Norma Legal Oficial del día 28 de Junio del año 2008 (28/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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b) la semejanza conceptual; y, c) la mayor o menor relevancia del aspecto denominativo frente al elemento grafico, con el objeto de identificar la dimension caracteristica del signo.

Articulo 49.- Semejanza conceptual Tratandose de un signo denominativo y uno figurativo, se tendra en consideracion la semejanza conceptual. Tratandose de un signo denominativo y uno mixto, se tendran en cuenta los criterios senalados en los articulos 45 y 47 de este Decreto Legislativo. Tratandose de un signo figurativo y uno mixto, se tendran en cuenta los criterios senalados en los articulos 47 y 48 del presente Decreto Legislativo. En los tres supuestos seran igualmente de aplicacion los criterios senalados en el articulo 45 del presente Decreto Legislativo. Articulo 50.- Solicitud de registro de una MORDAZA La solicitud de registro de una MORDAZA debera presentarse ante la Direccion competente. Podra incluir productos y servicios comprendidos en una o varias clases de la clasificacion, y debera comprender los siguientes elementos:

b) los datos de identificacion del solicitante o de la persona que presenta la solicitud, o que permitan a la Direccion competente comunicarse con esa persona; c) la MORDAZA cuyo registro se solicita, o una reproduccion de la MORDAZA tratandose de MORDAZA denominativas con grafia, forma o color especiales, o de MORDAZA figurativas, mixtas con o sin color; o una representacion grafica de la MORDAZA cuando se trate de una MORDAZA tridimensional o de una MORDAZA no perceptible por el sentido de la vista; d) la indicacion expresa de los productos y/o servicios para los cuales se solicita el registro de la marca; y, e) el comprobante de pago de las tasas establecidas. Dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de MORDAZA de la solicitud, la Direccion competente examinara si la solicitud cumple con los requisitos previstos en el presente articulo. Si de dicho examen resulta que la solicitud no contiene los requisitos enumerados en el presente articulo, la Direccion competente requerira al solicitante para que complete dichos requisitos dentro del plazo de sesenta (60) dias siguientes a la fecha de notificacion. Si dentro del plazo establecido, se subsanan tales requisitos, la Direccion competente considerara como fecha de MORDAZA aquella en la cual se hubieran cumplido los requisitos. Si a la expiracion del plazo establecido, el solicitante no completa los requisitos indicados, la solicitud se considerara como no presentada. Articulo 53.- Publicacion de la solicitud Si la solicitud de registro reune los requisitos formales establecidos en el presente Capitulo, la Direccion competente ordenara la publicacion, la misma que debera efectuarse dentro del plazo de treinta (30) dias utiles, contado desde el dia siguiente de notificada la orden de publicacion. La publicacion de la solicitud de registro se realizara por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano, a costo del solicitante, reproduciendo por lo menos la informacion siguiente: a) numero de solicitud; b) nombre y MORDAZA del solicitante; c) reproduccion de la MORDAZA, si se trata de signos mixtos, figurativos, o representacion de la MORDAZA cuando se trate de una MORDAZA tridimensional o de una MORDAZA no perceptible por el sentido de la vista; d) los productos y/o servicios para los cuales se solicita el registro de la marca; e) la clase o clases a las que pertenecen los productos y/o servicios; y f) de ser el caso, si se reivindica prioridad o se ejerce un derecho preferente. En la publicacion se deberan designar los productos y/ o servicios por sus nombres, agrupados segun las clases de la Clasificacion Internacional de Productos y Servicios de Niza, precedido cada grupo por el numero de la clase de esa Clasificacion a que pertenezcan ese grupo de productos o servicios y debera presentarse en el orden de las clases de dicha Clasificacion. Articulo 54.- Oposicion La oposicion debera cumplir con los requisitos siguientes: a) la identificacion correcta del expediente; b) el nombre y domicilio de la persona que presenta la oposicion; c) poder que acredite la representacion que se invoca; d) los fundamentos en que se sustenta la oposicion; e) el ofrecimiento de las pruebas que se deseen hacer valer;

a) petitorio; b) la reproduccion de la MORDAZA, cuando se trate de una MORDAZA denominativa con grafia, forma o color, o de una MORDAZA figurativa, mixta con o sin color; o una representacion grafica de la MORDAZA cuando se trate de una MORDAZA tridimensional o una MORDAZA no perceptible por el sentido de la vista; c) los poderes que fuesen necesarios; d) el comprobante de pago de las tasas establecidas; e) las autorizaciones requeridas a efectos de evitar que el signo solicitado incurra en una prohibicion de registro; y f) de ser el caso, el certificado de registro en el MORDAZA de origen expedido por la autoridad que lo otorgo, cuando el solicitante deseara prevalecer del derecho previsto en el Articulo 6quinquies del Convenio de Paris. Articulo 51.- Petitorio de la solicitud El petitorio de la solicitud de registro de MORDAZA estara contenido en un formulario y comprendera lo siguiente: a) requerimiento de registro de marca; b) el nombre y la direccion del solicitante; c) la nacionalidad o domicilio del solicitante. Cuando este fuese una persona juridica, debera indicarse el lugar de constitucion; d) de ser el caso, el nombre y la direccion del representante legal del solicitante; e) la firma del solicitante o de su representante legal; f) la indicacion de la MORDAZA que se pretende registrar, cuando se trate de una MORDAZA puramente denominativa, sin reivindicacion de grafia, forma o color; y g) la indicacion expresa de los productos y/o servicios para los cuales se solicita el registro de la MORDAZA, los cuales se designaran por sus nombres, agrupados segun las clases de la Clasificacion Internacional de Productos y Servicios de Niza, precedido cada grupo por el numero de la clase de esa Clasificacion a que pertenezca ese grupo de productos o servicios y debera presentarse en el orden de las clases de dicha Clasificacion. Articulo 52.- Fecha de MORDAZA de la solicitud Se considerara como fecha de MORDAZA de la solicitud, la de su recepcion por la Direccion competente, siempre que al momento de su recepcion hubiera contenido por los menos lo siguiente: a) la indicacion que se solicita el registro de una marca;

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