Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 228

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

las Instituciones Educativas Publicas de la Region Callao", por S/. 2'968,082.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y DOS CON 00/100 NUEVOS SOLES). 2. La fuente de financiamiento es: Recursos Determinados ­ Recursos del CAFED, Rubro 18, Canon y Sobre Canon, Regalias, Rentas de Aduana y Participaciones. 3. La exoneracion que se concede, no releva del cumplimiento de los requisitos y exigencias previstos por Ley. 4. La Gerencia Regional de Desarrollo Social, queda encargada del cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. 5. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del acta. POR TANTO: Mando se registre y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR Presidente 218712-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de suministro de energia electrica para el tren electrico
AUTORIDAD AUTONOMA DEL PROYECTO ESPECIAL SISTEMA ELECTRICO DE TRANSPORTE MASIVO DE MORDAZA Y CALLAO RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 030-2008-AATE/PE MORDAZA El MORDAZA, 25 de Junio de 2008. VISTOS: El Informe Nº 029-2008-AATE/GAF de fecha 25.06.08 de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la AATE, el Memorando Nº 006-2008-AATE/CELP-001 de fecha 23.06.08 del Presidente del Comite Especial, el Informe Tecnico concretado en el Memorandum Nº 0732008-AATE/GO de fecha 23.06.08 de la Gerencia de Operaciones y el Informe Legal de fecha 24.06.07 de la Oficina de Asesoria Legal respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 058-2001 de fecha 30.05.2001, se transfiere la administracion de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, por Ordenanza Nº 812 publicada en el diario Oficial El Peruano el 15.09.2005, la AATE es un Organo Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, figurando en la estructura municipal; Que, el inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 083-2004-PCM, establece que estan Exonerados de los Procesos de Seleccion las Contrataciones que se realicen en situacion de Desabastecimiento Inminente; Que, el Articulo 21º del Texto Unico acotado establece que se considera situacion de Desabastecimiento Inminente, aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera

esencial, lo cual ha sucedido con el Suministro de Energia Electrica; Que, se ha llevado a cabo la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 014-2008-AATE ­ MORDAZA Convocatoria, Suministro de Energia Electrica para las Instalaciones del Tren Electrico para seleccionar a la empresa que suministre energia electrica a la tension de 60 KV para las instalaciones del Tren; Que, por Memorandum Nº 006 -2008-AATE/CELP ­ 001 de fecha 23.06.08 del Presidente del Comite Especial para la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 014-2007-AATE ­ MORDAZA Convocatoria, se comunica que en el MORDAZA de Seleccion de Energia no se han presentado postores, lo cual motiva que se declare Desierto; Que, mientras dure la nueva Convocatoria, se recomienda proceder a la Exoneracion por Desabastecimiento Inminente por el plazo de 3 meses, tiempo estimado para la procedencia del otorgamiento de la Buena Pro y la consecuente suscripcion del MORDAZA contrato de energia; Que, acorde al Informe Tecnico concretado en el Memorandum Nº 073-2008-AATE/GO de fecha 23.06.08 de la Gerencia de Operaciones, se hace presente la importancia de tener el Suministro de Energia Electrica dado que de no contar con ello, se MORDAZA diversos riesgos en las instalaciones del Patio Taller entre ellos: La sustraccion de componentes de la Linea de Transmision de Alta Tension (60KV) que va desde la Sub Estacion de San MORDAZA hasta la Sub Estacion 60/20KV, la sustraccion de componentes de la Linea de Transmision de Alta Tension al no estar energizada, reduccion del aislamiento electrico de las maquinas en general por accion de la humedad del medio ambiente, descarga completa de los Bancos de Baterias de todas las estaciones y subestaciones con el consiguiente deterioro, entre otros los danos que se producirian por la falta de Suministro Electrico; Que, la situacion descrita motiva que resulta procedente tecnica y legalmente que se declare la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por la causal de Desabastecimiento Inminente, para si poder contar con el Suministro de Energia Electrica; Que, el Suministro, consistira en diversas acciones que representan un costo de S/. 115,000.00 incluido el IGV, por un periodo de 3 meses, corresponde a la Exoneracion de un MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa; Que, la Oficina de Asesoria Legal ha emitido el Informe Legal de fecha 24 de Junio de 2008 de conformidad con lo establecido por el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Con la conformidad de la Gerencia General y las visaciones de la Gerencia de Operaciones, Gerencia de Administracion y Finanzas, Oficina de Asesoria Legal y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con el inciso c) del Articulo 19º y Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 083-2004-PCM, de los Articulos 141º, 146º, 147º y 148º de su Reglamento aprobado por D.S. Nº084-2004PCM, de acuerdo a lo establecido en los Articulos 1º y 20º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la AATE aprobado por Resolucion Ministerial Nº024.1-88-MIPRE del 01.2.88; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, por la causal de situacion de Desabastecimiento Inminente, la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, para la contratacion del Suministro de Energia Electrica conforme a la parte considerativa de la presente Resolucion, hasta por el monto de S/. 115,000.00 (Ciento Quince mil y 00/100 Nuevos Soles). a. MORDAZA de Contrato: Suministro. b. Descripcion del Suministro: Suministro de Energia Electrica para el Tren Electrico. c. Monto Referencial Total: S/.115,000.00. d. Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias. e. Tiempo que se requiere contratar el servicio: 3 meses. f. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Finanzas. g. Dependencia que da conformidad al servicio: Gerencia de Operaciones.

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