Norma Legal Oficial del día 26 de Marzo del año 2008 (26/03/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2008

NORMAS LEGALES

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Nº 096-2008-MDP-OAJ de fecha 11 de febrero del 2008, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Articulo VIII del titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamientos del Sector Publico asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el Art. 19º numeral e) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico, y que las exoneraciones deber ser aprobadas mediante Acuerdo de Concejo Municipal segun el numeral c) del Articulo 20º de la mencionada Ley. Que, el Art. 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente mediante acciones inmediatas que cumplan con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias segun el caso, establecidas en el articulo 148º del mencionado Reglamento; Que, el inmueble ubicado en el Jr. Grau Nº 748 en el distrito de MORDAZA inscrita bajo el codigo del Predio Nº P0323936 del Registro Predial MORDAZA de MORDAZA, en el primer piso cuenta con medidas de 35m de largo por 8m de ancho con un area total de 256 m2, luego de haber inspeccionado el local ofertado cuenta con ambientes habitables de servicios higienicos, escenario, sotano para vestidor y oficina de atencion con acabados completos y suministros de luz y agua para uso apropiado de la Municipalidad, cumpliendo con lo establecido el numeral e) del articulo 19º de la mencionada Ley, situacion que permite la contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble por 1 ano, el mismo que se encuentra previsto en el PIA 2008 conforme al Memorandum Nº 065-2008-MDP/OPP. Que, mediante Informe Nº 018-2008-MDP/GDH de fecha 31 de enero del 2008, de la Gerencia de Desarrollo Humano, senala que el local de Jr. Grau Nº 748 esta siendo utilizado por la Sub. Gerencia de Educacion, Cultura Recreacion y Deporte para los talleres de teatro, musica, biblioteca y otras actividades en tal sentido se ven en la necesidad de alquilar dicho local. Que, mediante Informe Nº 024-2008-MDP/OA-UA de fecha 15 de febrero de la Subgerencia de la Unidad de Abastecimiento, manifiesta la cotizacion sobre el cual arroja el siguiente valor referencial, ascenderia a S/. 500.00 (Quinientos y 00/100 Nuevos Soles) mensuales por 1 ano. Que, mediante Informe Nº 096-2008-MDP-OAJ de fecha 11 de marzo del 2008 la Gerencia de Asesoria Juridica senala en virtud de los fundamentos expuesto opina que es conveniente solicitar al Concejo Municipal aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de arrendamiento del local. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR, la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion del arrendamiento a plazo determinado del bien inmueble ubicado en Jr. Grau Nº 748 Distrito de MORDAZA, para el funcionamiento de la MORDAZA de la Cultura de la sub Gerencia de Educacion, Cultura Recreacion Deporte por el periodo de 1 ano de alquiler, por el valor referencial de S/. 500.00 (Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), conforme a Ley. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Oficina de Administracion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA la adquisicion del servicio por proveedor unico a traves de lo establecido en el Art. 146º del Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su correspondiente publicacion en el SEACE. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina de Administracion comunique el contenido del presente Acuerdo y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles de conformidad con el 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Crean el Seguro Puntual Surcano como beneficio a los contribuyentes del distrito que cumplan oportunamente con sus obligaciones tributarias
ORDENANZA Nº 303-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 19 de marzo del 2008 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las municipalidades, como organos de gobierno local, tienen autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que estos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, con el Memorandum Nº 073-2008-GAT-MSS, existe un numero importante de contribuyentes que si bien cumplen con pagar sus tributos municipales cada ano, lo hacen fuera de las fechas de vencimiento establecidas por ley; en la mayoria de los casos, al final del ano, situacion que no solo afecta a la corporacion en cuanto a la tasa de morosidad que mantiene, sino que ademas, origina que no se pueda contar con los ingresos programados en forma oportuna, o se tenga que realizar gastos en la emision de valores y cartas recordatorias de pago para dichos contribuyentes, lo cual termina por afectar a toda la comunidad; Que, a fin de promover una cultura de puntualidad en el cumplimiento de obligaciones tributarias, esta Municipalidad considera importante premiar a los contribuyentes que si cumplan con el pago de sus tributos en las fechas establecidas por ley; mediante el otorgamiento de un beneficio especial consistente en un seguro de atencion de emergencias domesticas; Que, asimismo, en aras de garantizar un servicio optimo para los contribuyentes que cumplen puntualmente sus obligaciones ante la Corporacion Municipal, la contratacion

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