieza a morir paulatinamente. Titancayoc cuenta con los ejemplares mas MORDAZA y se estima que en el bosque, el total de puyas supera los 200 mil; Que, los literales a), d) e i) del articulo 63º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales establecen que es competencia del Gobierno Regional en materia de Turismo; el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de desarrollo de la actividad turistica regional, en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales; promover el desarrollo turistico mediante el aprovechamiento de las potencialidades regionales ; y el proponer y declarar zonas de desarrollo turistico prioritario de alcance regional; Que, de conformidad al articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley organica de Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902, Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el MORDAZA unanime de sus miembros aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL

Articulo Primero.- DECLARAR, en emergencia al Centro Arqueologico de la Provincia de Vilcashuaman, que comprende el Complejo Arqueologico de Vilcashuaman, el Intiwatana, el Titancayoc o Bosque de Puyas de

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