Norma Legal Oficial del día 12 de Marzo del año 2008 (12/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 12 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, cuyos nombres se indican en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 11 al 16 de marzo de 2008, para realizar una visita de estudio previo en la MORDAZA de Iquitos, para el Entrenamiento de Equipos Moviles de Entrenamiento de Tacticas Terrestres (MTT). Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 174787-1

la importacion o transferencia de bienes a titulo gratuito, a que se refiere el Inciso k), del Articulo 2º; Que, de acuerdo a lo establecido en el Manual FAP 69-3 Capitulo IV Bienes de Almacen, Parrafo 2 Bienes de Almacen Consumibles sub. Parrafo b), Alta de Bienes de Almacen Consumibles Inciso 3), sub. Inciso c), donde establece que las Donaciones provenientes del exterior seran aceptadas mediante Resolucion Ministerial del Sector Defensa debidamente concordado con el Articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF del 17 de MORDAZA del 2001, Estando, a lo Informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 935, Decreto Supremo Nº 055-99-EF del 15 de MORDAZA de 1999, Decreto Supremo Nº 154-2001-EF del 17 de MORDAZA del 2001 y lo dispuesto por la Ley Nº 29075 del 01 de Agosto del 2007, Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica basica del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar y Aprobar la donacion efectuada por el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los EE.UU de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 5 (ALAR5) - Base de MORDAZA MORDAZA, consistente en dos tanques de combustible diesel, uno de 500 galones por un valor de $1,500.00 (MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y el otro de 5,000 galones cuyo valor es de $3,500 (TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) que se detalla a continuacion:
DESCRIPCION Combustible diesel Total CANTIDAD 500 galones 5,000 galones PRECIO UNITARIO US$ $ 1,500.00 $ 3,500.00 US$ 5,000.00

Aceptan donacion efectuada a favor de la Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 5 - Base de MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 246-2008-DE/FAP MORDAZA, 11 de marzo de 2008 Visto, el Oficio NC-5-SGFA-Nº 0517 del 14 de febrero de 2008, remitido por el Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru a la Secretaria General del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, el Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los EE.UU de la Embajada de los Estados Unidos de MORDAZA mediante Oficio Nº 1093/MAAG/AFSEC del 19 de Diciembre del 2007 manifiesta su voluntad de donar dos tanques de combustible diesel, uno de 500 galones por un valor de $1,500.00 (MIL QUINIENTOS Y 00/100 DOLARES AMERICANOS) y el otro de 5,000 galones cuyo valor es de $3,500 (TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 DOLARES AMERICANOS) al Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru ­ Ala Aerea Nº 5 (ALAR5) - Base de MORDAZA Clara; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 28905 establece que las mercancias provenientes del exterior que ingresan al MORDAZA en el MORDAZA de la cooperacion internacional no reembolsable a titulo de donacion, gozaran de todas las facilidades en el despacho aduanero; Que, el Articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 935, que modifica el inciso k), del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 055-99-EF del 15 de MORDAZA de 1999, establece que no estan gravados con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de entidades y dependencias del Sector Publico, siempre que sea aprobada por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 67º del mencionado Decreto Supremo Nº 055-99 del 15 de MORDAZA de 1999, senala que no estan gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo las operaciones de importacion de bienes que se efectuen conforme con lo dispuesto en los numerales 1 y 3 del inciso e), del Articulo 2º, asi como

Articulo Segundo.- Agradecer al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los EEUU, por su importante contribucion a favor del Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aerea del Peru - Ala Aerea Nº 5 (ALAR5)- Base de MORDAZA Clara. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa 174787-2

JUSTICIA
Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales en defensa del derecho de propiedad del Ministerio sobre inmueble para cumplir con reparaciones no dinerarias a que se refiere el D.S. Nº 002-2002-JUS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 160-2008-JUS MORDAZA, 11 de marzo de 2008 VISTO, el Oficio Nº 350-2008-JUS/PPMJ, de la Procuraduria Publica del Ministerio de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 002-2002-JUS se creo la Comision Especial de Asistencia a los Indultados

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