Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2008 (03/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, lunes 3 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

367909

VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05 de Febrero del 2008, el informe N°026-2008-GATR/MDB, de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas . CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 194° y 195º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y son competentes para administrar sus bienes y rentas, crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales conforme a Ley; Que, mediante Informe N° 026-2008-GATR/MDB de la Gerencia de Administracion Tributaria y Rentas senala que el Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades senalan que los gobiernos locales representan al vecindario siendo su finalidad el desarrollo integral sostenible y armonico de su circunscripcion. Que en ese sentido se le hace de conocimiento que estando en el mes de carnavales y a fin de tomar las medidas preventivas y correctivas que sancionen las conductas de vandalicos pandilleros que atacan a las personas que transitan en la via publica se disponga la sancion de Prohibir los juegos de carnavales en la via publica que afecten a terceros y devengan en actos y conductas vandalicas que vayan en contra de la integridad fisica y/o el patrimonio de ciudadanos de la Comunidad, aplicando la sancion de acuerdo a la UIT vigente a quienes practiquen juegos de carnavales en la via publica afectando la integridad de terceros y que constituyan actos perniciosos y vandalicos que vayan en contra de la integridad fisica y patrimonio de ciudadanos de la Comunidad. Con las atribuciones que confiere los incisos 8) y 9) del Articulo 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972; por UNANIMIDAD y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, se aprobo lo siguiente;

la presente ordenanza y a Unidad de Imagen Institucional y Comunicacion su difusion. Articulo Quinto: ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

165093-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Designan Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad
RESOLUCION N° 035-2008-ALC/MDLV
La MORDAZA, 27 de febrero de 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTO: El Informe Nº 024-2008-GFYC/MDLV de fecha 25 de febrero de 2008 mediante el cual la Gerencia de Fiscalizacion y Control pone en conocimiento el Acta de Sesion de la Comision de Evaluacion del Concurso Publico de meritos encargada del MORDAZA de Seleccion para designar a un Ejecutor Coactivo y a un Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva no Pecuniaria, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º de la Ley Nº 26979 ­ Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva- senala en el numeral 7.1 que la designacion del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuara mediante concurso publico de meritos; Que, mediante Resolucion Nº 353-2007-ALC/MDLV de fecha 21 de diciembre de 2007, se conformo la Comision de Evaluacion del Concurso Publico de Meritos que se encargue de llevar a cabo el MORDAZA de seleccion para designar a un (1) Ejecutor Coactivo y a un (1) Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva No Pecuniaria, siendo integrada por el Gerente de Fiscalizacion y Control, Gerente de Asesoria Juridica y Sub Gerente de Recursos Humanos; Que, mediante documento senalado en el Visto, la Comision de Evaluacion del Concurso Publico de Meritos encargada del MORDAZA de Seleccion para designar a un Ejecutor Coactivo y a un Auxiliar Coactivo para la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva no Pecuniaria, da a conocer a los ganadores del Concurso Publico de Meritos para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo (1) y Auxiliar Coactivo (1), segun Acta de fecha 21 de febrero del ano en curso; Que, el articulo 6º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que la alcaldia es el organo ejecutivo del gobierno local. El MORDAZA es el representante legal de la municipalidad y su MORDAZA autoridad administrativa; Estando a las consideraciones expuestas y a las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972 SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar como Ejecutor y Auxiliar Coactivo de la Sub Gerencia de Ejecucion Coactiva No Pecuniaria, a las personas que a continuacion se detallan. EJECUTOR COACTIVO: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

ORDENANZA QUE SANCIONA LAS CONDUCTAS VANDALICAS Y PERNICIOSAS DURANTE EL TRADICIONAL JUEGO DE CARNAVALES
Articulo Primero: PROHIBIR los juegos de carnavales en la via publica, que afecten a terceros que devengan en actos y conductas vandalicas que vayan en contra de la integridad fisica y/o patrimonio de ciudadanos de la Comunidad. Articulo Segundo: Aplicar la sancion del 10% de 1 U.I.T. vigente a quienes practican juegos de carnavales en la via publica, que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandalicas que vayan en contra de la integridad fisica y/o el patrimonio de ciudadanos de la Comunidad. Articulo Tercero: Incluir en la Ordenanza No. 2522007/MDB mediante el cual se aprueba EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES ( RAS )Y EL CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ( CUISA ) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA, en el Item de Moral y Orden Publico, en el concepto de infracciones contra el publico en general, cuya denominacion " Juego de carnavales en la via publica, que afecten a terceros, que devengan en actos y conductas vandalicas que vayan en contra de la integridad fisica y/o el patrimonio de ciudadanos de la Comunidad" siendo segun la tabla de equivalencias por MORDAZA de infraccion LEVE(L) cuyo factor aplicable a la UIT vigente es del 10%.
CODIGO INFRACCION ESTABLEC. EN GENERAL PREVENTIVA COMPLEMENT. JUEGO DE CARNAVALES EN LA VIA PUBLICA QUE AFECTEN A TERCEROS, QUE DEVENGAN EN ACTOS Y CONDUCTAS VANDALICAS QUE VAYAN EN CONTRA DE LA INTEGRIDAD FISICA Y/O EL PATRIMONIO DE CIUDADANOS DE LA COMUNIDAD L MORDAZA DE INFRACCION MED

Articulo Cuarto: Encargar la Gerencia deAdministracion Tributaria y Rentas, a la Sub Gerencia de Fiscalizacion y la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica, establecer los mecanismos mas adecuados para la correcta aplicacion de

AUXILIAR COACTIVO - MORDAZA MORDAZA Mendieta MORDAZA

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