Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2008 (03/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de marzo de 2008

MORDAZA de procedimientos administrativos sancionadores y aquellos otros a que se refiere el articulo 19º del presente Reglamento, hasta que el TASTEM inicie sus actividades. Segunda.- Por excepcion y durante el transcurso del primer ano de vigencia del presente Reglamento, podran realizarse dos (2) reuniones de Sala Plena de la JARU adicionales a las referidas en el articulo 17º del presente reglamento, reconociendose a los Vocales de la JARU que asistan a cada una de tales reuniones, una dieta adicional en el mes en que participen en ellas. DISPOSICION MODIFICATORIA Adicionese al numeral 3.4 de la Directiva "Procedimiento Administrativa de Reclamos de los Usuarios de los Servicios Publicos de Electricidad y Gas Natural", aprobada por Resolucion Nº 671-2007-OS/CD, el literal d) bajo el siguiente tenor: "Sera aplicable el silencio administrativo positivo en los siguientes supuestos: (...) d) Si transcurrido el plazo resolutivo a que se refiere el numeral 3.5 de la presente Directiva, la concesionaria no hubiese resuelto el recurso administrativo de reconsideracion o hubiesen transcurrido cinco (5) dias habiles desde que la concesionaria emitio su resolucion pronunciandose acerca de dicho medio impugnatorio sin habersela notificado al recurrente. En tales casos, se considerara fundado el reclamo respecto de lo que la concesionaria no se hubiere pronunciado, teniendo el caracter de resolucion que pone fin al procedimiento. La aplicacion del silencio administrativo positivo se sujetara a lo dispuesto en los articulos 5.3 y 10.3 de la Ley Nº 27444 y las modificatorias sobre la materia contempladas respecto al citado cuerpo normativo." DISPOSICION FINAL El presente Reglamento entrara en vigencia a los quince (15) dias calendario contados desde el dia inmediato posterior a su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, oportunidad en la que ademas quedaran derogados todos los dispositivos que le precedieron asi como los que se le opongan.

170681-1

Aprueban MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion y MORDAZA de la Informacion Sustentatoria del Valor MORDAZA de Reemplazo de Empresas Concesionarias de Distribucion de Gas Natural"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 183-2008-OS/CD MORDAZA, 28 de febrero de 2008 VISTO: Los Informes Nº 0106-2008-GART y Nº 0102-2008GART, elaborado respectivamente por la Asesoria Legal y la Division de Gas Natural de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 110º del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM (en adelante "REGLAMENTO"), establece que corresponde a OSINERGMIN la fijacion del Valor MORDAZA de Reemplazo de las empresas concesionarias de distribucion de gas natural, el mismo que representa el costo de renovar las obras y bienes fisicos destinados a prestar el mismo servicio con la tecnologia y precios vigentes;

Que, el Articulo 110º del REGLAMENTO senala que para la fijacion del Valor MORDAZA de Reemplazo, el Concesionario presentara la informacion sustentatoria, pudiendo OSINERGMIN rechazar fundadamente la incorporacion de bienes y costos innecesarios y que para dicha MORDAZA el OSINERGMIN establecera los plazos, formatos, procedimientos y medios; Que, por lo indicado anteriormente corresponde a OSINERGMIN establecer los plazos, formatos, procedimientos y medios para la MORDAZA de informacion sustentatoria del Valor MORDAZA de Reemplazo que propongan las empresas concesionarias de distribucion de gas natural por red de ductos; Que, por otro lado, OSINERGMIN, en su calidad de Organismo Regulador, y a efectos de cumplir con las competencias a ellas atribuidas, cuenta con la Funcion Normativa, contemplada en el literal c) del Articulo 3º de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, mediante la cual, se posibilita la mayor participacion de los interesados en los procesos de toma de decisiones, dotando de transparencia, predictibilidad y cognocibilidad la actuacion de la administracion; Que, de esta manera, para el ejercicio de la Funcion Normativa, el Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, contempla la posibilidad de aprobar disposiciones de caracter general relativos a sistemas tarifarios o regulatorios o mecanismos para su aplicacion; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 25 del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo 054-2001-PCM, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 031-2008-OS/CD, publicada el 30 de enero de 2008, se dispuso la publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" del proyecto de MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion y MORDAZA de la Informacion Sustentatoria del Valor MORDAZA de Reemplazo de Empresas Concesionarias de Distribucion de Gas Natural", con el proposito de que los interesados remitan al OSINERGMIN sus comentarios y sugerencias, los cuales fueron debidamente analizados mediante el Informe Tecnico Nº 0102-2008-GART, acogiendose aquellas sugerencias que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, se ha emitido el Informe Nº 0034-2008-GART, de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de OSINERGMIN y el citado Informe Nº 0032-2008GART, de la Division de Gas Natural de la Gerencia Ajunta de Regulacion Tarifaria, los mismos que complementan la motivacion que sustenta la decision del OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con el MORDAZA legal expuesto, al ser competencia del OSINERGMIN establecer los plazos, formatos, procedimientos y medios para la MORDAZA de la informacion para la fijacion del valor MORDAZA de reemplazo, habiendose efectuado la respectiva prepublicacion, es procedente aprobar la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion y MORDAZA de la Informacion Sustentoria del Valor MORDAZA de Reemplazo de Empresas Concesionarias de Distribucion de Gas Natural"; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos; Reglamento General del OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-99-EM; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la MORDAZA "Procedimiento para la Elaboracion y MORDAZA de la Informacion Sustentatoria del Valor MORDAZA de Reemplazo de Empresas Concesionarias de Distribucion de Gas Natural", que consta de 7 articulos, una Disposicion Transitoria y 6 Anexos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo

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