Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2008 (03/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

367905

Visto el Expediente N° 161-2007/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 10 697,30 m², ubicado a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte, altura del Kilometro 42, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de las propiedades que administra la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno de 10 697,30 m², ubicado a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte, altura del kilometro 42, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, mediante oficio N° 3577-2007-SUNARP-.R. N° IX/ GPI del 31 de MORDAZA, la Gerencia de Propiedad Inmueble de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, remite el Informe Tecnico N° 4358-2007-SUNARP-ZR-IX/OC de fecha 04 de MORDAZA de 2007, en el que se indica que el predio sub materia se ubica en MORDAZA donde se advierte la partida registrada en el Tomo 27 PD Fojas 1 (Tramo MORDAZA - Ancon) y que no es factible determinar si dicho predio inscrito involucra o no al predio en consulta; Que, mediante Oficio N° 8833-2007/SBN-GO-JAR, de fecha 04 de octubre de 2007, se requirio a la Empresa Nacional de Ferrocarriles en Liquidacion informe si el terreno de 10 697,30 m², se encuentra comprendido en el area destinada a la Via Ferrea del tramo MORDAZA ­ Ancon, la que con Carta N° 215-2007-JL-ENAFER, de fecha 18 de octubre de 2007, comunico que el terreno en consulta no se superpone con el ex Ramal Ferroviario Ancon ­ MORDAZA, de su propiedad; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Publicos ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del predio de 10 697,30 m² de conformidad con el articulo 3° del Decreto de Urgencia N° 071-2001, articulo 33° del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo N° 154-2001-EF, modificado por su similar Nº 042-2006EF y la Directiva N° 001-2002/SBN que regula el tramite de la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion N° 011-2002/SBN, modificado por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos i) y s) del articulo 39° de la Resolucion N° 315-2001/SBN, de fecha 03 de septiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley N° 25556, modificado por el Decreto Ley N° 25738, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto de Urgencia N° 071-2001, el "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" aprobado por Decreto Supremo N° 131-2001-EF y el Decreto Supremo N° 154-2001-EF y sus modificatorias; y Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0042-2008/SBN-GO-JAR de fecha 30 de enero de 2008. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Disponer la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del predio de 10 697,30 m², ubicado a la margen izquierda de la Carretera Panamericana Norte, altura del Kilometro 42, distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion.

Articulo 2°.- La MORDAZA Registral N° IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del predio descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones

170680-3

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Fijan Factores Monetaria de Conversion

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 101-2008-SUNAT/A
Callao, 28 de febrero de 2008 CONSIDERANDO: Que el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005EF, senala que para la declaracion de la base imponible de los derechos arancelarios y demas tributos aduaneros, los valores se expresaran en dolares de los Estados Unidos de America; Que asimismo el tercer parrafo del citado articulo senala que en el caso de valores expresados en otras monedas extranjeras, estos se convertiran a dolares de los Estados Unidos de MORDAZA debiendose establecer un mecanismo de difusion que permita a los usuarios conocer con suficiente anticipacion los factores de conversion monetaria: Que teniendo en cuenta lo senalado anteriormente resulta necesario actualizar los factores de conversion establecidos en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 012-2008-SUNAT/A, considerando los factores fijados por la Superintendencia de Banca y Seguros; En uso de las facultades conferidas por el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2005-EF, por el inciso g) del articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM y por Resolucion de Superintendencia Nº 1222003/SUNAT; SE RESUELVE : Articulo 1º.- Fijese los factores de conversion monetaria a utilizarse en la declaracion de la base imponible a que se refiere el tercer parrafo del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Nº 0112005-EF, de acuerdo al detalle siguiente:
MORDAZA Union Europea Angola MORDAZA MORDAZA Aruba Australia Bolivia Brasil Bulgaria Canada MORDAZA China Republica Popular de Colombia Corea Republica de Dinamarca MONEDA MORDAZA Kwanza Dinar Argelino Peso MORDAZA Florin Arubeno Dolar Australiano Boliviano Real Lev Dolar Canadiense Peso MORDAZA Yuan Peso Colombiano Won MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE CAMBIO (US$) 1.486547 0.013360 0.015097 0.316756 0.561798 0.898069 0.133333 0.568828 0.760746 0.996612 0.002155 0.139241 0.000516 0.001060 0.199641

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