Norma Legal Oficial del día 12 de Marzo del año 2008 (12/03/2008)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de marzo de 2008

Articulo 48º.- En caso de postular a los Programas de Admision al Residentado de Medicina Humana u otras profesiones, el puntaje de la bonificacion sera incorporado como parte del puntaje total de acuerdo a la siguiente escala del mapa de pobreza del FONCODES: QUINTIL 1: 10 puntos QUINTIL 2: 8 puntos. QUINTIL 3: 6 puntos. QUINTIL 4: 2 puntos. QUINTIL 5: 0 puntos." Articulo 2º.- Incorporacion al Reglamento de la Ley Nº 23330 Incorporar el inciso g) al articulo 23º del Reglamento de la Ley Nº 23330, conforme al texto siguiente: "Articulo 23º.- Los requisitos para efectuar el Servicio Rural y MORDAZA Marginal de Salud son los siguientes: (...) g) Para el caso de los postulantes medicos, es requisito haber rendido el Examen Nacional de Medicina." Articulo 3º.- Seleccion de profesionales para las plazas SERUMS Disponer que el MORDAZA de seleccion de los profesionales para la adjudicacion de las plazas SERUMS sea realizado conforme a las siguientes modalidades: a) Concurso de Meritos: para los profesionales de Medicina Humana. En este caso, el Comite Central, Regional o Subregional del SERUMS elaborara el listado de aptos en estricto orden de merito, considerando los siguientes factores: - Promedio Ponderado Promocional: (sin incluir internado) - Nota del Examen Nacional de Medicina: 30% 70%

Disponen la prepublicacion del proyecto de MORDAZA Tecnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes en Ambulancias Aereas en el MORDAZA de internet del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 157-2008/MINSA MORDAZA, 7 de marzo del 2008 Visto el expediente 08-019096-001; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud en su articulo 24º establece que la Direccion General de Salud de las Personas es un organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral de la salud de la persona, categorizacion y acreditacion de los servicios de salud y la gestion sanitaria; Que, el articulo 41º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone que la Direccion General de Salud de las Personas, es el organo tecnico normativo en los procesos relacionados a la atencion integral, servicios de salud, calidad, y gestion sanitaria; Que, es necesario garantizar la prestacion de un mejor servicio, de manera oportuna, y con una mayor garantia en cuanto a seguridad y prestacion del servicio al usuario, sobre todo en casos de emergencia ocurridos en lugares donde el acceso es solo por medios aereos; en tal sentido es pertinente que se regule los aspectos tecnico operativos relacionados al transporte de pacientes mediante el uso de ambulancias por diferentes medios de transporte; Que, la Direccion General de Salud de las Personas, ha elaborado el Proyecto de la MORDAZA Tecnica de Salud para el Transporte Asistido de Pacientes en Ambulancias Aereas, la misma que resulta conveniente poner a disposicion de la opinion publica interesada, con la finalidad de recepcionar las sugerencias o recomendaciones que pudieran contribuir a su perfeccionamiento; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; Con el visado de la Viceministra de Salud (e), y; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la prepublicacion del proyecto de MORDAZA TECNICA DE SALUD PARA EL TRANSPORTE ASISTIDO DE PACIENTES EN AMBULANCIAS AEREAS en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud (www.minsa. gob.pe) en el enlace "Documentos en Consulta", a efecto de recibir las opiniones, observaciones y/o sugerencias de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, vinculadas a la materia. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la mencionada prepublicacion por el periodo de quince (15) dias habiles, y la recepcion de las opiniones, observaciones y/o sugerencias que se formulen, las mismas que se remitiran a la Avenida Salaverry, cuadra 8, MORDAZA MORDAZA, o a la direccion electronica secretariageneral@minsa.gob.pe . Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Salud 174150-1

b) Sorteo Publico: para otros profesionales de la salud, en tanto se implemente el Examen Nacional de las otras Carreras de las Ciencias de la Salud. Articulo 4º.- Referencias a la categorizacion de los establecimientos de salud Toda referencia a la categorizacion de establecimientos de salud existente en el Reglamento de la Ley Nº 23330, debera remitirse a la escala del mapa de pobreza del FONCODES, senalada en los articulos 47º y 48º del mismo. Articulo 5º.- De la vigencia El presente Decreto Supremo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 6º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de marzo del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARRIDO-LECCA M. Ministro de Salud 174815-1

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