Norma Legal Oficial del día 14 de Marzo del año 2008 (14/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

368751

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Informe elaborado por el Organo de Control Institucional de la Municipalidad, referido al Examen Especial al Endeudamiento Publico de S/. 1'000,000.00 con cargo al FONCOMUN en el ano 2004
ACUERDO DE CONCEJO N° 022-2008/MDB Brena, 5 de febrero del 2008 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE BRENA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 5 de febrero del 2008, el Memorando Nº 019-08-DA/ MDB referido a implementacion de recomendaciones y adopciones de medidas correctivas del Informe Nº 0032007-2-2151. CONSIDERANDO: El Articulo 30º de la Ley Nº 27972 senala ".... El Jefe del Organo de Auditoria Interna emite informes anuales al Concejo Municipal acerca del ejercicio de sus funciones. Las observaciones, conclusiones y recomendaciones de cada accion de control se publican en el MORDAZA electronico del gobierno local. En el cumplimiento de dichas funciones, el jefe del organo de Auditoria Interna debera garantizar el debido cumplimiento de las normas y disposiciones que rigen el control gubernamental, establecida por la Contraloria General como Organo Rector del Sistema Nacional de Control...." Que mediante Memorando Nº 019-08-DA/MDB, del Despacho de Alcaldia eleva al Concejo Municipal el Informe Nº 003-2007-2-2151 del Organo de Control Institucional de esta Entidad referente al EXAMEN ESPECIAL AL ENDEUDAMIENTO PUBLICO de S/. 1`000,000.00 con cargo al FONCOMUN en el ano 2004 y que le compete la implantacion de recomendaciones y la adopcion de medidas correctivas derivadas de las observaciones emergentes de dicha Auditoria, para conocimiento del Concejo Municipal de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Nº 27972. Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, Articulo 9º. Numeral 23), 30) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, con la votacion UNANIME del Cuerpo de Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR el Informe Nº 003-20072-2151 elaborado por el Organo de control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena, referido al EXAMEN ESPECIAL AL ENDEUDAMIENTO PUBLICO DE S/. 1`000,000.00 con cargo al FONCOMUN en el ano 2004, debiendose en consecuencia: a) Trasladar el Informe Nº 003-2007-2-2151 elaborado por el Organo de control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena, a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fin inicie las investigaciones conforme a sus atribuciones deslindando las responsabilidades administrativas e inicie los correspondientes procesos para la aplicacion de sanciones disciplinarias de los funcionarios, ex funcionarios involucrados en los hechos observados en el Informe Nº 003-2007-2-2151 de acuerdo a la magnitud de las faltas, naturaleza de infraccion y antecedentes de conformidad con el Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA administrativa aprobada mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM b) Remitir MORDAZA del Informe Nº 003-2007-2-2151 elaborado por el Organo de control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena, referido al EXAMEN ESPECIAL AL ENDEUDAMIENTO PUBLICO DE S/. 1`000,000.00 con cargo

al FONCOMUN en el ano 2004, a la Contraloria General de la Republica para su evaluacion conforme a sus atribuciones. c) Remitir MORDAZA del Informe Nº 003-2007-2-2151 elaborado por el Organo de control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena, referido al EXAMEN ESPECIAL AL ENDEUDAMIENTO PUBLICO DE S/. 1`000,000.00 con cargo al FONCOMUN en el ano 2004, al Organo de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Brena, para la supervision, verificacion y evaluacion de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27785. d) AUTORIZAR al Procurador Publico senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad de Brena, inicie e impulse los procesos administrativos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal, asi como los demas procesos judiciales, con la finalidad de interponer ante el Poder Judicial las acciones penales derivadas del Informe Nº 003-2007-2-2151. Articulo Segundo.- APROBAR que la Gerencia Municipal aplique la implantacion de Recomendaciones y la adopcion de medidas correctivas derivadas de las observaciones del Informe Nº 003-2007-2-2151 a las Gerencias, Sub Gerencias y/o Unidades a su cargo. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General del Concejo notificar el presente Acuerdo a las Gerencias Sub Gerencias y Unidades para su conocimiento y fines. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General notificar el presente Acuerdo a la Gerencia Municipal para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 175361-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Reglamento de Altas, Bajas y Disposicion de Bienes Muebles de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 043-2008/MDLV La MORDAZA, 29 de febrero de 2008 El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA POR CUANTO: VISTO; en la Sesion Ordinaria de fecha 29 de febrero de 2008, el Dictamen Conjunto Nº 006-2008-CPAFSFCCPPPAL/MDLV de las Comisiones Permanentes de Administracion, Finanzas, Sistemas, Fiscalizacion y Control y Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N°27972, Ley Organica de Municipalidades, se reconoce a los gobiernos locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 9º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion define en el numeral 9.1 a la autonomia politica como aquella facultad de adoptar y concordar las politicas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a traves de sus organos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes;

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